Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 24 de Agosto de 2010, A. 414. XLVI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

A. 414. XLVI.

ABN AMRO N.V.

Suc.

A..

F. delF.L. c/ Albarras S.R.L. y otros s/ ejecutivo.

Año del B.; B.;Aires, 24 de agosto de 2010 Vistos los autos: AABN AMRO N.V. Suc. A.. F.;delF.;Laverc c/ Albarras S.R.L. y otros s/ ejecutivo@.

Considerando:

Que los pronunciamientos que desestiman el pedido de caducidad de la instancia no revisten el carácter de sentencias definitivas en los términos del art. 14 de la ley 48.

Por ello, se desestima el recurso extraordinario.

Con costas. N. y, oportunamente, devuélvase. R.;LUISL.;- ELENA I. HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE S.P.;- JUAN CARLOS MAQUEDA.

ES COPIA Recurso extraordinario interpuesto por C.;Boyajian, con el patrocinio letrado de los Dres. M. Constanza Fazio y M.;Mourrut de B..

Traslado contestado por: ABN AMRO Bank N.V., sucursal Argentina, representado por el Dr. A.;J. Kenny.

Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, Sala C.

Tribunal que intervino con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial n° 12. -1-

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