Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 13 de Julio de 2010, P. 847. XLIV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

P. 847. XLIV.

RECURSO DE HECHO Productos Roche S.A.Q.E.I. c/ Municipalidad de Río Cuarto.

Año del B.; B.;Aires, 13 de julio de 2010 Vistos los autos: ARecurso de hecho deducido por la actora en la causa Productos Roche S.A.Q.E.I. c/ Municipalidad de Río Cuarto@, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que las cuestiones planteadas resultan sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas en la causa ALaboratorios Raffo S.A. c/ Municipalidad de Córdoba@ (Fallos:

332:1503), a cuyos fundamentos corresponde remitirse, en lo pertinente, por razones de brevedad.

Por ello, de conformidad con lo dictaminado por la señora P.F., se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario, y se revoca la sentencia apelada. Con costas. N., agréguese la presentación directa a los autos principales, reintégrese el depósito obrante a fs. 2, y devuélvanse las actuaciones al tribunal de origen a fin de que, por quien corresponda, dicte un nuevo pronunciamiento con arreglo a la doctrina del precedente citado. R.;LUIS LORENZETTI - ELENA I. HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - CARMEN M. ARGI- BAY.

ES COPIA Recurso de hecho interpuesto por el Dr. I.;N. Daireax, en su carácter de apode- rado de Productos Roche, con el patrocinio letrado del Dr. E.;Gil Roca.

Tribunal de origen: Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Cámara de Apelaciones en lo Comer- cial y Contencioso Administrativo de la Primera Nominación de la ciudad de Río Cuarto. -1-

Para acceder al dictamen de la Procuración General de la Na- ción ingrese a:

http://www.mpf.gov.ar/dictamenes/2009/monti/definitivos/8/productos_roche_saqei_p_847_l_xliv.pdf Impuestos y contribuciones - Tasa municipal - Servicio público - Doble imposición.

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