Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 1 de Junio de 2010, L. 470. XLII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

L. 470. XLII.

RECURSO DE H.L., C. y otros c/ Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y otros.

Año del Bicentenario Buenos Aires, 1 de junio de 2010 Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por Sound Garage S.A. en la causa L., C. y otros c/ Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y otros", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que las cuestiones propuestas por el apelante han sido objeto de adecuado tratamiento en el dictamen de la se- ñora Procuradora Fiscal, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir por razones de brevedad.

Por ello, se declara que resulta inoficioso un pronunciamiento de la Corte en esta presentación directa. D. perdido el depósito de fs. 1. H. saber y, oportunamente archívese, previa devolución de los autos principales. R.L.;LORENZETTI - ELENA I. HIGHTON de NOLASCO (en disidencia)- E.;SANTIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - E. RAULZ.;- CARMEN M. ARGIBAY (en disidencia).

ES COPIA DISI-1-

L. 470. XLII.

RECURSO DE H.L., C. y otros c/ Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y otros.

Año del B. DENCIA DE LA SEÑORA VICEPRESIDENTA DOCTORA DOÑA E.;I.

HIGHTON DE NOLASCO Y DE LA SEÑORA MINISTRA DOCTORA DOÑA C.;M. ARGIBAY Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta presentación directa, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. D. perdido el depósito de fs. 1. N. y, oportunamente, archívese, previa devolución de los autos principales. E.;I. HIGHTON de NOLASCO - CARMEN M. ARGIBAY.

ES COPIA Recurso de hecho interpuesto por Sound Garage S.A., representado por el Dr. G.B., con el patrocinio letrado de los Dres. G.;Badeni y N.;NazarenoD.;Carlos.

Tribunal de origen: Superior Tribunal de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Tribunal que intervino con anterioridad: Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y T. de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Sala I. -3-

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