Varios Publicados en la Fecha 9 de Diciembre de 2003

Provincia de Buenos Aires INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL La Plata 21 de noviembre de 2003.POR 5 DIAS - El Instituto de Previsión Social de La Provincia de Buenos Aires, cita por el término de cinco (5) días en el expediente N° 2918-22960-71 ALTAMIRANO ORIEL. a toda persona que se considere con derecho al beneficio de pensión, bajo apercibimiento de resolverse las actuaciones con las partes intervinientes. Bernardo Caveri, Director.C.C. 10.798 dic. 3 v. dic. 10La Plata 21 de noviembre de 2003.POR 5 DIAS - El Instituto de Previsión Social de La Provincia de Buenos Aires, cita por el término de cinco (5) días en el expediente 2918-54482-74 HEITMAN AURORA CLARIVES a toda persona que se considere con derecho al beneficio de pensión, bajo apercibimiento de resolverse las actuaciones con las partes intervinientes. Bernardo Caveri, Director.C.C. 10.797 dic. 3 v. dic. 10La Plata 21 de noviembre de 2003.POR 5 DIAS - El Instituto de Previsión Social de La Provincia de Buenos Aires, cita por el término de cinco (5) días en el expediente N° 2350-143794-03 RIZZO SUSANA a toda persona que se considere con derecho al beneficio de pensión, bajo apercibimiento de resolverse las actuaciones con las partes intervinientes. Bernardo Caveri, Director.C.C. 10.796 dic. 3 v. dic. 10La Plata 21 de noviembre de 2003.POR 5 DIAS - El Instituto de Previsión Social de La Provincia de Buenos Aires, cita por el término de cinco (5) días en el expediente N° 2350-147393-03 FACCINETTI EDGARDO OSCAR.. a toda persona que se considere con derecho al beneficio de pension , bajo apercibimiento de resolverse las actuaciones con las partes intervinientes.C.C. 10.795 dic. 3 v. dic. 10La Plata 21 de noviembre de 2003.POR 5 DIAS - El Instituto de Previsión Social de La Provincia de Buenos Aires, cita por el término de cinco (5) días en el expediente 2918-050274-95 GILABERT ABELARDO MANUEL a toda persona que se considere con derecho al beneficio de pensión, bajo apercibimiento de resolverse las actuaciones con las partes intervinientes. Bernardo Caveri, Director.C.C. 10.794 dic. 3 v. dic. 10La Plata 21 de noviembre de 2003.POR 5 DIAS - El Instituto de Previsión Social de La Provincia de Buenos Aires, cita por el término de cinco (5) días en el expediente 2350-156593-03 DERRAC AURORA a toda persona que se considere con derecho al beneficio de subsidio por fallecimiento, bajo apercibimiento de resolverse las actuaciones con las partes intervinientes. Bernardo Caveri, Director.C.C. 10.973 dic. 3 v. dic. 10La Plata, 21 de noviembre de 2003.POR 5 DIAS - El Instituto de Previsión Social de La Provincia de Buenos Aires, notifica en el expedientes 2803-72956-90 SALVATIERRA JOSEFINA S/SUC la resolución del fiscal de estado de fecha 9 de octubre de 2002. Visto el expedientes 2803-72956-90 del Instituto de Previsión Social, por el que se persigue el cobro de la suma de $ 391,54 adeudada por rodal María Fernanda (D.N.I. 7.762.236) y Rodal Juan Carlos (D.N.I. 21738308), en concepto de haberes percibidos indebidamente, y Considerando: Que el escaso monto de la multa no compensaría la actividad y gastos procesales derivados de una acción judicial: Por ello y de conformidad con el art. 16 de la Ley Orgánica de la Fiscalia de Estado, decreto ley 7543, t.o. 1987 y sus modif. decreto leyes 9140/78, 9331/79, 9517/80, 9884/82, 10250, ley 12214 y resolución 1215/84; el Subsecretario de Ejecución de Créditos Fiscales y Tributarios, Resuelve, Artículo 1°: No iniciar la acción judicial pertinente contra Rodal María Fernanda y Rodal Juan Carlos anotando la inhibicion general de bienes de los mismos en el registro de la propiedad. Artículo 2°: Previo registro de la medida cautelar, remitir las actuaciones a la repartición de origen para que tome conocimiento de lo actuado y proceda a notificar a los interesados. cumplido archívese. Bernardo Caveri, Director.C.C. 10.792 dic. 3 v. dic. 10La Plata 21 de noviembre de 2003.POR 5 DIAS - El Instituto de Previsión Social de La Provincia de Buenos Aires, NOTIFICA EN EL EXPEDIENTES 2803-11064-85 RODRIGUEZ RICARDO FERNANDO S/SUC la resolucion de fecha 10 de julio de 2003, Visto, las presentes actuaciones por medio de las cuales doña Irma Elena Moure, solicita acogimiento a los terminos de la Ley 12545 a los efectos de reajustar su prestacion pensionaria, y: Considerando que, la petición en cuestión se refiere al reconocimiento de servicios fictos con los alcances previstos en el art. 2 de la citada normativa. Que, es dable destacar que la ley 12545 referida al personal que hubiere revistado en el Servicio Penitenciario o en la Policía de la Provincia de Buenos Aires, publicada en fecha 18/12/00, corrió su vigencia a partir de ese momento y por el término de ciento ochenta días, feneciendo el plazo el 16/06/01 por ello, el Honorable Directorio del Instituto de Previsión Social de la provincia de Buenos Aires, Resuelve, Artículo 1°: Rechazar la pretensión incoada por doña Irma Elena Moure atento su manifiesta improcedencia formal. Artículo 2°: Elévese las presentes actuaciones a vista del señor fiscal de estado, hecho al Departamento Asesoramiento para su notificacion. Bernardo Caveri, Director.C.C. 10.971 dic. 3 v. dic. 10POR 5 DIAS - El Instituto de Previsión Social de La Provincia de Buenos Aires, NOTIFICA en el expedientes N°2803-35921-87 TRUJILLO JUAN JOSE S/SUC. la resolución de fecha 21 de agosto de 2003-11-10 visto, las presentes actuaciones por medio de las cuales se formulara cargo deudor a doña María Luisa San Román, y; considerando, que, por resolución de este organismo 455156 de fecha 29-8-2001 se otorgó beneficio de pensión a la titular a partir del 1-8-87, fecha de baja del beneficio que ostentaba el causante en el orden nacional, que, de lo actuado en autos surge que dicho beneficio comenzó a abonarse desde el 5-5-87, lo cual produjo un desplazamiento patrimonial entre ambas fechas que carece de causa, por ello, el Honorable Directorio del Instituto de Previsión Social de la provincia de Buenos Aires, resuelve, Artículo 1°: Formular cargo deudor a dona María Luisa San Román en virtud de haberes percibidos indebidamente que asciende a la suma de $ 1780,74 y a los efectos de su recupero deberá afectarse el 20% mensual de los haberes de la titular hasta integrar el monto adeudado, (art. 499,784,792 y ccs .del código civil y art. 61 del decreto ley 9650 t.o. 1994) Artículo 2°: pase a asesoramiento para su notificacion, Hecho a la división informaciones Generales Sector Deudas a sus efectos.Bernardo Caveri, Director.C.C. 10.790 dic. 3 v. dic. 10La Plata 21 de noviembre de 2003.POR 5 DIAS - El Instituto de Previsión Social de La Provincia de Buenos Aires, notifica en el expedientes Nº 2350-114595-02 CAMBRIA JUAN FRANCISCO la resolución de fecha 14 de agosto de 2003. Visto, las presentes actuaciones por medio de las cuales don JUAN FRANCISCO CAMBRIA, solicita reconocimientos de servicios fictos en los términos de la Ley 11729, modificada por las Leyes 12254,12394, y , Considerando Que, de las constancias de autos surge que el requeriente se desempeño en el hospital Alejandro Korn de Melchor Romero hasta el 17-04-78 que, respecto a la adhesión a la ley 11729 hay que destacar que en su art. 1° estable "quedan comprendidos en el alcance de la presente ley aquellas personas que por causas políticas, exilio o privación de la libertad que no fueren consecuencia de la comisión de delitos comunes, fueran exoneradas o cesanteadas de los cargos políticos que ejercieran en cualquiera de los poderes del estado provincial, entes autárquicos o municipios, o en cargos electivos o desempeñándose en funciones con mandato fijo el 16 de septiembre de 1955, 28 de junio de 1966 y 24 de marzo de 1976"y en su art.2 "las personas a las que se refiere el art. anterior tendrán derecho a computárseles a fines provisionales y antigüedad como cumplidos los periodos de inactividad entre el 16 de septiembre de 1955 al 1 de marzo de 1958, 28 de junio de 1966 al 24 de mayo de 1973 y 24 de marzo de 1976 al 10 de diciembre de 1983.- Por ello el Honorable Directorio del Instituto de Previsión Social de la provincia de Buenos Aires, Resuelve Artículo 1°: No hacer lugar a la solicitud de reconocimiento de servicios fictos incoados por don Juan Francisco Cambria, en los términos de la ley 12394, por no resultar probado el móvil político en la baja, habida cuenta que el cese exede el plazo de presuncion establecido en la norma invocada y toda vez que la prueba acompañada en autos resulta insuficiente a efectos de probar la causal política de baja. Artículo 2°: Pasen las actuaciones al Departamento Asesoramiento para su notificación. Bernardo Caveri Director.C.C. 10.789 dic. 3 v. dic. 10Provincia de Buenos Aires INSTITUTO DE PREVISION SOCIALLa Plata, 21 de noviembre de 2003.POR 5 DIAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el expediente 2350-055656-99 RIVERO JORGE ANDRES la resolución de fecha 27 de febrero de 2003 N° 503522. Atento a lo actuado con posterioridad al dictado de la resolución Nº 447282, de fecha 28 de febrero de 2001, obrante a fs. 34, por la que se acordó beneficio de jubilación ordinaria a don Jorge Andrés Rivero, bajo el n° 805141478 de la Sección Administración General, debe considerarse la bonificación por actividad crítica. Visto lo actuado y contando con la vista del señor Fiscal de Estado a fs. 41, El Honorable Directorio del Instituto de Previsión Social de la provincia de Buenos Aires. Resuelve, Artículo 1°: Establecer que al cargo de chofer, categoría 15, 48 hs. con 43 años de antigüedad desempeñado por don Jorge Andrés Rivero, en el Ministerio de Gobierno le corresponde percibir la bonificación por actividad critica que debe ser abonada a partir del 2/5/1999 día siguiente al cese en el servicio. Artículo 2°: Imputar los haberes devengados por la presente a la cuenta del Instituto de Previsión Social, Sección Administración General. Artículo 3°: Regístrese en actas, pase al Departamento Resoluciones Legajos para...

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