caducidad sumario administrativo

20683 resultados para caducidad sumario administrativo

  • Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala III, 20 de Septiembre de 2005, expediente 13.620/05

    PROCEDIMIENTO JUDICIAL. RECURSOS. Apelación. Caducidad de instancia. Resolución que la desestima. Inapelabilidad. Art. 317 del C.P.C.C.N. La decisión que no hace lugar al pedido de caducidad es inapelable (art. 317, C.P.C.C.N.) porque no obsta a tal prosecución del pleito y, por ende, no causa agravio (Fassi, Santiago "Código Procesal Civil y Comercial de la Nación", comentado, anotado y...

  • PROCEDIMIENTO JUDICIAL. CADUCIDAD. Interrupción. Peticiones que activan el proceso. Cédulas. Las peticiones que activan el procedimiento, haciéndolo avanzar hacia su destino normal, como la sentencia, interrumpen la caducidad. Como afirma S.C. Fassi, en su "C.P.C.C.N., Comentado, Anotado y Concordado", Ed. Astrea, T.II, pág. 657: "Con buen criterio, se ha entendido que el acto procesal es...

  • Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala III, 26 de Febrero de 2002, expediente 8.042/97

    PROCEDIMIENTO JUDICIAL. EXCEPCIONES. Caducidad. Ley 24.447. Criterio de interpretación. El régimen de la ley 24.447 debe ser interpretado estrictamente a favor del mantenimiento de los derechos, ante una actividad que puede estimarse "suficiente para conservarlos". (Del voto del Dr. Argento, consid. 4°). Mordeglia, Argento. 8.042/97 "Eduardo Caramian SACICIF y A. c/Ferrocarriles Argentinos

  • Decreto 93/2000
    ... De existir sustanciación de sumario administrativo prevista en el artículo 70 de la ... el inciso anterior, la correspondiente caducidad-, dispuestos con anterioridad al dictado del ...
  • PROCEDIMIENTO JUDICIAL. RECURSOS. Apelación. Caducidad de instancia. Resolución que la desestima. Inapelabilidad. Art. 317 del C.P.C.C.N. La decisión que desestima la caducidad es inapelable (art. 317 del Código Procesal). Grecco, Gallegos Fedriani, Otero Eduardo Caramian S.A.C.I.F. y A. c/ Fuerza Aerea Arg. s/ contrato de obra pública Causa: 24.527/97 13/07/98 C.NAC.CONT.ADM.FED., SALA...

  • Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 17 de Octubre de 2000, expediente 28.978/95

    PROCEDIMIENTO JUDICIAL. CADUCIDAD. Interrupción. Art. 311 del C.P.C.C.N. Aún cuando se admitiese que ciertos actos realizados fuera del marco del expediente poseen calidad interruptiva, es preciso que ellos estén unidos a éste y que las gestiones estén avaladas por una demostración suficiente que permita pasar por alto la absoluta inactividad en la que incurrió la peticionaria desde el último

  • Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 3 de Septiembre de 2001, expediente 25.209/96

    PROCEDIMIENTO JUDICIAL. CADUCIDAD DE INSTANCIA. Improcedencia. Remisión del expediente al Representante del Fisco antes del llamamiento de autos. Art. 313, inc. 3° del C.P.C.C.N. Encontrándose la causa conclusa para definitiva y pendiente el llamamiento de autos a cargo del juzgado -más la remisión al Representante del Fisco, a fin que se expida sobre la tasa judicial- a partir de ese momento,

  • PROCEDIMIENTO JUDICIAL. CADUCIDAD. Improcedencia. La presentación en secretaría de la cédula notificando el auto en donde la actora solicita la declaración de la causa como de puro derecho impulsa el procedimiento e interrumpe el curso de la perención (conf. C.N.Civ., 5-4-89, "Pacheco", J.A.-Rep. 1990-710). Mu., A. y Mo. BORCHICHI DE MOJICA, Gladis E. c/ E.N. s/ JUICIO DE CONOCIMIENTO 13/11/

  • PROCEDIMIENTO JUDICIAL. CADUCIDAD. Criterio de interpretación. La perención de instancia es de interpretación restrictiva y debe ser resuelta atendiendo a las particularidades de cada caso. Cualquier duda que se suscita respecto de la perención de instancia, debe ser interpretada en favor de la subsistencia del proceso -confr. LL. 1984-D, 582; 1984-C, 424-. Damarco, Conte Grand, Herrera ...

  • PROCEDIMIENTO JUDICIAL. CADUCIDAD. Instancia. Apertura. La instancia queda abierta con la sola promoción de la demanda (confr. esta Sala, "Umansky", del 20/2/92). Galli, Jeanneret de Pérez Cortés y Uslenghi TELINTAR S.A. Y OTROS c/ COMISION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES .MIN. DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS s/ varios Causa N°: 4980/94. 27/12/94 C.NAC.CONT.ADM.FED., SALA IV

  • PROCEDIMIENTO JUDICIAL. CADUCIDAD. Incidente promovido por la demandada. Art. 310, inc. 2 y 315 del C.P.C.C.N. Corresponde desestimar el agravio de la demandada -en cuanto sostiene que el impulso de la incidencia correspondía a la actora, en cuanto guarda relación directa con la liquidación por ella practicada- ya que el incidente fue promovido por la demandada, por lo que es a ella a quien...

  • Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala II, 26 de Abril de 2001, expediente 35.120/2000

    COMPETENCIA. TRIBUNAL FISCAL. Caducidad de los diferimientos impositivos. Arts. 159 y 165 de la ley 11.683. (t.v.). La caducidad de los diferimientos impositivos concedidos no encuadra en ninguno de los supuestos contemplados en los arts. 159 y 165 de la ley 11.683 (t.v.) para habilitar la competencia del Tribunal Fiscal de la Nación. (Consid. 3°). Damarco, Garzón de Conte Grand, Herrera. 35

  • Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 2 de Octubre de 2001, expediente 12.099/99

    PROCEDIMIENTO JUDICIAL. EXCEPCIONES. Caducidad. Arts. 25, 26 y 27 de la ley 24.447. Art. 4 del decreto 852/95 P.E.N. Silencio de la administración. Requisitos. El silencio precisa como requisitos para que se configue que transcurra el plazo de ley, que se denuncie la mora administrativa -exteriorizada con el pedido de "pronto despacho" o cualquier solicitud según el art. 4 del decreto 852/95

  • Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 6 de Noviembre de 2003, expediente 101.370/02

    COSTAS. SUPUESTOS ESPECIALES. Caducidad de instancia. De oficio. Omisión de pronunciamiento. Corralito financiero. Si la caducidad de instancia declarada se resolvió de oficio por aplicación de lo dispuesto en el art. 316 del C.P.C.C.N., la circunstancia de que en la resolución nada se haya dicho sobre las costas significa que éstas deben correr en el orden causado (Fallos: 293:409). Licht,...

  • Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 14 de Noviembre de 2000, expediente 10.240/99

    PROCEDIMIENTO JUDICIAL. CADUCIDAD. Aduana. Recurso por multa aduanera. Improcedencia. Es aplicable a los procesos en los que se encuentra en discusión una sanción impuesta por infracciones aduaneras el Código de Procedimientos Penal, atendiendo, principalmente, en la naturaleza penal que tales sanciones revisten (confr. esta Sala, "Kolynos SACI c/A.N.A.s/nulidad de resolución", del 15/4/93, y

  • Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil , 10 de Abril de 2001, expediente L.304137

    DERECHO ADMINISTRATIVO MUNICIPAL. Impugnación de acto administrativo. Caducidad. En tanto el Estatuto Organizativo de la Ciudad de Buenos Aires no contiene disposición alguna que se oponga al art. 100 de la ley 19.987, la sanción de dicho Estatuto no liberó al administrado del plazo de caducidad allí previsto, pues esa norma legal continúa vigente. José L. Galmarini, Jorge H. Alterini,...

  • PROCEDIMIENTO JUDICIAL. EXCEPCIONES. Caducidad. Ley 24.447. Vigencia temporal. La habilitación que otorga la ley 24.447 en el sentido de posibilitar una caducidad automática, no permite extender linealmente este mecanismo, derogatorio de la norma general del art. 21 de la LNPA, para regir en forma retroactiva máxime cuando la retroactividad no la dispone la ley en forma expresa y el principio

  • PROCEDIMIENTO JUDICIAL. CADUCIDAD. Resolución que desestima la caducidad del incidente de caducidad. Apelación. Arts. 310, inc. 4 y 317 del C.P.C.C.N. Habida cuenta el criterio restrictivo con el que debe interpretarse el instituto de la caducidad de la instancia, es claro que el sistema consagrado por el art. 317 del C.P.C.C.N. debe entenderse dirigido a proteger la subsistencia del proceso

  • PROCEDIMIENTO JUDICIAL. CADUCIDAD. Instancia. Concepto. La instancia es el conjunto de actos procesales que realizan las partes para obtener la decisión judicial de un litigio; en otras palabras, es el conjunto de actos procesales que se suceden desde la interposición de una demanda, o la petición que abre una etapa incidental, un proceso a la concesión de un recurso, hasta la notificación...

  • Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 28 de Mayo de 2003, expediente 81.557/02

    AMPARO. PROCEDIMIENTO. Caducidad. Corralito financiero. Improcedencia. El plazo de caducidad no se computará mientras la causa se encuentre pendiente de una actución del Tribunal, ya sea de un despacho, de una resolución, del dictado de la sentencia o de cualquier otra actividad a su cargo (notificación, pases a otros Tribunales o al representante del M° Público o a cualquier otra repartición

  • PROCEDIMIENTO JUDICIAL. CADUCIDAD. Medida cautelar solicitada conjuntamente con la promoción de la demanda. Improcedencia del art. 207 del C.P.C.C.N. Cuando la medida cautelar se solicitó conjuntamente con la promoción de la demanda no resulta procedente la caducidad prevista en el artículo 207 del C.P.C.C.N. Galli, Jeanneret de Pérez Cortés y Uslenghi TELINTAR S.A. y OTROS c/ COMISION...

  • PROCEDIMIENTO JUDICIAL. CADUCIDAD DE INSTANCIA. Improcedencia. La falta de notificación del proveído que hace saber lo dispuesto por el decr. 34/91, como asimismo, notificar a las partes la reanudación del procedimiento (confr. art. 135, inc. 8 del C.P.C.C.N.) para luego poner los autos en Secr. para alegar (confr. art. 482 del C.P.C.C.N.) configuran el presupuesto obstativo del curso de...

  • Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 2 de Octubre de 2001, expediente 32.323/99

    PROCEDIMIENTO JUDICIAL. CADUCIDAD. Actos interruptivos. Relación con el beneficio de litigar sin gastos. No puede acordarse efectos interruptivos de la caducidad de la instancia en el principal a la actividad desplegada en el incidente de beneficio de litigar sin gastos (cfr. C.N.Civ., Sala A, LL. 1991-E, pág. 775, n° 7473). (Consid. II.3). Buján, Licht, Coviello. 32.323/99 "Banco de Italia

  • PROCEDIMIENTO JUDICIAL. CADUCIDAD. Oportunidad para solicitarla. Art. 315 del C.P.C.C.N. El artículo 315 del C.P.C.C.N. establece que el peticionario de la caducidad de la instancia -en el caso el demandado- debe formular su planteo antes de consentir cualquier actuación del Tribunal o de la parte posterior al vencimiento del plazo legal, para lo cual cuenta con un término establecido a...

  • Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 15 de Noviembre de 2004, expediente 18.476/04

    PROCEDIMIENTO JUDICIAL. CADUCIDAD. Criterio de interpretación. La interpretación estricta pedida -para inclinar la decisión en sentido favorable a la continuación de la instancia- es inaplicable si no se suscita una duda razonable en torno a la procedencia de la perención (Cons. VII). Coviello, Licht. 18.476/04 "Nucleoeléctrica Argentina SA c/ TAOP Fallo 2823/01 (Expte 2345/98)". 15/11/04

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