codigo civil provincia buenos aires
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Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 11 de Mayo de 2020, expediente Rc 123795
Incumplida la carga que el art. 292 del Código Procesal Civil y Comercial prescribe, en tanto se ha omitido acompañar copia del fallo de alzada que se impugna mediante el recurso extraordinario, así como de la denegatoria de éste, impidiendo analizar en su totalidad la admisibilidad de la impugnación denegada, corresponde desestimar la queja (Acordada 1790).
... la Sala I de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial La Matanza ... 292 del Código Procesal Civil y Comercial prescribe que esa vía ... -
Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 23 de Mayo de 2017, expediente Rc 121521
El remedio regulado por el artículo 292 del Código Procesal Civil y Comercial debe interponerse dentro del plazo que menciona y con las copias que indica su inciso primero.La omisión de acompañar copia de la sentencia de la Cámara contra la que se dedujo el recurso extraordinario, impide a este órgano analizar en su totalidad la admisibilidad del carril revisor denegado.
... I de la Cámara Primera de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de La Plata ... 292 del Código Procesal Civil y Comercial debe deducirse dentro ... -
Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 29 de Marzo de 2017, expediente Rc 121309
El remedio regulado por el artículo 292 del Código Procesal Civil y Comercial debe interponerse dentro del plazo que menciona y con las copias que indica su inciso primero.La omisión de acompañar copia de la sentencia de la Cámara contra la que se dedujo el recurso extraordinario, impide a este órgano analizar en su totalidad la admisibilidad del carril revisor denegado.
... Sala II de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de San ... señalar que el citado artículo 292 del Código Procesal Civil y Comercial prescribe que el ... -
Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 10 de Julio de 2019, expediente Rc 123338
El remedio regulado por el artículo 292 del Código Procesal Civil y Comercial debe interponerse dentro del plazo que menciona y con las copias que indica su inciso primero.La omisión de acompañar copia de la sentencia de la Cámara contra la que se dedujo el recurso extraordinario, impide a este órgano analizar en su totalidad la admisibilidad del carril revisor denegado.
... Civil y Comercial n° 12 del Departamento Judicial de ... 292 del Código de forma prescribe que el referido recurso debe ... -
Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 16 de Agosto de 2017, expediente Rc 121427
Incumplida la carga que el art. 292 del Código Procesal Civil y Comercial prescribe, en tanto se ha omitido acompañar copia del fallo de alzada que se impugna mediante el recurso extraordinario, así como de la denegatoria de éste, impidiendo analizar en su totalidad la admisibilidad de la impugnación denegada, corresponde desestimar la queja (Acordada 1790).
... la Sala I de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Morón denegatoria de un "recurso ... 292 del Código Procesal Civil y Comercial debe interponerse ... -
Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 27 de Mayo de 2020, expediente Rc 123731
El término establecido por el art. 279 del Código Procesal Civil y Comercial es perentorio e improrrogable (art. 155, C.P.C.C.).
... La Sala I de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de Bahía ... 124 del Código citado (ver constancia de ingreso del escrito ... -
Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 30 de Septiembre de 2021, expediente Rc 124603
El remedio regulado por el artículo 292 del Código Procesal Civil y Comercial debe interponerse dentro del plazo que menciona y con las copias que indica su inciso primero.La omisión de acompañar copia de la sentencia de la Cámara contra la que se dedujo el recurso extraordinario, impide a este órgano analizar en su totalidad la admisibilidad del carril revisor denegado.
... Sala III de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de ... -
Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 17 de Octubre de 2018, expediente Rc 122669
El remedio regulado por el artículo 292 del Código Procesal Civil y Comercial debe interponerse dentro del plazo que menciona y con las copias que indica su inciso primero.La omisión de acompañar copia de la sentencia de la Cámara contra la que se dedujo el recurso extraordinario, impide a este órgano analizar en su totalidad la admisibilidad del carril revisor denegado.
... , la Cámara Primera de Apelación Civil y Comercial del Departamento Judicial de San ... -
Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 23 de Octubre de 2020, expediente Rc 124141
La vía prevista en el art. 299 del Código Procesal Civil y Comercial se abre en el único supuesto en que en la instancia ordinaria se haya controvertido y decidido la constitucionalidad o inconstitucionalidad de leyes, decretos, ordenanzas o reglamentos provinciales confrontados con normas de la Constitución local, supuesto extraño al de autos en que no se ha resuelto en el fallo caso...
... 242300289003164772 ... SECRETARIA CIVIL Y COMERCIAL - ... -
Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 24 de Abril de 2019, expediente Q 75615
La queja prevista en el art. 292 del Código Procesal Civil y Comercial debe atacar los fundamentos que diera el tribunal a quo al desestimar los remedios extraordinarios deducidos, a fin de que la misma tenga la suficiencia necesaria para ser considerada por este Tribunal (art. 2 inc. "c" del Acuerdo 1790).
... Gustavino condenando a la Provincia de Buenos Aires y a la Municipalidad de La Plata, a ... 278 del Código Procesal Civil y Comercial está representado, ... -
Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 21 de Diciembre de 2016, expediente Q 74376
La queja prevista en el art. 292 del Código Procesal Civil y Comercial debe atacar los fundamentos que diera el fallo cuestionado al desestimar el remedio extraordinario deducido, a fin de que la misma tenga la suficiencia necesaria para ser considerada por este Tribunal (art. 2 inc. "c" de la Acordada 1790).
... 280 del Código Procesal Civil y Comercial al que lo intimara la ... de Buenos Aires y otro/a s/recurso de revisión Colegios o ... -
Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 20 de Septiembre de 2017, expediente Rl 120569
La queja prevista en el art. 292 del Código Procesal Civil y Comercial debe interponerse con los antecedentes que indica su inciso primero y el art. 1 de la Acordada 1790, por lo que si no se acompañó copia completa del pronunciamiento dictado en los autos que denuncia, corresponde su rechazo.
... 1113 del anterior Código Civil (v. fs. 7 y vta.) ... ... -
Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 12 de Abril de 2017, expediente Rl 120746
La queja prevista en el art. 292 del Código Procesal Civil y Comercial debe interponerse con los antecedentes que indica su inciso primero y el art. 1 de la Acordada 1790, por lo que si no se acompañó copia completa del pronunciamiento dictado en los autos que denuncia, corresponde su rechazo.
... 292 del Código Procesal Civil y Comercial (v. fs. 82/92 vta.) ... -
Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 14 de Junio de 2017, expediente Rl 120962
El recurso previsto por el art. 292 del Código Procesal Civil y Comercial debe atacar los fundamentos que diera el tribunal a quo al desestimar el recurso extraordinario interpuesto, a fin de que el mismo tenga la suficiencia necesaria para ser considerado por esta Suprema Corte (art. 2 inc. c del Acuerdo 1790).
... 292 del Código Procesal Civil y Comercial (fs. 15/19) ... -
Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 5 de Abril de 2017, expediente Rl 120765
La queja prevista en el art. 292 del Código Procesal Civil y Comercial debe interponerse con los antecedentes que indica su inciso primero y el art. 1 de la Acordada 1790, por lo que si no se acompañó copia completa del pronunciamiento dictado en los autos que denuncia, corresponde su rechazo.
... 292 del Código Procesal Civil y Comercial (fs. 24/27) ... -
Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 29 de Agosto de 2017, expediente Rl 120966
El recurso previsto por el art. 292 del Código Procesal Civil y Comercial debe atacar los fundamentos que diera el tribunal a quo al desestimar el recurso extraordinario interpuesto, a fin de que el mismo tenga la suficiencia necesaria para ser considerado por esta Suprema Corte (art. 2 inc. c del Acuerdo 1790).
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Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 29 de Agosto de 2017, expediente Rl 121170
El recurso previsto por el art. 292 del Código Procesal Civil y Comercial debe atacar los fundamentos que diera el tribunal a quo al desestimar el recurso extraordinario interpuesto, a fin de que el mismo tenga la suficiencia necesaria para ser considerado por esta Suprema Corte (art. 2 inc. c del Acuerdo 1790).
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Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 6 de Diciembre de 2017, expediente Rl 121406
La queja prevista en el art. 292 del Código Procesal Civil y Comercial debe interponerse con los antecedentes que indica su inciso primero y el art. 1 de la Acordada 1790, por lo que si no se acompañó copia completa del pronunciamiento dictado en los autos que denuncia, corresponde su rechazo.
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Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 7 de Junio de 2017, expediente Rl 120866
La queja prevista en el art. 292 del Código Procesal Civil y Comercial debe interponerse con los antecedentes que indica su inciso primero y el art. 1 de la Acordada 1790, por lo que si no se acompañó copia completa del pronunciamiento dictado en los autos que denuncia, corresponde su rechazo.
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Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 5 de Julio de 2017, expediente 121022
La queja prevista en el art. 292 del Código Procesal Civil y Comercial debe interponerse con los antecedentes que indica su inciso primero y el art. 1 de la Acordada 1790, por lo que si no se acompañó copia completa del pronunciamiento dictado en los autos que denuncia, corresponde su rechazo.
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Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 5 de Julio de 2017, expediente 121023
La queja prevista en el art. 292 del Código Procesal Civil y Comercial debe interponerse con las copias que indica su inciso primero y el art. 1 de la Acordada 1790, por lo que si no se acompañó copia íntegra del pronunciamiento dictado en autos que se denuncia, corresponde su rechazo.
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Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 6 de Septiembre de 2021, expediente Q 76940
El art. 292 del Código Procesal Civil y Comercial establece que el recurso de queja debe interponerse dentro del plazo que menciona y con las copias que indica su inciso primero. Si en el caso, se incumplió con lo allí dispuesto en tanto el recurrente no solo no acompañó copia digital del recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, sino que además omitió su individualización precisa y con...
... del Personal del Banco de la Provincia de Buenos" Aires y revocó por contrario imperio la resoluci\xC3" ... 292 del Código Procesal Civil y Comercial establece que esa vía ... -
Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 14 de Junio de 2017, expediente Rl 119133
El art. 290 del Código Procesal Civil y Comercial sólo autoriza la interposición del recurso de revocatoria contra las providencias de trámite y las sentencias interlocutorias dictadas por la Corte durante la sustanciación del recurso, por lo que resulta manifiestamente improcedente la intentada contra la sentencia definitiva.
... El art. 290 del Código Procesal Civil y Comercial sólo autoriza la ... -
Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 13 de Marzo de 2019, expediente Q 75498
La queja prevista en el art. 292 del Código Procesal Civil y Comercial debe atacar los fundamentos que diera el fallo cuestionado al desestimar el remedio extraordinario deducido, a fin de que la misma tenga la suficiencia necesaria para ser considerada por este Tribunal (art. 2 inc. "c" de la Acordada 1790).
... ón nacional y 1, 2, 3, 4 y 9 del Código Civil y Comercial respecto del fallo de primera ... -
Publicaciones de la Sección Judicial de 02 de Noviembre de 2017
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES ... LA PLATA, JUEVES 2 DE ... ÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 2 de Gral. San Martín a cargo de ... 133 del Código Ritual. San Martín, a los 22 días del mes de ...