art 49 ley 21839

22783 resultados para art 49 ley 21839

  • ARTÍCULO 49

    ARTICULO 49 – Todo honorario regulado judicialmente deberá pagarse por la parte condenada en costas, dentro de los treinta (30) días de notificado el auto regulatorio firme, si no se fijare un plazo menor. En el supuesto que dicho pago no se efectuare, el profesional podrá reclamar el pago al cliente. Pago del honorario

  • Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala III, 14 de Noviembre de 2000, expediente 11.578/95

    INTERESES. HONORARIOS. Regulación judicial firme. Mora. Tasa aplicable. De conformidad con lo dispuesto por el art. 61 de la ley 21.839 (modificada por la ley 24.432) las deudas por honorarios por regulación judicial firme, cuando hubiere mora del deudor, devengan intereses que deben calcularse a la tasa pasiva promedio que publica el B.C.R.A. (en igual sentido, Sala I, in re: "Reisdoraf de

  • Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo , 30 de Abril de 2004, expediente 24205/86

    Honorarios. Condenado en costas y su cliente. Ausencia de solidaridad. Obligaciones accesorias. Art. 49 ley 21839. La obligación de pago de los honorarios entre el condenado en costas y su cliente no constituye una obligación solidaria, en los términos que diseña la ley civil sino, por el contrario, en el régimen normativo aplicable en esta jurisdicción, la norma de aranceles (art. 49 de la...

  • Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal , 12 de Agosto de 1999, expediente 4946/93.

    HONORARIOS. INTERESES. HITO INICIAL. MORA. CARACTER PROVISIONAL. CODIGO PROCESAL: ART. 279. FICHA N° 7483. POR VERSAR EL TEMA SUB DISPUTATIO SOBRE EL HITO INICIAL DE LOS "INTERESES MORATORIOS" REFERIDOS A HONORARIOS REGULADOS. LA PRIMERA E INDISPENSABLE CONDICION PARA QUE ELLOS EMPIECEN SU CURSO ES QUE EL OBLIGADO AL PAGO SE HA LLE INCURSO EN SITUACION DE MOROSIDAD (ARTS. 508 Y 509, CODIGO...

  • Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala III, 10 de Abril de 2006, expediente 32.353/98

    HONORARIOS. MORA EN EL PAGO. Art. 49 de la ley 21.839. Relación con el art. 509 del C.C. De conformidad con lo dispuesto en el art. 49 de la ley 21.839, si no se fijare un plazo menor, todo honorario regulado judicialmente deberá pagarse por la parte condenada en costas dentro de los treinta días de notificado el auto regulatorio firme, por cuanto a partir de su vencimiento (art. 509 del C.C.

  • Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal , 28 de Marzo de 1995, expediente 735/91.

    HONORARIOS. DEL ABOGADO. COBRO AL CLIENTE NO CONDENADO EN COSTAS. CARACTER DE LA OBLIGACION. RECAUDOS. FICHA N° 3458. EL ART. 48 DE LA LEY 21.839 OTORGA AL PROFESIONAL LA FACULTAD DE EXIGIR EL PAGO - NO SOLO AL PERDEDOR - SINO SUBSIDIARIAMENTE A QUIEN LE CONFIO LA ATENCION DE SU ASUNTO, PUES ESTE ASUME UNA OBLIGACION DE GARANTIA PARA EL P AGO DE LA RETRIBUCION DE QUIEN LO ASISTE. PERO PARA...

  • Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 8 de Noviembre de 2004, expediente 4.615/98

    HONORARIOS. MORA EN EL PAGO. Para que la deudora del pago del honorario incurra en mora y en función de ello coresponda su actualización, debe encontrarse vencido el plazo acordado por el art. 49 de la ley 21.839 -que debe computarse po días hábiles por tratarse del cumplimiento de una actuación judicial- al momento de su depósito. Gallegos Fedriani, Otero. 4.615/98 "Grondona Marta Noemi c/

  • Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 27 de Octubre de 2005, expediente 15.203/96

    HONORARIOS. MORA EN EL PAGO. Cómputo. Accesorios. En virtud de lo dispuesto por el art. 49 de la ley 21.839 corresponde tomar como fecha de inicicio de la mora del deudor, la que surge de contar treinta (30) días a partir de que fuera notificada la resolución de esta Alzada y computar los accesorios -a la tasa pasiva promedio que publica el BCRA- hasta la dación en pago efectuada por la...

  • Sentencia nº 4111 de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo , 4 de Noviembre de 1988, expediente 4111/88

    Honorarios. Art. 49 de la ley 21839. Mora. Actualización. Ley 21839. El plazo del art. 49 de la ley 21839 debe computarse e días corridos y no hábiles. Si bien es cierto que dicho artículo acuerda a la parte condenada en costas un plazo de 30 días, a partir de la notificación del auto regulatorio, para hacer efectivo el pago de los honorarios parece razonable sostener que, transcurrido dicho...

  • Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala II, 7 de Junio de 2005, expediente 2.705/92

    PROCEDIMIENTO JUDICIAL. RECURSOS. Apelación. Abogado. Llamado de atención. Naturaleza jurídica. Inapelabilidad. El mero llamado de atención no constituye una sanción disciplinaria en los términos del art. 18 del decreto ley 1.285/58, ratificado por la ley 14.467 y modificado por el art. 2 de la ley 24.289. Tiene por finalidad poner de manifiesto una falta cometida para evitar que se repita....

  • INTERESES. HONORARIOS. Cómputo. Relación con la mora. Cálculo. Tasa aplicable respecto de obligaciones de causa o título posterior al 1º de abril de 1991. Los intereses por demora en el pago de los honorarios regulados deben ser calculados no desde la fecha del auto regulatorio, sino a partir del vencimiento del plazo establecido en el art. 49 de la ley 21.839 (que en el caso comenzó a...

  • Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal , 24 de Junio de 1999, expediente 57.215/95.

    HONORARIOS. FIJACION JUDICIAL. EFECTO. APELACION. LIQUIDACION PROVISIONAL. CONFORMIDAD. RESGUARDO DEL CREDITO. EMBARGO. PROCEDENCIA. FICHA N° 7173. LA FIJACION JUDICIAL DE HONORARIOS CONSTITUYE, SUSTANCIALMENTE, UNA SENTENC IA (ARG. ART. 50, LEY 21.839 Y 500, INC. 3°, CODIGO DE FORMA), REGIDA EN CUANT O A SU EJECUCION -TRATANDOSE DE HONORARIOS FIRMES- POR LA NORMATIVA DEL LIBRO I II, TITULO I,

  • HONORARIOS. ABOGADOS. La circunstancia de que el profesional interviniente percibiera los honorarios oportunamente pactados con su cliente, no obsta a que se le abone también la diferencia resultante entre los honorarios oportunamente pactados y los regulados juidicialmente por su actuación en el pleito, si del recibo no se infiere que dicho pago comprendiera la retribución total a que tiene

  • Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal , 22 de Diciembre de 1998, expediente 3991/93.

    EJECUCION DE HONORARIOS. DEUDA PUBLICA. INSUFICIENTE PREVISION PRESUPUESTARIA DE LOS INTERESES DEVENGADOS. CONDUCTA NEGLIGENTE DEL DEUDOR. FICHA N° 5977. LA DEMANDADA NO PODIA ELUDIR SU OBLIGACION DE INCLUIR EN LA PREVISION PRESUPUESTARIA CORRESPONDIENTE EL RUBRO INTERESES SOBRE HONORARIOS, PUES EL CONOCIMIENTO DE DICHA OBLIGACION DERIVABA PARA ELLA DE LOS SIGUIENTES FACTORES: A) ERA...

  • Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal , 29 de Abril de 2004, expediente 10.042/95

    Juz. 8 Sec. 15 CAUSA Nº 10.042/95 "BIANCHINI GLADYS SOFIA c/ INSTITUTO NA CIONAL DE SERVICIOS SOC. PARA JUB. Y PENS. s/ daños y perjuicios" Buenos Aires, 29 de abril de 2004. Y VISTOS: el recurso de apelación interpuesto a fs. 684, fundado a fs. 686/688, y cuyo traslado fue contestado a fs. 693/694 contra la resolución de fs. 680, y CONSIDERANDO: I. Durante el trámite de ejecución de honora-rios...

  • Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal , 6 de Junio de 2002, expediente 6.181/99

    HONORARIOS. Del consultor técnico. Cobro contra el condenado en costas. Los honorarios del consultor técnico integran la condena en costas (art. 461, Código Procesal). El profesional que se ha desempeñado en tal carácter puede reclamar el pago de los honorarios que le han sido regulados judicialmente a la parte que ha sido condenada a solventar las costas del proceso. No obstante, el...

  • HONORARIOS. PLAZO PARA EL PAGO. APELACION. El art. 49 de la ley 21.839 dispone que los honorarios regulados judicialmente deben abonarse por la parte obligada al pago dentro de los 30 días de notificado el auto regulatorio firme, si no se fijare un plazo menor, debiendo entenderse que la providencia adquiere ese estado cuando es consentida por ambas partes o se encuentre ejecutoriada en...

  • Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil , 4 de Julio de 2000, expediente R.49545

    HONORARIOS. Plazo para el pago. Cómputo. El término de 30 días previsto en el art. 49 de la ley 21.839, que no fuera modificado por la ley 24.432, constituye un plazo judicial que se computa como los civiles, y, por aplicación de lo dispuesto en los arts. 27 y 28 del Código Civil, su cómputo habrá de hacerse en forma corrida, puesto que la ley no contiene salvedad en contrario. Teresa M....

  • Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal , 16 de Febrero de 1999, expediente 54.375/95.

    EJECUCION DE HONORARIOS. CONTRA EL COMITENTE. EMPLEADA. DE LA PROVINCIA DE FORMOSA. REPRESENTACION JUDICIAL DE CODEFOR. ESTATUTO DEL EMPLEADO PUBLICO PROVINCIAL. INCOMPATIBILIDADES. EXCEPCIONES. ART. 44, INCS. "B" Y "C". MANDATO JUDICIAL. ONEROSIDAD. FICHA N° 6354. LA DESIGNACION DE LA DOCTORA Z. COMO REPRESENTANTE JUDICIAL DE LA CODEFOR, EN EL LITIGIO POR DAÑO TEMIDO QUE LE PROMOVIO UNITAN S.

  • Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal , 24 de Noviembre de 1995, expediente 5858/92.

    HONORARIOS: DEL ABOGADO. ACCION JUDICIAL. PLAZO PARA EL PAGO. CUMPLIMIENTO DE LA CONDENA. ACCESORIEDAD. LEY 21.839: ART. 49. SUPLETORIEDAD. ESTA CAMARA TIENE DECIDIDO QUE EL PLAZO QUE CORRESPONDE COMPUTAR PARA EL PA GO DE LOS HONORARIOS ES EL ESTABLECIDO PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA CONDENA, HAB IDA CUENTA DE QUE LOS EMOLUMENTOS REGULADOS INTEGRAN LAS COSTAS Y CONSTITUYEN ACCESORIOS DE AQUELLA Y,

  • Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal , 27 de Abril de 2000, expediente 2325/2000.

    EMBARGO. PREVENTIVO. SITUACIONES DERIVADAS DEL PROCESO. HONORARIOS REGULADOS NO FIRMES. RESGUARDO DEL CREDITO. PROCEDENCIA. FICHA N° 8976. LA FIJACION JUDICIAL DE HONORARIOS CONSTITUYE, SUSTANCIALMENTE, UNA SENTENC IA (ARG. ART. 50, LEY 21.839 Y 500, INC. 3° CODIGO PROCESAL), REGIDA EN CUANTO A SU EJECUCION -TRATANDOSE DE HONORARIOS FIRMES- POR LA NORMATIVA DEL LIBRO I II, TITULO I, DEL RITUAL

  • Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal , 10 de Agosto de 1999, expediente 2206/92.

    HONORARIOS. REGULADOS Y FIRMES. PLAZO PARA EL PAGO. MORA. INTERESES. FICHA N° 7480. EL ART. 49, LEY 21.839 ESTABLECE QUE LOS HONORARIOS REGULADOS JUDICIALMENTE DEBEN SER ABONADOS POR LA PARTE OBLIGADA AL PAGO DENTRO DE LOS TREINTA DIAS DE NOTIFICADA DEL AUTO REGULATORIO FIRME, SALVO QUE SE HUBIERA FIJADO UN PLAZO MENOR. ES CLARO, PUES, QUE SOLO A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL TERMINO RESPECTIVO

  • Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 19 de Octubre de 2000, expediente 31.380/93

    INTERESES. HONORARIOS. Partes. Relación con la condena en costas. Respecto de la obligación de pagar intereses por el retraso en el pago de los honorarios por parte de aquel que fue condenado en costas, debe tomarse como punto de partida el vencimiento del plazo previsto en el art. 49 de la ley 21.839, cual es el de treinta días a partir de la notificación del auto regulatorio firme (cfr....

  • HONORARIOS. PROTECCION DEL HONORARIO. PAGO. PLAZO. COMPUTO. 7.1 EN RELACION AL ENTENDIMIENTO DEL PLAZO ESTABLECIDO EN EL ART. 49 DE LA LEY 21839, EL MISMO DEBE SER CONTADO POR DIAS CORRIDOS. URUSPURU DE HENNING S/ CONCURSO CIVIL. (LL 1986-E-405, ED T. 121-192) 28/10/86 CAMARA COMERCIAL EN PLENO LEY 21839: 49 TEMA: HONORARIOS

  • Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal , 18 de Abril de 2002, expediente 3.565/93

    HONORARIOS. Del abogado. Cobro al cliente. Ejecución previa al condenado en costas: innecesariedad. Ley 21.839, arts. 49 y 50. Si el profesional pretende exigir el pago de los honorarios a su cliente, resulta innecesario que con carácter previo ejecute al condenado en costas o demuestre su indigencia, pues ello no surge de la ley (arts. 49 y 50, ley 21.839), resultando sólo necesario el...

  • Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal , 11 de Octubre de 1995, expediente 21.121/94.

    HONORARIOS: DEL ABOGADO. MORA: CONFIGURACION. INTERESES. HITO INICIAL DE SU COMPUTO. A PARTIR DE LA NOTIFICACION DE LA REGULACION DEL HONORARIO, COMIENZA A CORR ER EL PLAZO ESTABLECIDO POR EL ART. 49 DE LA LEY 21.839 (CFR. SALA I, CAUSAS 9 265 DEL 7.3.80; 375 DEL 20.4.82; 2163 DEL 15.11.83; SALA II, CAUSAS 3980 DEL 18.10.85; 5655 DEL 4.2.87; 6224 DEL 12.10.88; 6573 DEL 21.3.89; ETC.), EL Q UE

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR