Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 31 de Agosto de 2010, A. 147. XLVI

Fecha31 Agosto 2010
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

A. 147. XLVI.

RECURSO DE HECHO A., Á.;Elizabeth y otros s/ robo agravado por el uso de armas causa n° 1-9745/09.

Año del B.; B.;Aires, 31 de agosto de 2010 Vistos los autos: ARecurso de hecho deducido por la defensa de Á.;Elizabeth Altamirano y R.;Mauricio Altamirano en la causa A., Á.;Elizabeth y otros s/ robo agravado por el uso de armas causa n° 1-9745/09@, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el apelante no ha dado cumplimiento a los recaudos establecidos en los arts. 41 y 71, inc. a, del reglamento aprobado por la acordada 4/2007.

Por ello, se desestima la queja.

Intímese a la parte recurrente a que dentro del quinto día acompañe copia de la resolución que concede el beneficio de litigar sin gastos o efectúe el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. H. saber y archívese. E.;I. HIGH- TON de NOLASCO - ENRIQUE S.P. -J.C.M.;- E. RAUL ZAFFARONI - CARMEN M. ARGIBAY.

ES COPIA Recurso de hecho interpuesto por R.;Ariel Osuna abogado defensor de Á.E.;Altamirano y R.;Mauricio Altamirano.

Tribunal de origen: Superior Tribunal de la Provincia del Chaco.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Cámara Segunda en lo Criminal de la ciudad de Resistencia, provincia del Chaco. -1-

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