Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata , 31 de Mayo de 2012, expediente 6102/I

Fecha de Resolución31 de Mayo de 2012

Poder Judicial de la Nación Plata, 31 de mayo de 2.012.

Y VISTOS: Para resolver en la presente causa registrada bajo el nro. 6102/I

caratulada “ZANPRO S.A. s/ Inf. Ley 22.415” procedente del Juzgado Federal N° 3 de La Plata y; -----------------------------------------------------------------------

CONSIDERANDO:

  1. Que llegan las presentes actuaciones a este Tribunal de Alzada, en virtud del recurso de apelación interpuesto a fs. 196 y vta., por el doctor O.R.L.V., en representación de M.J.G., presidente de firma “ZANPRO S.A.”, contra la resolución de fs. 190

    por la cual se cita a prestar declaración indagatoria a su defendido, en orden al delito previsto y reprimido en el artículo 865 incisos a, c y f del Código Aduanero, recurso que es informado en esta instancia a fs. 314/316 y vta. y que no cuenta con la adhesión del señor F. General ante esta Cámara (ver fs. 298).

    Que a través de los agravios esgrimidos la Defensa manifiesta que “…oportunamente …señaló las deficiencias que contenía la denuncia efectuada por la jefa de la Región La Plata, encontrando que además de no cumplimentar acabadamente con lo prescripto por los artículos 1118 y 1120 del Código Aduanero … los hechos descriptos en la denuncia por el delito de contrabando, no se compadecen con el tipo penal que describe el artículo 863 del Código Aduanero…”. Señala en efecto, que no se describe cual fue “…el ardid o engaño que su defendido realizó para impedir o dificultar el control aduanero…”. Relata que “…en el auto atacado se vuelve a consignar que el hecho delictivo lo constituye una supuesta declaración inexacta de la posición arancelaria de la mercadería despachada a plaza, sin tomar en consideración que al momento de documentarse la misma, año 2004,

    por imperio de lo establecido en el artículo 957 esa diferencia no resultaba punible, constituyendo en el mejor de los casos una declaración inexacta tipificada en el artículo 954 del C. Aduanero…”. Además destaca que “…V.S.

    insiste en llamar a prestar declaración indagatoria a mi defendido sin expresar cuales serían los motivos para considerar que existen ‘…motivos bastantes para sospechar…’ que el presidente de la firma importadora tuvo alguna intervención directa en el hecho investigado…(ya que deviene necesario)…demostrar la presencia de mi defendido al momento del retiro de la mercadería y/o su intervención en la documentación aduanera, esto es la presencia del presunto autor en el lugar y en el momento en que se consuma el hecho ilícito denunciado…”.

    Que el preciso aclara que si bien el doctor V. es el letrado defensor de los tres imputados en la causa, R.M.G.,

    A.R.H. y M.J.G., el recurso de apelación objeto de la presente, solo fue interpuesto y concedido por el último de los imputados mencionados, sin que se haya utilizado la opción que brinda el art.

    453 del CPPN para los restantes imputados, para quienes solo se interpuso recurso de reposición, el cual fue rechazado, conforme resolución de fs.

    280/281. En virtud de lo expuesto, corresponde desglosar y devolver por Secretaría al mencionado letrado los informes del artículo 454 del CPPN

    presentados ante esta Alzada, para los imputados G. y R.H. y que obran agregados a fs. 308/310 y vta. y 311/313 y vta.

  2. Que a fs. 304/307 presenta informe del artículo 454 del CPPN la doctora F.A.B., en representación de la parte querellante, Estado Nacional - Administración Federal de Ingresos Públicos –

    Dirección General de Aduanas, alegando que el recurso de apelación que interpusiera la defensa del imputado M.J.G., “…debe rechazarse…habida cuenta que no existe resolución susceptible de impugnación –carece de impugnabilidad objetiva-, y que asimismo el planteo efectuado por el defensor es inadmisible, en cuanto carece de los efectos perjudiciales que resultan ser presupuesto ineludible en cualquier remedio recursivo –carece de impugnabilidad subjetiva-…”. Que en primer lugar describe la operatoria que diera...

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