Decreto/Ley 23896/1956

Fecha de disposición20 Febrero 1957
Fecha de publicación20 Febrero 1957
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta18342

INFOLEG DECRETO-LEY Nº 23.896

Mejoras a Retirados y Pensionistas de la Prefectura Nacional Marítima e Inst. Penales. Creación de una comisión interministerial.

Bs. As., 31/12/1956;

VISTO que por Decreto-Ley Nº 19.696 del 24 de octubre de 1956 fue establecido un haber móvil para los beneficiarios de retiros, derecho a sueldo de retiro y jubilaciones de la Policía Federal; y

CONSIDERANDO:

Que los fundamentos que originaron dicha medida alcanzan también al personal de la Prefectura Nacional Marítima y de la Dirección Nacional de Institutos Penales que revista en pasividad y cuya situación es equitativo resolver en concordancia con aquella disposición.

Que por otra parte, es indispensable adecuar la financiación de las erogaciones que con tal motivo se originan trasladando en la medida que proceda, su gravitación dentro del Tesoro Nacional a recursos y capitales propios correspondiendo para ello promover la institución de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros del Personal de Seguridad y Defensa, sobre la base de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de la Policía Federal.

Por ello,

El Presidente Provisional de la Nación Argentina, en Ejercicio del Poder Legislativo, Decreta con Fuerza de Ley:

Artículo 1º

A partir del 1º de julio de 1956 los haberes de los beneficiarios de retiros acordados en virtud de las Leyes números 12.992 y 13.018 de la Prefectura Nacional Marítima y Dirección Nacional de Institutos Penales respectivamente, no podrán ser inferiores al ochenta y dos por ciento (82%) de las remuneraciones asignadas por presupuesto para el grado respectivo al personal de cada jurisdicción en actividad, que se encuentren afectadas por descuentos jubilatorios, no debiéndose tomar el consideración a tales efectos, el sueldo anual complementario.

En los casos en que las prestaciones se acuerden en relación a porcientos fijados en función de tiempo de servicio o incapacidad, éstos se aplicarán...

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