Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 29 de Junio de 2010, T. 79. XLVI

Fecha29 Junio 2010
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

T. 79. XLVI.

RECURSO DE HECHO T., G.M. c/B., S. s/ ejecución de sentencia.

Año del B.; B.;Aires, 29 de junio de 2010 Vistos los autos: ARecurso de hecho deducido por la actora en la causa T., G.;María c/ Bedrossian, S. s/ ejecución de sentencia@, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario cuya denegación origina la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima esta presentación directa. N. y archívese. R.;LUIS LORENZETTI - ELENA I. HIGH- TON de NOLASCO - ENRIQUE S.P. -J.C.M..

ES COPIA Recurso de hecho interpuesto por G.;María Tostzian, por su propio derecho y en representación de su hijo, actora, con el patrocinio del Dr. J.;L. Kielmano- vich.

Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala E.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia en lo Civil n° 26. -1-

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