Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 7 de Septiembre de 2010, A. 608. XLV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

A. 608. XLV.

AFIP (D.G.I.) Regional Resistencia c/ Tío Rico S.R.L. s/ ejecución fiscal procedimiento tributario.

Año del B.; B.;Aires, 7 de septiembre de 2010 Autos y Vistos; Considerando:

Que la parte actora, mediante el escrito de fs. 1 de las actuaciones agregadas por cuerda, y con los instrumentos con él acompañados, comunica a la Corte que la demandada se ha acogido al régimen de regularización impositiva establecido por la ley 26.476. En tales condiciones, resulta inoficioso un pronunciamiento del Tribunal sobre el recurso extraordinario.

Por ello, se deja sin efecto el llamamiento de autos.

Devuélvase el expediente al tribunal de origen a fin de que reasuma su jurisdicción y decida lo que resulte pertinente respecto de la mencionada presentación. N. y remítanse los autos a los fines indicados. R.;LUIS LORENZETTI - ELENA I. HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE S.;PETRACCHI -J.;CARLOS MAQUEDA - E. RAUL ZAFFARONI - CARMEN M. ARGIBAY.

ES COPIA Recurso extraordinario interpuesto por el Fisco Nacional, representado por el Dr. M.;Ángel Aleksich, con el patrocinio letrado del Dr. M.;Enrique Obregón.

Traslado contestado por Tío Rico S.R.L, representado por el Dr. J.;AlejandroS..

Tribunal de origen: Juzgado Federal de Primera instancia de la ciudad de Resisten- cia. -1-

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