Responsabilidad del dueño de la cosa
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Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Argentina), 12 de Diciembre de 2024, FTU 610478/2007/1/RH001
... - RESPONSABILIDAD DEL DUEÑO DE LA COSA - RESPONSABILIDAD DEL ESTADO - PATRIMONIO NACIONAL - OBLIGACION DE SEGURIDAD Corresponde extender la condena al Obispado por los daños ocasionados por la muerte de una persona ocurrida a raíz del desprendimiento de uno de los vitrales de la cúpula de una iglesia -declarada monumento histórico-, pues las disposiciones de la ley 12.665 no releva al Obispado, en tanto dueño y guardián de la cosa, de...
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Sentencia de Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial (Sala III) - Santa Fe, 30 de Diciembre de 2020
CUANTIFICACION DEL DAÑO > DAÑO > DAÑO MATERIAL > FORMULA MATEMATICA > GUARDIA DE LA COSA > RESPONSABILIDAD DEL DUEÑO O GUARDIAN DE LA COSA > BIENES REGISTRABLES > INSCRIPCION REGISTRAL > TITULAR REGISTRAL > ATRIBUCION DE RESPONSABILIDAD > LIMITES A LA RESPONSABILIDAD CIVIL > RESPONSABILIDAD DEL DUEÑO O GUARDIAN DE LA COSA > RESPONSABILIDAD DEL TITULAR DEL AUTOMOTOR
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Sentencia nº 13-00714175-5/1 de Suprema Corte de Justicia - Sala Primera, 17-11-2021
... damnificado deberá probar la participación de la cosa en el hecho dañoso, el riesgo o vicio de la cosa -a menos que se lo presuma- y asimismo la relación de causalidad entre tal participación y dicho daño, para que se pueda presumir la responsabilidad del dueño o guardián de la cosa.
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Sentencia nº 13-04311592-2 de 3º Cámara En Lo Civil, Comercial Y Minas - Primera Circunscripcion, 02-07-2019
... relación de trabajo, puede dirigirse contra el dueño o guardián del automotor interviniente (responsabilidad objetiva por riesgo de la cosa), contra el conductor que se hallaba al mando de ese automóvil (responsabilidad de corte subjetivo) y contra su empleador y/o la aseguradora de riesgos del trabajo que éste haya contratado (sistema de responsabilidad objetiva de ley 24.557).
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Sentencia Nº S.D. Nº 066/19.- de Superior Tribunal de San Luis, 11-04-2019
... a, como dueña o guardiana del objeto riesgoso, la responsabilidad de indemnizarlo. En el caso concreto, si a la tapa que atrapo la mano del trabajador, le faltaban las manijas al momento del hecho, le cabe responsabilidad al empleador 'como guardián de la cosa, entendiendo que es quien se aprovecha, usa y obtiene un beneficio económico o personal de la misma, es decir que quien se vale de una cosa o de una actividad obteniendo provecho o...
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Sentencia Definitiva de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 27 de Noviembre de 2019, expediente L. 120926
Cuando el hecho fue producido por una cosa viciosa o generadora de riesgos, para eximir de responsabilidad al dueño o guardián, se requiere de una prueba (a su cargo) que demuestre claramente la ruptura del nexo causal entre el hecho y el daño; en cambio, en los casos en que el daño haya sido provocado con la cosa, dicho dueño o guardián deberá probar su 'no-culpa'.
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Sentencia nº 13-04173194-4 de 3º Cámara En Lo Civil, Comercial Y Minas - Primera Circunscripcion, 22-05-2020
... una presunción a favor de la víctima frente al dueño o guardián de la cosa que produjo el daño (responsabilidad objetiva), cuando uno de los protagonistas del hecho es una cosa inerte, la presunción de causalidad, está vinculada a la demostración, por parte de la víctima, de la posición o el comportamiento anormal o extraordinario de la cosa o su vicio.
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Sentencia nº 50233 de 2º Cámara En Lo Civil, Comercial Y Minas - Primera Circunscripcion, 16-05-2014
La muerte de la víctima como consecuencia a la inhalación de monóxido de carbono despedido por el calefón que se encontraba en el lugar donde fue hallado el cadáver constituye un supuesto de responsabilidad del dueño o guardián de la cosa inerte en posición anormal, ya que este no adoptó las medidas de seguridad que exigía las instalación de dicho artefacto.
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Sentencia Nº 40 de Corte Suprema de Justicia de Tucumán, 18-02-2022
... causalmente idóneo para eximir o limitar la responsabilidad que la ley asigna al dueño o guardián de la cosa que presenta riesgos. Por lo considerado, procede confirmar el pronunciamiento de condena, en cuanto atribuye a la demandada la responsabilidad exclusiva por las consecuencias del siniestro.- DRES.: DAVID – ZAMORANO.
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Sentencia nº 42899 de 1º Cámara En Lo Civil, Comercial Y Minas - Primera Circunscripcion, 29-11-2011
... que figuran como causales liberatorias de responsabilidad, cuando el riesgo de la cosa es el productor del daño. Esa causa ajena, exonera de responsabilidad al dueño o guardián de la cosa, según el grado de incidencia participativa en el evento dañoso. Pero surge la duda sobre el parámetro a utilizar para delinear los límites entre el hecho liberatorio total y el liberatorio parcial de la presunción de responsabilidad. Es casi imposible...
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Sentencia Definitiva de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 15 de Julio de 2015, expediente C 117180
... un tercero ha excluido parcial o totalmente la responsabilidad objetiva que el art. 1113 del Código Civil impone al dueño o guardián de una cosa riesgosa constituye una cuestión de hecho que no puede ser abordada en la instancia extraordinaria, salvo que a su respecto se invoque y demuestre que el tribunal de grado ha incurrido en absurdo.
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Sentencia nº 96365 de Suprema Corte de Justicia - Sala Primera, 11-05-2010
... o negligente en su marcha de reversa. La culpa o responsabilidad del actor al conducir su vehículo, no desplaza totalmente la responsabilidad de quien tiene el deber de custodiar los bienes pertenecientes al dominio público, debiendo analizarse la responsabilidad que le cabe al dueño o guardián de una cosa inerte.
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Sentencia nº 39973 de 1º Cámara En Lo Civil, Comercial Y Minas - Primera Circunscripcion, 30-12-2009
... causales liberatorias, cuando el riesgo de la cosa es el productor del daño. Esa causa ajena, exonera de responsabilidad al dueño o guardián de la cosa, según el grado de incidencia participativa en el evento dañoso. Pero surge la duda sobre el parámetro a utilizar para delinear los límites entre el hecho liberatorio total y el liberatorio parcial de la presunción de responsabilidad. Es casi imposible trazar una línea demarcatoria de la...
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Sentencia nº 52371 de 3º Cámara En Lo Civil, Comercial Y Minas - Primera Circunscripcion, 09-08-2017
Cuando los daños provienen del riesgo de una cosa inerte debido al rol mecánicamente pasivo que asume, del solo hecho del contacto material, no deriva la responsabilidad del dueño o del guardián.
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Sentencia nº 41366 de 1º Cámara En Lo Civil, Comercial Y Minas - Primera Circunscripcion, 01-12-2009
... causales liberatorias, cuando el riesgo de la cosa es el productor del daño. Esa causa ajena, exonera de responsabilidad al dueño o guardián de la cosa, según el grado de incidencia participativa en el evento dañoso. Pero surge la duda sobre el parámetro a utilizar, para delinear los límites entre el hecho liberatorio total y el liberatorio parcial de la presunción de responsabilidad. Es casi imposible trazar una línea demarcatoria de la...
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Sentencia Definitiva de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 7 de Marzo de 2012, expediente C 101875
... un tercero ha excluido parcial o totalmente la responsabilidad objetiva que el art. 1113 del Código Civil impone al dueño o guardián de una cosa riesgosa constituye una cuestión de hecho que no puede ser abordada en la instancia extraordinaria, salvo que a su respecto se invoque y demuestre que el tribunal de grado ha incurrido en absurdo.
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Sentencia nº 14339 de 5º Cámara En Lo Civil, Comercial Y Minas - Primera Circunscripcion, 20-09-2013
... párrafo del C.C., por el cual se presume la responsabilidad del dueño o guardián de la cosa riesgosa -en el caso un pozo o bache-, de conformidad con lo dispuesto por el art. 179 del C.P.C., la parte actora debe acreditar la relación de causalidad entre el accidente y los daños a los que refiere en su escrito de demandala; o dicho en otras palabras, la intervención activa de la cosa en el hecho dañoso.
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Sentencia nº 43520 de 1º Cámara En Lo Civil, Comercial Y Minas - Primera Circunscripcion, 07-02-2012
... como consecuencia de la falta de un requisito de responsabilidad. En el caso de autos, en que la actora cruzó la calle, unos pocos metros fuera de la senda peatonal, no resulta aplicable la teoría de la asunción de riesgos, por lo que no habiéndose rendido prueba fehaciente que acredite la culpa de la víctima, no corresponde eximir de responsabilidad al dueño o guardián de la cosa; conforme lo dispuesto por el artículo 1113 del Código Civil
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Sentencia nº 31934 de 4º Cámara En Lo Civil, Comercial Y Minas - Primera Circunscripcion, 18-02-2011
... de cada uno de los intervinientes, deslindado la responsabilidad de los mismos. Por lo tanto, no corresponde condenar a quien se ha demostrado, no tuvo la culpa en la producción del evento dañoso, porque el artículo 1113 del Código Civil dispone expresamente que se eximirá de responsabilidad al dueño o guardián de la cosa si se acredita la culpa de un tercero por quien no debe responder.
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Sentencia Definitiva de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 15 de Julio de 2015, expediente C 118890
Determinar si la conducta de la víctima ha excluído totalmente la responsabilidad objetiva que el art. 1113 del Código Civil impone al dueño o guardián de una cosa riesgosa, constituye una cuestión de hecho que sólo puede ser revisada en casación en caso que se demuestre que la decisión ha sido el producto de un razonamiento absurdo.
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Sentencia Definitiva de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 1 de Octubre de 2008, expediente L 82798
El art. 1113 del Código Civil, no siempre consagra la responsabilidad "concurrente" entre el dueño y guardián de la cosa. Dicha norma alude al "dueño" pues casi siempre es el guardián jurídico de la cosa, de ahí su responsabilidad si no acredita haberse desprendido de ella con anterioridad al hecho dañoso.
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Sentencia nº 23697 de 1º Cámara En Lo Civil, Comercial Y Minas - Segunda Circunscripcion, 22-10-2009
... hubiere sido causado por el riesgo o vicio de la cosa, sólo se eximirá total o parcialmente de responsabilidad" el dueño o guardián de ella, "acreditando la culpa de la víctima o de un tercero por quien no debe responder".
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Sentencia Definitiva de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 10 de Diciembre de 2008, expediente C 98182
En el campo aquiliano la responsabilidad del dueño o guardián de la cosa riesgosa es objetiva, y el art. 1113, 2° párrafo del Código Civil no contiene distinción alguna para el supuesto de transporte benévolo, ni está condicionado su funcionamiento a que la víctima no haya participado gratuitamente de la cosa.
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MARCELA CRISTINA MARTINEZ, (HEREDERA DE MARTINEZ JUAN CARLOS) c/ GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS
... normativo como fuente de responsabilidad, el riesgo creado. Cuando el daño se produce por el riesgo o vicio de la cosa, o sea cuando aquél se origina en virtud de que ... , la responsabilidad está a cargo del dueño y el guardián de la cosa que generó el daño, ...
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FABI, CRISTINA MARIEL c/ OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO s/DAÑOS Y PERJUICIOS
... Postula su falta de responsabilidad, negando toda posible relación entre las ... en el supuesto de la responsabilidad por la cosa riesgosa o viciosa contemplado en el art. 1113, ... iuris et de iure responsabilidad al dueño o guardián de la cosa que ha intervenido en el ...