Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 8 de Junio de 2010, E. 154. XLIV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

E. 154. XLIV. y otro.

RECURSOS DE HECHO Echenagucía Istillarte, L.E. c/ Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

Año del B.; B.;Aires, 8 de junio de 2010 Vistos los autos:

ARecursos de hecho deducidos por el Estado Nacional (Poder Ejecutivo Nacional - Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos) en las causas ›Echenagucía Istillarte, L.;Eugenio c/ Ministerio de Justicia y Derechos Humanos= y F.638.XLIV ›F., M.;Laura c/ Ministerio de Justicia y Derechos Humanos=@, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que los recursos extraordinarios, cuya denegación motiva las presentes quejas, no refutan todos y cada uno de los fundamentos de las sentencias apeladas.

Por ello, oída la señora Procuradora Fiscal, se desestiman las quejas. D. perdidos los depósitos a realizar.

Devuélvanse los autos principales. N. y, oportunamente, archívense. R.;LUIS LORENZETTI - ENRIQUE SANTIAGOP.;- JUAN CARLOS MAQUEDA - E. RAUL ZAFFARONI.

ES COPIA -1-

Para acceder al Dictamen de la Procuración General de la Nación ingrese a:

http://www.mpf.gov.ar/dictamenes/2009/monti/agosto/4/e_154_l_xliv_echenagucia.pdf Exilio - Gobierno de facto - Indemnización.- -2-

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