Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 28 de Septiembre de 2010, G. 670. XL
Emisor | Suprema Corte de Justicia (Argentina) |
Fecha | 28 Septiembre 2010 |
R. 453. XL. y otro.
RECURSOS DE HECHO R., R.;Freide c/ ANSeS.
Año del B.; B.;Aires, 28 de septiembre de 2010 Vistos los autos:
ARecursos de hecho deducidos por la actora en las causas ›Rauchfleisch, Rasche Freide c/ ANSeS= y G.670.XL.
›García, Manuel c/ ANSeS=@, para decidir sobre su procedencia.
Considerando:
Que los recursos extraordinarios, cuya denegación origina estas quejas, son inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).
Por ello, se desestiman las presentaciones directas.
N. y archívense. R.;LUIS LORENZETTI - ENRIQUES.;PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - E. RAUL ZAFFARONI.
ES COPIA -1-
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Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 28 de Septiembre de 2010, R. 453. XL
...de septiembre de 2010 Vistos los autos: ARecursos de hecho deducidos por la actora en las causas ›Rauchfleisch, Rasche Freide c/ ANSeS= y G.670.XL. ›García, Manuel c/ ANSeS=@, para decidir sobre su Que los recursos extraordinarios, cuya denegación origina estas quejas, son inadmisibles (art......
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Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 28 de Septiembre de 2010, R. 453. XL
...de septiembre de 2010 Vistos los autos: ARecursos de hecho deducidos por la actora en las causas ›Rauchfleisch, Rasche Freide c/ ANSeS= y G.670.XL. ›García, Manuel c/ ANSeS=@, para decidir sobre su Que los recursos extraordinarios, cuya denegación origina estas quejas, son inadmisibles (art......