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Fecha de publicación02 Diciembre 2015

CASA CENTRAL

C.C.

POR 5 DÍAS - El Juzgado de 1º Instancia en lo Civil y Comercial Nº 4 a cargo del Dr. Leandro M. Cappello, Secretaría Única a cargo de las Dras. Andrea Yamile Moreira y Myrian San Martín y el Dr. Carlos Alberto Echeguren Adscripto, del Departamento Judicial de Zárate-Campana, sito en la calle 19 de Marzo 455, de la Ciudad de Zárate, Provincia de Buenos Aires, hacer saber que se ha decretado el 8 de septiembre de 2015, la apertura del concurso preventivo de ADRIANA MIRIAM RINAUDO DNI Nº 13.543.367, CUIL Nº 27-13543367-0, con domicilio en la calle Alferes Pacheco Nº 1789, Zárate Buenos Aires, debiendo los acreedores solicitar verificación de sus créditos y presentar los títulos justificativos de los mismo, ante el Síndico Pablo Javier Kainsky, domiciliado en la calle Alte. Brown 159, Piso 2º, de la Ciudad de Zárate, de lunes a viernes en el horario de 13 a 16, hasta el 22 de febrero de 2016. Se fijan los días 8 de abril de 2016 y 23 de mayo de 2016 para que Síndico presente los informes previstos en los artículos 35 y 39 respectivamente. Se fija el día 6 de junio de 2016 a los efectos de realización de la audiencia informativa. Dra. Andrea Y. Moreira Secretaria. Zárate, 12 de noviembre de 2015. C.C. 14.322 / nov. 26 v. dic. 3

POR 5 DÍAS - En la I.P.P. N° 03-00-5973-13, seguida a TEISERA, JORGE HORACIO por el delito de Lesiones leves, de trámite por ante este Juzgado de Garantías N° 3 a mi cargo, Secretaría a cargo del Dr. Jorge Agustín Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a fin de notificar al prevenido Jorge Horacio Teisera, cuyo último domicilio conocido era jurisdicción del Partido de General Guido, los siguientes textos que a continuación se transcriben: “Dolores, 12 de noviembre de 2015. Autos y Vistos: ...; y Considerando: ..., Resuelvo:

  1. Dejar sin efecto la Rebeldía y Comparendo que pesa sobre Jorge Horacio Teisera, DNI N° 37.402.209, nacido el día 28 de enero de 1992 en la localidad de Dolores, con domicilio en la calle Hipólito Yrigoyen s/n de la localidad de General Guido, hijo de José (v) y de María González (v). Líbrese oficio al Ministerio de Seguridad Pcial. II.

Sobreseer totalmente a Jorge Horado Teisera, DNI N° 37.402.209, nacido el día 28 de enero de 1992 en la localidad de Dolores, con domicilio en la calle Hipólito Irigoyen s/n de la localidad de General Guido, hijo de José (v) y de María González (v); en orden al delito de “Lesiones leves”,

Art. 89 del C.P.) por encontrarse extinguida la acción penal puesta en marcha, por prescripción, conforme a lo normado en los arts. 59, inc. 3° y 62 del Código Penal y

Art. 323

inc. 1°, del Código Procesal Penal. III. Disponer el archivo de la presente ordenando su destrucción transcurridos cinco años contados a partir del presente resolutivo (Arg. Art. 115 c) 3° Ac. 3397/08 SCJBA). IV. Proceder a la notificación de Jorge Horacio Teisera por Edicto Judicial, el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Prov. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el Art.

129 del Código de Procedimiento Penal. Regístrese.

Notifíquese. Firme, practíquense las comunicaciones de ley. Fecho, devuélvase el Proceso Penal a la U.F.I. interviniente a sus efectos, sirviendo el presente de atenta nota de remisión. Fdo. Gastón E. Giles, Juez”. Dolores, 12 de noviembre de 2015.

C.C. 14.314 / nov. 26 v. dic. 3

POR 5 DÍAS - Por disposición del Dr. Eduardo A.

Diforte, Titular del Juzgado de Paz Letrado del Partido de Merlo, Depto. Jud. de Morón, en Causa N° 12.838, caratulada: “Ponce, Elsa del Valle s/ Inf. Arts. 79 y 82 Decreto Ley N° 8.031/73”; notifíquese a ELSA DEL VALLE PONCE, argentina; sin domicilio fijo. Notifíquesela mediante edicto a publicarse por el término de cinco días, de la sentencia definitiva recaída en autos, cuya parte pertinente a continuación se transcribe: Merlo (Bs. As.), 9 de octubre de 2015. Y Vista... Considerando... Resuelve: Declarar -de oficio- la extinción de la presente acción contravencional, de índole penal, por prescripción, en favor de Elsa del Valle Ponce, en el supuesto de comisión de las Infracciones previstas y reprimidas en los artículos 2° ley 11.825, 79 y 82 del Decreto Ley N° 8.031/73 (Código de Faltas de la Provincia de Buenos Aires) a tenor de lo ocurrido -y prevenido- el día dieciocho del mes de noviembre del año dos mil doce en este Partido de Merlo. En concordancia corresponde dejar sin efecto su declaración de rebeldía, y su Comparendo Compulsivo. Regístrese.

Remítase a la Instrucción -por diez días- a fin de que se notifique ésta a la Defensa Oficial departamental actuante y a la Policía de esta Provincia, en este caso para los asientos registrales integrales en la Sección antecedentes y la relativa a requisitorias de comparendos. Previo líbrese Edicto, por Secretaría, en la forma de estilo los que deberán publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, por el plazo de cinco días para anoticiar el presente Decisorio a la parte enjuiciada. Oportunamente, Archívese. ... Fdo.: Eduardo A. Diforte, Juez. Ante mí: Dra.

Ana María Vinci, Secretaría”. Dado en Merlo (Bs. As.), 22 a los días del mes de octubre de 2015. Sergio F.

Alessandrello, Auxiliar Letrado.

C.C. 14.323 / nov. 26 v. dic. 3

POR 5 DÍAS - Por disposición del Dr. Eduardo A.

Diforte, titular del Juzgado de Paz Letrado del Partido de Merlo, Depto. Jud. de Morón, en Causa N° 4.982, caratulada: “Galindo Ibáñez, Carlos Ronald s/ Inf. Art. 86 y 87

inc. b) Decreto Ley N° 8.031/73”; notifíquese a CARLOS RONALD GALINDO IBÁÑEZ, argentino; sin domicilio fijo.

Notifíqueselo mediante edicto a publicarse por el término de cinco días, de la sentencia definitiva recaída en autos, cuya parte pertinente a continuación se transcribe: Merlo (Bs. As.), de octubre de 2015. Y Vista... Considerando... Resuelvo: Declarar -de oficio- la extinción de la presente acción. Contravencional, de índole penal, por prescripción, en favor de Carlos Ronald Galindo Ibáñez, en el supuesto de comisión de las Infracciones previstas y reprimidas en sus artículos 86 y 87 inc. b) del Decreto Ley N° 8.031/73 (Código de Faltas de la Provincia de Buenos Aires) a tenor de lo ocurrido -y prevenido- el día ocho del mes de abril del año dos mil diez en este Partido de Merlo.

En concordancia corresponde dejar sin efecto su declaración de rebeldía, y su Comparendo Compulsivo.

Regístrese. Remítase a la Instrucción, por diez días, a fin de que se notifique ésta a la Defensa Oficial departamental actuante y a la Policía de esta Provincia, en este caso para los asientos registrales integrales en la Sección antecedentes y la relativa a requisitorias de comparendos.

Previo líbrese Edicto, por Secretaría, en la forma de estilo, los que deberán publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, por el plazo de cinco días para anoticiar el presente Decisorio a la parte enjuiciada.

Oportunamente, archívese... Fdo.: Eduardo A. Diforte, Juez. Ante mí: Dra. Ana María Vinci, Secretaria. Fdo.

Eduardo A. Diforte, Juez.” Dado en Merlo (Bs. As.), 22 a los días del mes de octubre de 2015. Sergio F.

Alessandrello, Auxiliar Letrado.

C.C. 14.324 / nov. 26 v. dic. 3

POR 5 DÍAS - Por disposición del Dr. Eduardo A.

Diforte, titular del Juzgado de Paz Letrado del Partido de Merlo, Depto. Jud. de Morón, en Causa N° 7548, caratulada: “Quintana, Marcelo Sergio s/ Inf. Arts. 38 y 74 inc. 2 Decreto Ley N° 8.031/73”; notifíquese a MARCELO SER- GIO QUINTANA sin domicilio fijo. Notifíqueselo mediante edicto a publicarse por el término de cinco días, de la sentencia definitiva recaída en autos, cuya parte pertinente a continuación se transcribe: Merlo (Bs. As.), 09 de octubre de 2015. y Vista... Considerando... Resuelvo: Declarar -de oficio- la extinción de la presente acción contravencional, de índole penal, por prescripción, en favor de Marcelo Sergio Quintana, en el supuesto de comisión de las Infracciones previstas y reprimidas en los artículos 38 y 74 inciso a) del Decreto Ley N° 8.031/73 (Código de Faltas de la Provincia de Buenos Aires) a tenor de lo ocurrido -y prevenido- el día ocho del mes de mayo del año dos mil siete en este Partido de Merlo. En concordancia corresponde dejar sin efecto su declaración de rebeldía, y su Comparendo Compulsivo. Regístrese. Remítase a la Instrucción, por diez días, a fin de que se notifique ésta a la Defensa Oficial departamental actuante y a la Policía de esta Provincia, en este caso para los asientos registrales integrales en la Sección antecedentes y la relativa a requisitorias de comparendos. Previo líbrese Edicto, por Secretaría, en la forma de estilo, los que deberán publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, por el plazo de cinco días para anoticiar el presente decisorio a la parte enjuiciada. Oportunamente, archívese... Fdo.: Eduardo A. Diforte, Juez. Ante mí: Dra. Ana María Vinci, Secretaria“. Dado en Merlo (Bs. As.), 22 los días del mes de octubre de 2015. Sergio F. Alessandrello, Auxiliar Letrado.

C.C. 14.325 / nov. 26 v. dic. 3

POR 5 DÍAS - Por disposición del Dr. Eduardo A.

Diforte, titular del Juzgado de Paz Letrado del Partido de Merlo, Depto. Jud. de Morón, en Causa N° 5.582, caratulada: “Ortiz, Julio s/ Inf. Art. 85 Decreto Ley N° 8.031/73”; notifíquese a JULIO ORTIZ, argentino; sin domicilio fijo.

Notifíqueselo mediante edicto a publicarse por el término de cinco días, de la sentencia definitiva recaída en autos, cuya parte pertinente a continuación se transcribe: Merlo (Bs. As.), 18 de septiembre de 2015. Y Vista... Considerando... Resuelvo: Declarar -de oficio- la extinción de la presente acción contravencional, de índole penal, por prescripción, en favor de Julio Ortiz, en el supuesto de comisión de la Infracción prevista y reprimida en su artí- culo 85 del Decreto Ley N° 8.031/73 (Código de Faltas de la Provincia de Buenos Aires) a tenor de lo ocurrido, y prevenido, el día veinticuatro del mes de agosto del año dos mil cinco en este...

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