Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 3, 1 de Septiembre de 2016, expediente CSS 014663/2007/CA001

Fecha de Resolución 1 de Septiembre de 2016
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 3

Poder Judicial de la Nación Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 3 SENTENCIA INTERLOCUTORIA EXPEDIENTE NRO: 14663/2007 AUTOS: “V.L.L. c/ CAJA DE RET.JUB. Y PENS. DE LA PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG”

Buenos Aires, EL DR.NESTOR A. FASCIOLO DIJO:

  1. Que contra la sentencia del Juzgado Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social nro. 9, por la que su titular declaró abstracta la petición y desestimó el planteo restante e impuso las costas por su orden, se dirigen los recursos de apelación de la parte actora y demandada, que fueran concedidos libremente y en los términos del art. 244 del CPCCN, respecto de los honorarios regulados.

    Que en cumplimiento de lo dispuesto por el art. 259 CPCCN., por providencia de fs. 173 se USO OFICIAL pusieron los autos en oficina, lo que le fue debidamente notificado según constancia obrante en las cédulas de fs. 175 y 180 vta..

    Que de acuerdo a la disposición citada pesaba sobre los apelantes la carga de expresar agravios dentro del plazo legal correspondiente contado a partir de la fecha de recepción de las aludidas comunicaciones, ocurridas el 4.6.15 y 17.11.15, según constancias de fs. 175 y 180 vta., respectivamente.

    Empero, a pesar de haber vencido el plazo para satisfacer ese cometido, los recurrentes no presentaron memorial alguno, motivo por el cual corresponde hacer aplicación de lo dispuesto por el art. 266 CPCCN, como ya lo resolviera esta S. en casos análogos, (ver, entre otros, S.

  2. nro. 66436 del 13.8.97 in re "A.R.L. c/ Anses s/ reajuste por movilidad").

  3. Resulta inoficioso el agravio referido a los honorarios regulados, por la manera en que se resolvió la imposición de costas.

    Por lo expuesto y de conformidad con lo expresado por el Ministerio Público en casos análogos, (vbgr. dictamen Nro.8324 del 15.8.97 de Fiscalía 2 in re 17065/97 "L.M.H. c/Anses s/reajustes por movilidad, entre otros), propongo se declaren desiertas la apelaciones...

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