Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 17 de Agosto de 2010, C. 1099. XLV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

C. 1099. XLV.

RECURSO DE HECHO Contreras, Blanca c/ Administración Nacional de Aduanas s/ reincorporación.

Año del B.; B.;Aires, 17 de agosto de 2010 Vistos los autos: ARecurso de hecho deducido por la Administración Federal de Ingresos Públicos en la causa Contreras, Blanca c/ Administración Nacional de Aduanas s/ reincorporación", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a la presente queja, no cumple con el requisito de fundamentación autónoma.

Por ello, se desestima esta presentación directa. D. perdido el depósito de fs. 20. N. y, oportunamente, archívese. E.;I. HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE SAN- TIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - CARMEN M. ARGIBAY.

ES COPIA Recurso de hecho deducido por la demandada, Administración Federal de Ingresos Públicos, representada por el Dr. G.;Julián Dubinski, con el patrocinio letrado del Dr. M.;Ángel Edmundo Sánchez Cimetti.

Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, S.;VII.

Tribunal que intervino con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo n1 55, Secretaría Única. -1-

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