Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 8 de Junio de 2010, C. 374. XLVI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

C. 374. XLVI.

RECURSO DE HECHO Cej, A.;c/ Colombo, C. s/ incidente medida cautelar.

Año del B.; B.;Aires, 8 de junio de 2010 Vistos los autos: ARecurso de hecho deducido por la actora en la causa Cej, Ana c/ Colombo, C. s/ incidente medida cautelar@, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que la queja no refuta los motivos de la resolución denegatoria del recurso extraordinario, ni ha cumplido con el requisito previsto en el art. 4° del reglamento aprobado por la acordada 4/2007.

Por ello, se desestima la queja. N. y, oportunamente, archívese. R.;LUIS LORENZETTI - ELENA I. HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE S.;PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA.

ES COPIA Recurso de hecho interpuesto por la actora, A.;Cej, en causa propia y en repre- sentación de su hijo S. A. C.

Tribunal de origen: Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires.

Tribunales intervinientes con anterioridad: Tribunal Colegiado de Instancia Única n1 1 de San Martín. -1-

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