Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 28 de Diciembre de 2010, C. 749. XLVI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

Competencia Nº 749. XLVI.

P., G.;Carlos s/ retención indebida.

Año del B.; B.;Aires, 28 de diciembre de 2010 Autos y Vistos:

Por los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor P.;Fiscal a los que corresponde remitirse en razón de brevedad, se declara que deberá remitirse el presente incidente, al Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción nº 16, a sus efectos. H. saber al Juzgado de Garantías nº 3 del Departamento Judicial de Zárate-Campana, provincia de Buenos Aires.

R.L.L. -E.I.

HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - E.

RAÚL ZAFFARONI - CARMEN M. ARGIBAY.

ES COPIA -1-

Para acceder al Dictamen de la Procuración General de la Nación ingrese a :

http://www.mpf.gov.ar/dictamenes/2010/casal/nov/p_gerardo_comp_749_l_xlvi.pdf Retención indebida – Automotores – Competencia ordinaria -2-

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