Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 5 de Octubre de 2010, T. 213. XLIV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

T. 213. XLIV.

Tessadro, A.L. c/ E.N.

- SIGEN dto. 884/03 s/ empleo público.

Año del Bicentenario Buenos Aires, 5 de octubre de 2010 Vistos los autos: ATessadro, A.;Luis c/ E.N. - SIGEN - dto. 884/03 s/ empleo público@.

Considerando:

Que los agravios del recurrente han sido objeto de adecuado tratamiento por la señora Procuradora Fiscal en su dictamen de fs. 197/198, a cuyos fundamentos y conclusiones esta Corte se remite en razón de brevedad.

Por ello, se declara admisible el recurso extraordinario y se confirma la sentencia apelada. Con costas (art. 68 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). N. y, oportunamente, devuélvase. R.;LUIS LORENZETTI - ELENAI.

HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S.

FAYT - ENRIQUE S.P.;- JUAN CARLOS MAQUEDA - E. RAUL ZAFFARONI - CARMENM. ARGIBAY.

ES COPIA Recurso extraordinario interpuesto por A.;Luis Tessadro, actor en autos, por derecho propio, con el patrocinio letrado del Dr. P.;Raúl Carreras.

Traslado contestado por la Sindicatura General de la Nación, demandada en autos, representada por la Dra. M.;Elisabet Rodríguez Greno, en carácter de apoderada.

Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, S.;IV.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia en lo Contencioso Administrativo Federal n° 12. -1-

Para acceder al Dictamen de la Procuración General de la Nación ingrese a :

http://www.mpf.gov.ar/dictamenes/2010/monti/feb/4/tessadro_alberto_t_213_l_xliv.pdf Indemnización - Retiro voluntario - Empleados públicos.

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