decreto 2528 85
- Sentencia nº .12569 de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo , 12 de Abril de 2004, expediente 23026/01
- Sentencia nº .92609 de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo , 14 de Junio de 2004, expediente 6419/02
- Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 1 de Junio de 2006, expediente 25.150/00
- Sentencia nº 66893 de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo , 19 de Febrero de 2004, expediente 66893/2004
- Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala III, 12 de Noviembre de 2003, expediente 21.026/92
- Sentencia nº 80.798 de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo , 25 de Junio de 2003, expediente 23.025/2001
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Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo , 19 de Febrero de 2004, expediente 27945/01
Excepciones. Prescripción. Créditos que se devengaron mes a mes. En tanto los créditos reclamados se devengaron mes a mes sincrónicamente, los importes se hicieron exigibles a los respectivos vencimientos, por lo que se generaron plazos prescriptivos individuales, en tanto se trata de obligaciones salariales que se devengan y se abonan con esa periodicidad, tal como prevé el art. 4027 inc. 3es
- Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala III, 6 de Junio de 2006, expediente 164.337/02
- Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala III, 19 de Julio de 2001, expediente 43.285/2000
- Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 28 de Julio de 2005, expediente 20.525/97
- Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala II, 3 de Junio de 2004, expediente 10.748/01
- Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 20 de Julio de 2001, expediente 35.268/2000
- Vigente Código Civil y Comercial de la Nación