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EmisorDireccion General de Rentas
Fecha de la disposición18 de Enero de 2011

RESOLUCIONGENERAL N° 10Dirección General de Rentas, 18 de enero de 2011Visto: El Expte. N° 204-D-2011-01134, lo dispuesto por la Resolución Ministerial N° 008-H-2011 y la Resolución General N° 57/2010, yCONSIDERANDO:Que el art. 55° del Código Fiscal dispone que la mora en el pago de los débitos tributarios, sanciones, intereses, pagos a cuenta, retenciones, cuotas y demás obligaciones fiscales, habilitará el cobro de intereses resarcitorios con la tasa mensual que fije el Ministerio de Hacienda, la que fuera adecuada y fijada por la Resolución Ministrerial 008-H-2011.Que se hace necesario para aquellos contribuyentes que no cumplen en tiempo y forma con sus obligaciones tributarias, un incremento en los intereses resarcitorios que se cobran sobre los montos adeudados.Que el incremento que surge de la Resolución Ministerial citada se encuentra dentro de las expectativas económicas que se pretende alcanzar para el próximo periodo de seis meses, no superando el mismo el 2,50% mensual.Que al respecto han dictaminado los Departamentos Asuntos Legales y Asuntos Técnicos a fs. 4.Por ello y de conformidad con las facultades otorgadas por el artículo 10° inc. d)del Código Fiscal (t.o. s/ Decreto N°...

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