Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii, 8 de Agosto de 2016, expediente CNT 006952/2012

Fecha de Resolución 8 de Agosto de 2016
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Causa N°: 6952/2012 Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VII SENTENCIA DEFINITIVA nº 49405 CAUSA Nº 6952/2012 -SALA

VII- JUZGADO Nº 15 En la ciudad de Buenos Aires, a los 8 días del mes de agosto de 2016, para dictar sentencia en estos autos: “WILLIAMS, G.S. C/ CLINICA MODELO DE PSIQUIATRIA SA S/ QUIEBRA y otros S/ DESPIDO ”, se procede a votar en el siguiente orden:

LA DOCTORA ESTELA MILAGROS FERREIRÓS DIJO:

I- A fs. 12/32 la parte actora inicia demanda. Manifiesta que ingresó el 1 de julio de 1992 a trabajar en la demandada, cumpliendo tareas de psicóloga de planta. Refiere que las personas físicas contra quienes acciona eran las que dirigían la clínica en sus respectivas calidades de P. y de Director técnico, que registraron a la accionante de forma deficiente, consignando una falsa fecha de ingreso y abonando un salario inferior al que le correspondía.

Relata que con motivo de la progresiva disminución de pacientes provocada por los propios codemandados que pretendían transferir los activos de la clínica a una gerenciadora, se le solicitó una licencia sin goce de sueldo por los meses de abril a junio de 2011, ante lo cual, previa intimación, se consideró despedida de forma indirecta. Por ello y demás consideraciones que expone, practica liquidación, solicita se extienda la condena solidariamente a los codemandados y se haga lugar a la demanda en todas sus partes, con costas.

II- A fs. 66/67 vta. se presenta el síndico de la quiebra e impugna la liquidación.

III- A fs. 85/96 contesta demanda R.J.S., quien reconoce haber sido presidente de la sociedad demandada. Afirma que la relación se mantuvo con la demandada que está en quiebra, lo que implica una de las formas de extinción del contrato de trabajo. Rechaza tener responsabilidad solidaria con la S.A. Opone defensa de falta de legitimación pasiva y solicita el rechazo de la acción, con costas.

IV- A fs. 127/140 presenta su escrito de responde el codemandado H.R.M., quien se expresa en sentido similar al otro codemandado y reconoce haber sido Director titular de la empresa. Dice no Fecha de firma: 08/08/2016 Firmado por: ESTELA MILAGROS FERREIROS, JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.R., SECRETARIA Firmado por: N.M.R.B., JUEZ DE CAMARA #20865023#156000397#20160810123803594 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Causa N°: 6952/2012 Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VII tener responsabilidad solidaria con la demandada principal. Pide el rechazo de la acción, con costas.

V- A fs. 349/351 obra la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la...

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