ley 20476
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CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONOMICAS. Ejercicio profesional. No corresponde que el Tribunal de Disciplina del Consejo Profesional de Ciencias Económicas investigue sobre los hechos juzgados o con respecto a la calificación que el juez de la causa efectuó sobre tal base, de suerte que pueda llegar a conclusiones distintas a las judiciales. Solo le es posible establecer si la conducta...
- Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico, 11 de Marzo de 2009, expediente 57.929
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CONSTITUCION NACIONAL. DERECHOS CONSTITUCIONALES. Trabajar. Sanción de cancelación de la matrícula dispuesta por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas. Interpretación. Constitucionalidad. Ley 20.476, art. 16, inc. 5. La sanción de cancelación de la matrícula aplicada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas basada en el art. 16, inc. 5 de la ley 20.476 no resulta violatoria...
- Resolución 138/1993
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CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONOMICAS. EJERCICIO PROFESIONAL. Sanciones. Cancelación de matrícula. Art. 16, inc. 5 de la ley 20.746. Las características del delito (hurto simple de cheques) y la nat. de las funciones propias de los profesionales de ciencias económicas permiten concluir que la conducta del contador constituye un hecho de tal gravedad que la inexistencia de antecedentes...
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Consejo Profesional de Ciencias Económicas. Ejercicio profesional. Sanción de advertencia. Procedimiento de impugnación. Inaplicabilidad del art. 23 de la ley 20.476. El recurso autorizado por el art. 23 de la ley 20.476, como surge de sus propios términos, procede contra decisiones que impongan sanciones de suspensión y cancelación de la matrícula (art. 16, incs. 4° y 5°). No siendo este el...
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CONCURSOS. FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS DEL CONCURSO. SINDICO. REGIMEN GENERAL DE LA FUNCION. SANCIONES. MULTA. 38.3.3.2.3 SI EL INFORME NO CUMPLE LAS EXIGENCIAS FORMALES Y SUSTANCIALES PREVISTAS PO R EL ART. 35 Y RESOLUCION TECNICA N° 7 DE LA FEDERACION ARGENTINA DE PROFESIONALES DE CIENCIAS ECONOMICAS -APLICABLE SEGUN LO DISPUESTO POR LA L EY 20488: 21-F) Y LEY 20476: 8-F)-, HABIDA CUENTA DE...
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CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONOMICAS. Ejercicio profesional. Tribunal de Disciplina. Idoneidad de sus integrantes. Revisión judicial Alcance. La idoneidad en materia contable, que se deriva de la calidad de los integrantes del Tribunal de Disciplina y del Consejo Profesional de Ciencias Económicas, como principio avala sus conclusiones acerca de las complejas situaciones fácticas que...
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CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONOMICAS. Ejercicio profesional. Control judicial. Alcance. El control que en los términos del art. 23 de la ley 20.476 puede realizar la alzada judicial sobre lo decidido por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, está en principio limitado a examinar la legalidad de tal decisión y de los procedimientos que la precedieron, amén de verificar si los...
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CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONOMICAS. Tribunal de Disciplina. Competencia. La competencia del Tribunal de Etica respecto a las conductas de los respectivos profesionales abarca dos ámbitos diferenciados: las que evidencian un mal desempeño del ejercicio de la profesión y aquéllas que comprometan el perfil ético del profesional (confr. esta Sala in re "Rey Juan Carlos y Carnevale c/ C.P.
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Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala III, 6 de Diciembre de 2001, expediente 37.145/00
EJECUCION FISCAL. EXCEPCIONES. Inhabilidad de título. B.C.R.A. Multa. Procedencia. Efecto devolutivo. Improcedencia. Debe admitirse la defensa de inhabilidad de título y rechazarse la ejecución fiscal iniciada por el B.C.R.A. ya que, en atención al elevado monto de la multa que se pretende ejecutar, resulta inaplicable el efecto devolutivo del recurso del art.42 de la ley 21.526. Mordeglia,
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Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 7 de Mayo de 2002, expediente 25.743/2000
ABOGADO. COLEGIO PUBLICO DE ABOGADOS. Tribunal de Disciplina. Conducta achacada y sanción. Nulidad. La decisión punitiva fincada en encuadres o reproches sobre los cuales el encausado no ha podido ejercer su defensa, importa una insaneable lesión a la garantía establecida en el art. 18 de la C.N. (Del voto en disidencia del Dr. Licht, consid. VII). Buján, Licht (en disidencia), Coviello. 25
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Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala II, 29 de Noviembre de 2005, expediente 35.564/05
MEDIDAS CAUTELARES. PROCEDENCIA. Banco Central. Sanciones. La inusual tardanza de la administración en el impulso del sumario -que en el caso lleva más de veinte años- sin que esto implique ningún pronunciamiento relativo al fondo de la cuestión planteada, toda vez que corresponderá al momento procesal oportuno analizar la virtualidad de las actuaciones para interrumpir los plazos sumado a...
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Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 18 de Diciembre de 2003, expediente 11.363/97
ABOGADO. COLEGIO PUBLICO DE ABOGADOS. Tribunal de Disciplina. Sanciones. Falta de estilo. Alcance. Art. 44, inc. H) de la ley 23.187. El estilo forense es fundamental en el desenvolvimiento de la profesión. Pero una cosa es la corrección formal que da lugar al "estilo", que se traduce en la utilización clara, precisa y culta del lenguaje, en la manera de dirigirse en formal oral o escrita en
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Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 13 de Marzo de 2001, expediente 27.190/2000
ABOGADO. COLEGIO PUBLICO DE ABOGADOS. Tribunal de Disciplina. Procedimiento. Violación al derecho de defensa. Cualesquiera sean las omisiones observables en el procedimiento administrativo, las mismas no bastan para configurar una restricción al derecho de defensa, cuando nada obsta para que la parte afectada alegue y pruebe lo pertinente en la instancia judicial (Fallos: 292:15 y 305:1878).
- Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 17 de Mayo de 2016, expediente CAF 027040/2004/CA004
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Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 9 de Abril de 2002, expediente 36.134/98
ABOGADO. COLEGIO PUBLICO DE ABOGADOS. Tribunal de Disciplina. Sanciones. Exclusión de la matrícula. Cualquiera sea el modo en que concluyeron las causas que se le instruyeron al letrado, la asidua concurrencia obligada a los tribunales criminales como imputado y procesado, reflejan una conducta ética que autoriza a la corporación profesional a impedirle el ejercicio de la profesión. Tal...
- Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B, 27 de Diciembre de 2021, expediente FRO 014916/2018/CA001
- Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - CAMARA FEDERAL DE CÓRDOBA - SALA A - SECRETARIA PREVISIONAL, 11 de Agosto de 2021, expediente FCB 011190018/2006/CA001
- Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - CAMARA FEDERAL DE CÓRDOBA - SALA B - SECRETARIA PREVISIONAL, 14 de Diciembre de 2020, expediente FCB 054190043/2009/CA001
- Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - CAMARA FEDERAL DE CÓRDOBA - SALA B - SECRETARIA PREVISIONAL, 23 de Marzo de 2021, expediente FCB 054190069/2010/CA001
- Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - CAMARA FEDERAL DE CÓRDOBA - SALA B - SECRETARIA PREVISIONAL, 16 de Marzo de 2021, expediente FCB 054030009/2006/CA001
- Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - CAMARA FEDERAL DE CÓRDOBA - SALA B - SECRETARIA PREVISIONAL, 22 de Julio de 2020, expediente FCB 054070037/2009/CA001
- Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA B, 14 de Agosto de 2020, expediente FCB 054010057/2010/CA001
- Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - CAMARA FEDERAL DE CÓRDOBA - SALA A - SECRETARIA PREVISIONAL, 25 de Noviembre de 2019, expediente FCB 054020075/2010/CA001