Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 21 de Septiembre de 2010, S. 805. XXXIX

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

S. 805. XXXIX.

ORIGINARIO

Shell Compañía Argentina de Petróleo S.A. c/ Tucumán, Provincia de s/ acción declarativa de certeza.

Año del B.; B.;Aires, 21 de septiembre de 2010 Autos y Vistos:

En atención a lo solicitado, teniendo en cuenta la labor desarrollada en el principal, lo resuelto por esta Corte en los precedentes de Fallos: 322:2961 y 328:4507; el contenido económico de la presente acción que está dado por el monto que, en concepto de impuesto de sellos la Dirección General de Rentas provincial determinó como adeudado por la actora y que asciende a la suma de $ 1.726.184,62 (ver resolución de la Dirección General de Rentas provincial de fecha 23 de octubre de 2002 y planilla de liquidación del impuesto de sellos obrantes a fs. 40/43); y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 6°, incs. a, b, c y d; 7°, 9°, 37 y 38 de la ley 21.839, modificada por la ley 24.432, se regulan los honorarios del Dr. R.;J. Mihura Estrada, por la dirección letrada y representación de la actora, en la suma de doscientos cuarenta y siete mil pesos ($ 247.000).

Dichos honorarios no incluyen el impuesto al valor agregado; monto que C. su casoC deberá ser adicionado conforme a la subjetiva situación del profesional beneficiario frente al citado tributo. N.. C.;S. FAYT - JUAN CARLOS MAQUEDA -E. RAUL ZAFFARONI - CARMEN M. ARGIBAY.

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