Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 15 de Junio de 2010, R. 490. XLI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

R. 490. XLI.

R.O.

Radioemisora Cultural s/ concurso preventivo s/ incidente de revisión por AFIP.

Año del B.; B.;Aires, 15 de junio de 2010 Autos y Vistos:

En atención a la labor desarrollada a fs. 123/125 y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 61, incs. a, b, c y d, 71, 91, 14 y 33 de la ley 21.839 Cmodificada por la ley 24.432C y el art. 287 de la ley 24.522, teniendo en cuenta el criterio seguido por el Tribunal al respecto (Fallos:

314:129), se regulan los honorarios del doctor E.;HéctorB. y contador J.;Jewkes en la suma de ochenta y cinco mil pesos ($ 85.000) y de treinta y tres mil pesos ($ 33.000), respectivamente. Dichos emolumentos no incluyen el impuesto al valor agregado, los que C. su casoC deberán ser adicionados conforme a la subjetiva situación de los profesionales beneficiarios frente al citado tributo. N. y devuélvanse. C.;S. FAYT - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI -J.;CARLOS MAQUEDA - CARMEN M. ARGIBAY.

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