caducidad instancia provincia buenos aires
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Sentencia Definitiva de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 3 de Febrero de 2016, expediente L 117566
La caducidad de instancia constituye una medida de carácter excepcional y por lo tanto de interpretación restrictiva, cuya configuración depende de la concurrencia de ciertos recaudos, y en ese orden se resalta la necesidad de constatar que la paralización del trámite de la causa -por el plazo que establece el art. 12 de la ley 11.653- no provenga, obviamente, del incumplimiento de un deber...
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Sentencia Definitiva de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 24 de Abril de 2019, expediente A 74516
La caducidad de la instancia es un arbitrio instituido para sancionar la inacción de los litigantes, siempre que se encuentren en el deber de instar el proceso o que no se hallen en la imposibilidad de impulsar el trámite del mismo hacia su fin que es la sentencia y por ello, en el juzgamiento de la concurrencia de la existencia de las condiciones para su declaración debe prevalecer una...
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Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 21 de Octubre de 2020, expediente B 65666
La declaración de la caducidad de la instancia constituye una medida de carácter excepcional y debe quedar evidenciada la voluntad del litigante de hacer abandono del proceso.
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Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 11 de Mayo de 2022, expediente Rc 125141
La resolución que declara la caducidad de la instancia es definitiva (art. 278 C.P.C.) siempre que pueda proyectar efectos respecto de la prescripción de la acción.
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Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 19 de Abril de 2021, expediente Rc 124601
Declarada la caducidad de instancia, el valor del agravio respecto del recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por el actor, está representado por el capital reclamado en la demanda , sin que corresponda actualizar la suma peticionada, conforme lo dispuesto por el art. 7 y concs. de la ley 23.928 -ley 25.561-, cuya invalidez constitucional no fue declarada por este Tribunal.
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Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 4 de Octubre de 2023, expediente B 65725
Corresponde la declaración de caducidad de la instancia abierta con la interposición del recurso extraordinario federal si transcurre el plazo de tres meses sin impulso de la parte que lo tenga a su cargo (arts. 310 inc. 2°, 311 y 316, CPCCN).
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Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 29 de Octubre de 2021, expediente Rc 124044
La decisión que deja firme la caducidad de instancia decretada en el ámbito del proceso ejecutivo no reviste carácter de definitiva a los fines del recurso extraordinario, desde que no clausura vías hábiles para que el actor pueda hacer valer sus derechos (art. 551, C.P.C.C.) y no se observan motivos suficientes para configurar una excepción al mencionado criterio.
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Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 9 de Agosto de 2017, expediente Rc 121619
Decretada la caducidad de instancia,a los fines del art. 278 del Código Procesal Civil y Comercial, el monto del pleito está representado para el impugnante por el importe de la deuda reclamada en la demanda (ley 14141, vigente al momento de interposición del recurso extraordinario), sin que corresponda actualizarla ni adicionarle intereses.
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Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 18 de Febrero de 2022, expediente Rc 125110
Declarada la caducidad de instancia, el valor del agravio respecto del recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por el actor, está representado por el capital reclamado en la demanda , sin que corresponda actualizar la suma peticionada, conforme lo dispuesto por el art. 7 y concs. de la ley 23.928 -ley 25.561-, cuya invalidez constitucional no fue declarada por este Tribunal.
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Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 23 de Octubre de 2020, expediente Rc 124075
Declarada la caducidad de instancia, el valor del agravio respecto del recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por el actor, está representado por el capital reclamado en la demanda , sin que corresponda actualizar la suma peticionada, conforme lo dispuesto por el art. 7 y concs. de la ley 23.928 -ley 25.561-, cuya invalidez constitucional no fue declarada por este Tribunal.
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Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 14 de Junio de 2017, expediente Rc 121529
Decretada la caducidad de instancia en el proceso de daños y perjuicios, a los fines del art. 278 del Código Procesal Civil y Comercial, el monto del pleito está representado para el impugnante por el importe de la deuda reclamada en la demanda (ley 14141, vigente al momento de interposición del recurso extraordinario), sin que corresponda actualizarla ni adicionarle intereses.
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Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 19 de Abril de 2021, expediente Rc 123214
Declarada la caducidad de instancia, el valor del agravio respecto del recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por el actor, está representado por el capital reclamado en la demanda , sin que corresponda actualizar la suma peticionada, conforme lo dispuesto por el art. 7 y concs. de la ley 23.928 -ley 25.561-, cuya invalidez constitucional no fue declarada por este Tribunal.
- Vigente Código Civil y Comercial de la Nación
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Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 8 de Octubre de 2014, expediente B 65287
La caducidad de la instancia ha sido instituida para sancionar la inacción de los litigantes, siempre que se encuentren frente al deber de instar el proceso hacia su estadio final que es la sentencia. En el juzgamiento de la concurrencia de la existencia de las condiciones para su declaración, debe prevalecer una interpretación restrictiva y favorecedora del mantenimiento de la vitalidad del proceso,
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Vigente
Ley 26.571. Ley de democratización de la representación política, la transparencia y la equidad electoral.
... Público Fiscal, de oficio, o a instancia del juzgado federal con competencia electoral, ... año, e impulsará la declaración de caducidad de la personería jurídico-política cuando ... , provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y tribunales de faltas municipales; ... Ciudad Autónoma de Buenos Aires y cada provincia, constituyen un distrito electoral ... 2 ...
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Vigente
Versión original
Ley N° 22.415 - Código Aduanero
Buenos Aires, 2 de marzo de 1981 ... En uso de las ... ante los juzgados nacionales de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal de la ... f) el plazo de caducidad de los permisos que, cuando fuere necesario, se ... ) la vendiere en forma directa o alguna provincia, municipio, a un ente descentralizado nacional, ...
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Sentencia Definitiva de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 20 de Marzo de 2013, expediente L 111555
La caducidad de instancia constituye una medida de carácter excepcional y por lo tanto de interpretación restrictiva, cuya configuración depende de la concurrencia de ciertos recaudos, y en ese orden se resalta la necesidad de constatar que la paralización del trámite de la causa -por el plazo que establece el art. 12 de la ley 11.653- no provenga, obviamente, del incumplimiento de un deber...
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Sentencia Definitiva de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 22 de Agosto de 2012, expediente L 110885
La caducidad de instancia constituye una medida de carácter excepcional y por lo tanto de interpretación restrictiva, cuya configuración depende de la concurrencia de ciertos recaudos, y en ese orden se resalta la necesidad de constatar que la paralización del trámite de la causa -por el plazo que establece el art. 12 de la ley 11.653- no provenga, obviamente, del incumplimiento de un deber...
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Sentencia de Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, 15 de Diciembre de 1999, expediente C 70472
Civil y comercial - Caducidad de instancia - Feria judicial - En el cómputo del plazo de perención no deben incluirse los períodos de feria judicial. Civil y comercial - Caducidad de instancia - Feria judicial - Corresponde incluir en el cómputo del plazo de perención a las ferias judiciales.
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Sentencia Definitiva de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 12 de Diciembre de 2007, expediente L 85207
En el juzgamiento de la caducidad de la instancia debe prevalecer una interpretación de carácter restrictivo y favorecedora del mantenimiento de la vitalidad del proceso debido a las consecuencias que este instituto produce, estimándosela como una medida de carácter excepcional.
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Sentencia Definitiva de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 2 de Agosto de 2000, expediente AC 74381
No se produce la caducidad de instancia cuando la causa está pendiente de una resolución del tribunal (art. 313, inc. 3, C.P.C.).
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Sentencia Definitiva de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 2 de Mayo de 2001, expediente AC 74379
No se produce la caducidad de instancia cuando la causa está pendiente de una resolución del tribunal (art. 313, inc. 3, C.P.C.).
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Sentencia Definitiva de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 22 de Diciembre de 2008, expediente L 90819
La declaración de la caducidad de la instancia constituye una medida de carácter excepcional y debe quedar evidenciada la voluntad del litigante de hacer abandono del proceso.
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Sentencia nº ED 191, 329 de Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, 2 de Agosto de 2000, expediente C 74381
Civil y comercial - Caducidad de instancia - Impulso del tribunal - No se produce la caducidad de instancia cuando la causa está pendiente de una resolución del tribunal (art. 313, inc. 3, C.P.C.). CPCB Art. 313 Inc. 3
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Sentencia Definitiva de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 4 de Abril de 2007, expediente L 88678
La caducidad de la instancia es un arbitrio instituido para sancionar el desinterés de los litigantes evidenciado por su prolongada inactividad siempre que se encuentren en el deber de instar el proceso o no se hallen en la imposibilidad de impulsar el trámite del mismo hacia su fin que es la sentencia y que no medie un deber específico del tribunal de efectuar determinados actos procesales.