ley 22105
4910 resultados para ley 22105
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Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 2 de Noviembre de 1995, T. 131. XXXI
Causa. Denegaciones
- Decreto 640/80. Reglamentario de la ley 22.105
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Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 1 de Marzo de 1994, P. 559. XXV
Denegación. Depósito de fs. Recurso extraordinario. Queja
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Ley de Asociaciones Gremiales de Trabajadores (Ley 22.105 del 15/11/79 modificada por la ley 22.839 del 28/6/83)
I. Del derecho de agremiación. II. De la organización y representación de las asociaciones. III. De las asambleas o congresos. IV. De los derechos y obligaciones de las asociaciones gremiales de trabajadores. IX. De las practicas desleales. V. De las asociaciones gremiales con personería gremial. VI. De las federaciones y confederaciones. VII. Del patrimonio. VIII. De los...
- Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 23 de Junio de 1994, C. 756. XXVII
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Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 5 de Octubre de 1995, L. 147. XXXI
Depósito. Denegación. Procedencia
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Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 29 de Junio de 1995, S. 100. XXX
Resolución denegatoria del recurso extraordinario. Depósito de fs. Queja. Procedencia
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Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 31 de Octubre de 1997, L. 194. XXXIII
Denegación. Recurso extraordinario. Procedencia. Depósito de fs
- Ley 22269
- Vigente Versión original Ley 23.551 de Organización de las Asociaciones Sindicales
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Sentencia nº AyS 1991-II, 703 de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 6 de Agosto de 1991, expediente L 47218
Laboral - Dirigente gremial - Estabilidad - El alcance y finalidad del art. 54 de la ley 22105 -y las normas a las que se remite- es indudablemente la protección de la estabilidad del dirigente gremial, la cual se tornaría ilusoria si el sujeto amparado pudiera encontrarse compelido a soportar actitudes injuriosas por parte de su empleador que por su gravedad no consientan la prosecución de la...
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Sentencia nº DJBA 153, 263 de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 2 de Septiembre de 1997, expediente L 58804
Laboral - Huelga - Legalidad - El titular del derecho de huelga, conforme al régimen de la ley 22.105, es la asociación profesional de trabajadores. LEY 22105 Laboral - Huelga - Legalidad - Cuando se configuran razones excepcionales es necesario apartarse del principio general que sólo reconoce como titular del ejercicio del derecho de huelga a la asociación sindical de los trabajadores.
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CONCURSOS. EFECTOS GENERALES SOBRE RELACIONES JURIDICAS PREXISTENTES. VERIFICACION DE CREDITOS. INDEMNIZACION POR ESTABILIDAD GREMIAL. IMPROCEDENCIA. PARALIZACION DE LAS ACTIVIDADES. CIERRE DEL ESTABLECIMIENTO. CESE DE LA GARANTIA DE LOS DELEGADOS. CONTRATO DE TRABAJO. INVOCACION DE CN: 14 BIS Y LEY 22105. IMPROCEDENCIA. 24.3 DEL DICTAMEN DEL FISCAL DE CAMARA 70980:# CORRESPONDE RECHAZAR LA
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Sentencia nº AyS 1994 I, 329 de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 15 de Marzo de 1994, expediente L 53463
Laboral - Dirigente gremial - Despido - La rescisión incausada del contrato de trabajo configura el acto jurídico del que deriva, por imperio legal, la obligación de pagar también el resarcimiento por violación de estabilidad sindical, determina de suyo la exigibilidad del crédito pertinente en esa misma oportunidad. Laboral - Dirigente gremial - Estabilidad - La circunstancia de que la...
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Sentencia de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 14 de Junio de 1996, expediente L 58214
Laboral - Dirigente gremial - Elección - Realizada la designación como delegado gremial y comunicada al principal, las formalidades legales a tales efectos debe presumirse que se han observado y cumplido, mientras no se verifique lo contrario mediante las impugnaciones que oportunamente el empleador debió formular ante la autoridad administrativa competente, o bien como consecuencia de las...
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Sentencia nº 58771 de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo , 29 de Mayo de 1987, expediente 58771/87
Convenciones Colectivas. Régimen General. Personal Jerárquico incluido con anterioridad a la ley 22105. Ley 22105. El personal jerárquico que se hallaba incluido en un convenio colectivo con anterioridad al dictado de la ley 22105 no quedó excluido con consecuencia de la misma, ya que una cosa es la representatividad de un sindicato y otra la vigencia de un convenio colectivo. Lescano....
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Sentencia nº AyS 1991-III, 316 de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 17 de Septiembre de 1991, expediente L 46557
Laboral - Dirigente gremial - Elección - La falta de comunicación al empleador -según ley 22.105- de la elección de un delegado sindical, no se purga ni por la conciencia concordante de sus compañeros de trabajo en cuanto a su carácter representativo ni por el ejercicio de "hecho" de las funciones gremiales. LEY 22105
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Sentencia nº 61225 de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo , 27 de Marzo de 1991, expediente 61225/91
CARGOS GREMIALES. Antigüedad mínima. Leyes 23.071 y 22.105. Si bien el art. 27 de la ley 23.071 estableció que el procedimiento de elecciones se haría conforme "a las prácticas sindicales" en la entidad de que se trate, si en el caso concreto no se halla acreditada la existencia de una norma de este tipo que modificara la de carácter legal (art. 18 de la ley 22.105) que requería una...
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Auto nº 57 de Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (Electoral) del 28-08-2020
RECURSOS EXTRAORDINARIOS. DIRECTO O QUEJA. Requisitos. Precisiones. Admisibilidad. Alcance. Habilitación de la vía recursiva. GRAVAMEN IRREPARABLE. Seguridad jurídica. PROCESO ELECTORAL. Habilitación de listas. CONFLICTO LABORAL INTRASINDICAL. Características. COMPETENCIA. Vías de reclamo. CONTROL. Autoridad de aplicación (arts. 1, 6 y 56 y ss., Ley 23551). RECLAMO ADMINISTRATIVO. Simultaneidad...
...tanto de los antecedentes legislativos (v.gr., Decreto-ley n.° 2024/55, Decreto n.° 5822/58,. Ley n.° 20615, Ley n.° 22105, Ley n.° 23071) como del juego armónico de distintos. preceptos de la LAS (en particular, los arts. 24 y 58), pues además se condice con el. ... -
Sentencia nº AyS 1991-I, 322 - DJBA 142, 126 de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 12 de Marzo de 1991, expediente L 41783
Laboral - Dirigente gremial - Elección - Ni en el art. 95 del convenio colectivo 76/75 ni en el art. 80 del Estatuto de la U.O.C.R.A. se ha regulado el régimen electoral de los delegados de personal y miembros de las comisiones internas, sino simplemente el desarrollo del acto comicial, disposición que no suple ni menos excluye el régimen electoral legal comprensivo de los diversos aspectos que...
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Sentencia nº DJBA 150, 158 - AyS 1995 IV, 746 de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 19 de Diciembre de 1995, expediente L 56680
Laboral - Dirigente gremial - Estabilidad - Realizada la designación como delegado gremial y comunicada al principal, las formalidades legales a tales efectos debe presumirse que se han observado y cumplido, mientras no se verifique lo contrario mediante las impugnaciones que oportunamente el empleador debió formular ante la autoridad administrativa competente, o bien como consecuencia de las...
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Sentencia nº DJBA 143, 39 - AyS 1991-IV, 156 de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 12 de Noviembre de 1991, expediente L 47332
Laboral - Salario - Integración // Sueldo anual complementario - Naturaleza jurídica - El sueldo incluye la totalidad de los ingresos de carácter remuneratorio cualquiera sea su modalidad, los que forman parte integrante del mismo para los efectos legales pertinentes, incluyendo el sueldo anual complementario en razón de tratarse de un salario diferido. Laboral - Dirigente gremial -...
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Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 22 de Noviembre de 2016, M. 429. L. RHE
SENTENCIA ARBITRARIA PERSONERIA GREMIAL ENCUADRAMIENTO SINDICAL FUNCIONARIOS JUDICIALES
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Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo , 11 de Septiembre de 1987, expediente 39679/87
Despido. Del delegado gremial. Designación "ad referendum". Garantía de estabilidad. Cuando el delegado gremial no cuenta con los dos años de antigüedad requerida (art. 18 1er. párrafo ley 22105) su designación es "ad referendum" de lo que decida el Ministerio de Trabajo (3er. párrafo art. cit.) y a partir de la aprobación ministerial el trabajador adquiere estabilidad gremial (art. 52 ley 221
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Sentencia nº JA 1993-III, 359 - DJBA 143, 23 - AyS 1991-IV, 279 de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 26 de Noviembre de 1991, expediente L 46337
Laboral - Enfermedad accidente - Despido - Para la aplicación del art. 212, tercer párrafo de la Ley de Contrato de Trabajo es necesaria la comunicación escrita del acto rescisorio del contrato de trabajo. LEY 20744 Art. 212 (t.o.) Laboral - Accidente de trabajo - Dirigente gremial - En el supuesto de trabajadores que desempeñan cargos representativos en las asociaciones profesionales con...