Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 24 de Agosto de 2010, C. 172. XLV

Fecha24 Agosto 2010
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

C. 172. XLV.

C.;Ltda. y otros s/ denuncia.

Año del B.; B.;Aires, 24 de agosto de 2010 Vistos los autos: "C.;Ltda. y otros s/ denuncia" Considerando:

Que al caso resultan aplicables, en lo pertinente, las consideraciones vertidas en la causa "Barra, R.;Eugenio Tomás" (voto de los jueces P. y Z.) (Fallos: 327:327), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse en razón de brevedad. Asimismo, el juez F. remite a su voto en la mencionada causa.

Por ello, oído el señor P.;Fiscal, por mayoría se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada en lo que fuera motivo de agravio.

Vuelvan los autos al tribunal de origen a fin de que, por quien corresponda, se dicte un nuevo pronunciamiento con arreglo al presente. H. saber y devuélvase. R.;LUISL.;- ELENA I. HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - E. RAUL ZAFFARONI - CARMEN M.

ARGIBAY (en disidencia).

ES COPIA DISI-1-

C. 172. XLV.

C.;Ltda. y otros s/ denuncia.

Año del B. DENCIA DE LA SEÑORA MINISTRA DOCTORA DOÑA CARMEN M.

ARGIBAY Considerando:

Que el recurso extraordinario es inadmisible (art.

280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, oído el señor P.;Fiscal, se lo declara mal concedido. Hágase saber y devuélvanse los autos principales. C.;M. ARGIBAY.

ES COPIA Recurso extraordinario interpuesto por P.;Javier Viñas, abogado defensor de L.;Isabel Bresso.

Traslado contestado por F.V.F.G., en su carácter de F. General de Cámara del Departamento de Mar del Plata.

Tribunal de origen: Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.

Tribunales que intervinieron anteriormente: Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Mar del Plata. -3-

Para acceder al Dictamen de la Procuración General de la Nación ingrese a:

http://www.mpf.gov.ar/dictamenes/2009/casal/definitivos/c_ltda_c_172_l_xlv.pdf Prescripción de la acción penal - Fraude - Falsedad ideológica -4-

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