Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata - CAMARA FEDERAL, 31 de Octubre de 2014, expediente FMP 021097363/2011/CA001

Fecha de Resolución31 de Octubre de 2014
EmisorCAMARA FEDERAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA del Plata, 31 de octubre de 2014 VISTOS:

Estos autos caratulados “VIDAL, W.F. c/ ESTADO NACIONAL MINISTERIO DE DEFENSA s/ Ordinario”. Expediente 21097363/2011, procedente del Juzgado Federal Nº 2, Secretaría Nº 1, de esta ciudad.

Y CONSIDERANDO:

Que llegan estos autos a la Alzada, en virtud del recurso de apelación incoado por la demandada, representada por la Dra. A.M.G., obrante a fs.

95/97 en oposición a la resolución en la cual se resolvió rechazar el pedido de citación de tercero, con costas a la demandada; concedido el recurso a fs. 99, los agravios son contestados a fs. 103/103vta. por el Dr. E.A.M., representante de la actora y elevados que fueron los autos a esta Alzada, quedan en condiciones de ser resueltos conforme decreto de fs. 114.

Que los agravios vertidos por la demandada se dirigen a cuestionar dicha decisión por cuanto entiende que si bien el actor promovió una acción declarativa de certeza sobre su condición de veterano de guerra del conflicto bélico del Atlántico Sur, dicha pretensión tiene como finalidad acceder a los distintos beneficios existentes para quienes gozan de dicho estado, tal como lo ha señalado en su demanda citando normativa que entiende aplicable en la especie. En caso que se le reconozca al actor tal condición, se modificaría el estado jurídico de su situación creando derechos a su favor generándole beneficios económicos y cobrando una pensión por participar en acciones bélicas. Por ende, afirma que lo decidido no importaría solamente una declaración de certeza. Sostiene que es, en definitiva, la ANSES quien resulta responsable de corroborar los extremos requeridos por la normativa vigente para acceder al mismo, aspecto que fue erróneamente valorado por el aquo rechazando su citación y aduna que es en definitiva la ANSES quien Fecha de firma: 31/10/2014 Firmado por: JORGE FERRO 1 Firmado por: A.O.T.P.J. de la Nación CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA resulta responsable de corroborar los extremos requeridos por la normativa vigente para acceder al mismo, aspecto que fue erróneamente considerado por el a quo, quien rechazó arbitrariamente su citación.

Sostiene que decidir en sede C. sobre el otorgamiento al actor de la condición de Veterano de Guerra y su consecuente pensión honorífica, significaría una injerencia inadmisible en el gobierno y la administración de otro Organismo y estima equivocada la resolución del aquo, dado que afirma que en el...

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