Varios Publicados en la Fecha 12 de Marzo de 2010

CASA CENTRAL C.C.POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 10 del Departamento Judicial de Mar del Plata, hace saber que el 19 de octubre de 2007 se decretó la quiebra de la Sra. LlLIANA ESTER ROLON, DNI Nº 11.519.698 y el Sr. MANUEL OSCAR SOLIÑO, N° 8.402.566 ambos domiciliados en calle Mariani N° 6.508 de la ciudad de Mar del Plata, Prov. Buenos Aires. El Síndico es el Cr. Manuel Omar Mansanta, con domicilio en Santiago del Estero Nº 3352 PB 'A' de Mar del Plata. Se hace saber a los fallidos y a los terceros que deberán entregar al síndico los bienes de aquéllos. Asimismo se abstendrán de hacer pagos a los fallidos, los que serán ineficaces. Se hace saber que los acreedores posteriores a !a presentación concursal pueden requerir la verificación por vía incidental, en donde que no se aplicarán costas salvo en casos manifiestamente improcedentes (art. 202 LCyQ). Stella Maris Dominella, Secretaria.C.C. 2.431 / mar. 8 v. mar. 12POR 5 DÍAS - El Señor Juez, por disposición superior a cargo del Juzgado en lo Correccional número 1 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dr. José Antonio Michilini, cita y emplaza a MATÍAS EZEQUIEL GIMÉNEZ, para que en el término de 5 días comparezca a estar a derecho en la causa número N° 879.533 (R.I 4262) caratulada "Rojas Leonardo Daniel -Giménez Matías Ezequiel -Robo - Abuso de Armas Agravado – Resistencia a la autoridad", cuya resolución se transcribe: "Lomas de Zamora, 22 de febrero de 2010. En virtud de la incomparecencia del coimputado Matías Ezequiel Giménez, la imposibilidad de ubicar al mismo para notificarlo en autos, teniendo en cuenta lo manifestado por la Defensa a fs. 276, cíteselo por medio de edictos, los que se publicarán por el término y en la forma establecida en el art. 129 del C.P.P., en el Boletín Oficial, a cuyo efecto líbrese oficio. Déjese constancia dentro del texto del edicto, que en caso de no presentarse dentro de los cinco días posteriores a la última publicación se declarará su rebeldía. Fdo: Dr. José Antonio Michilini - P.D.S. Juez". Secretaría, 22 de febrero de 2010. Brenda L. Madrid. Secretaria.C.C. 2.427 / mar. 8 v. mar. 12POR 5 DÍAS - El Señor Titular del Juzgado de Garantías Nº 6 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dr. Esteban Pablo Baccini, notifica a IGNACIO MASTRANCHELO, en causa Nº 1/Prov de la Secretaría del Juzgado de Garantías N° 6 Deptal., la resolución que a continuación se transcribe: "Lomas de Zamora, 26 de agosto de 2009. Autos y Vistos:...y Considerando:...Resuelvo: Rechazar la petición de hábeas corpus interpuesto en favor de Mastranchelo Ignacio, sin costas para el accionante. Artículos 405 "a contrario sensu" y 530 del Código de Procedimiento Penal. Regístrese, notifíquese y procédase al archivo de la presente. " Fdo. Javier Maffucci Moore, Juez. Ante mí. Jorge Walter López.- A los fines que corresponda se transcribe el auto que ordena la presente medida: "Lomas de Zamora, 19 de febrero de 2010. Atento lo informado a fs. 12 y 17, notifíquese a de la resolución de fs. 5/vta., mediante la publicación de edictos, a cuyo fin líbrese oficio al Sr. Director del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Art. 129 del Digesto Adjetivo). Fdo. Esteban Pablo Baccini, Juez de Garantías". Yanina J. Invernizio. Auxiliar Letrada.C.C. 2.426 / mar. 8 v. mar. 12POR 5 DÍAS - El Sr. Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional Nº 7 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dr. José Antonio Michilini, cita y emplaza a HÉCTOR NAZARENO LUQUEZ, cuyos datos filiatorios son los siguientes: Argentina, soltero, hijo de Héctor David y de Raquel Fernández, nacido en Avellaneda con fecha 19 de enero de 1978, DNI N°26.398.967 y con último domicilio conocido en Montevideo Esquina 167 Bis para que en el término de cinco (5) días comparezca el nombrado a estar a derecho en la causa N° 658.497, caratulada Luquez, Héctor Nazareno y otro s/ Robo simple en grado de tentativa (Juz. Gtías. N° 7 UFI N° 10), cuya resolución se transcribe: "Lomas de Zamora, 18 de febrero de 2010. Atento lo informado respecto del desconocimiento del domicilio del imputado - ver fs. 261, cítese a Luquez Héctor Nazareno por medio de edictos ante el Boletín Oficial, con el objeto de hacerle saber que se deberá presentar ante estos Estrados, dentro del quinto día a la última publicación, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde. Cúmplase con la medida dispuesta anteriormente en el término y forma establecida por el art. 129 del ordenamiento ritual. A tal fin líbrese oficio de estilo." Fdo: Dr. José Antonio Michilini, Juez en lo Correccional. Ante mí: Secretaria Actuante.C.C. 2.425 / mar. 8 v. mar. 12POR 5 DÍAS – El Sr. Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional Nº 7 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dr. José Antonio Michilini, cita y emplaza a SERGIO DANIEL DUARTE, cuyos datos filiatorios son los siguientes: Argentina, Soltero, hijo de Rubén Claudio y de Olga Escalante, nacido en Chaco con fecha 4 de julio de 1985, DNI Nº 31.746.112 y con último domicilio conocido en Villegas Nº 963. de la localidad de Villa Diamante partido de Lanús, para que en el término de cinco (5) días comparezca el nombrado a estar a derecho en la causa Nº 2418, caratulada Duarte, Sergio Daniel s/ Robo Simple en grado de tentativa (J. Gtías. Nº 3 - UFI Nº 23 – Gestión Nº 4974/09), cuya resolución se transcribe: "Lomas de Zamora, 18 de febrero de 2010. Atento lo informado respecto del desconocimiento del domicilio del imputado - ver fs. 100, téngase presente la solicitud de declinatoria de competencia efectuada por las partes y cítese a Duarte, Sergio Daniel por medio de edictos ante el Boletín Oficial, con el objeto de hacerle saber que se deberá presentar ante estos Estrados, dentro del quinto día a la última publicación, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde. Cúmplase con la medida dispuesta anteriormente en el término y forma establecida por el art. 129 del ordenamiento ritual. A tal fin líbrese oficio de estilo. En la misma fecha se cumplió. Conste". Fdo. Dr. José Antonio Michilini, Juez en lo Correccional. Ante mi, Secretaria actuante. María Carola Origone. Auxiliar Letrada.C.C. 2.428 / mar. 8 v. mar. 12POR 5 DÍAS – Por Disposición del Dr. Eduardo A. Diforte, titular del Juzgado de Paz Letrado del Partido de Merlo, Depto. Jud. de Morón, en cusa Nº 9.867, caratulada "Pantoja Fernández, Romeo Reysmar y Ruiz, Jorge Ricardo s/ Inf. Art. 74 inc. a) Dec. Ley 8031/73", cítase a ROMEO REYSMAR PANTOJA FERNÁNDEZ, boliviana de veintiocho años, domicilio en la calle Brasil 1245 de este medio. Notifíquese mediante edicto a publicarse por el término de cinco días, de la siguiente providencia de la Sala I de la Excelentísima Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal Departamental, cuya parte pertinente a continuación se transcribe: "Morón, siete de diciembre de 2009… Resuelve: Acoger parcialmente el recurso de apelación, que la común Defensa Oficial de los coencausados Romeo Reysmar Pantoja Fernández y Jorge Ricardo Ruiz, interpusiera a fs. 73 contra la sentencia de fs. 54/58 vta., quedando condenados los mencionados, cuyas demás condiciones personales obran en autos, a la pena de dos días y de veinte días de arresto, respectivamente, que se tienen cumplidas con la detenciones preventivas sufridas con costas que soportarán por partes iguales, sin perjuicio de la solidaridad civil: por resultar autores culpables de infración al artículo 74 inc. a) del Código de Faltas de esta Provincia, la que perpetrarán en la localidad de San Antonio de Padua correspondiente al partido de Merlo de este Departamento Judicial Morón, el día 18 de octubre del corriente año 2009 (arts. 1274 inc. a 134, 136, 144 y 149 del Código de Faltas de esta Provincia)... Fdo. Fernando G. Bellido. Presidente. Como recaudo legal se transcribe el Decreto del caso: "Merlo (Bs. As.), 25 de febrero de 2010… Atento lo resuelto a fs. 104/107 de autos por el Superior, y dado que hasta el momento no fue posible ubicar al encausado Romeo Reysmar Pantoja Fernández, es oportuno disponer que se notifique por edictos, al mismo de lo dispuesto a fs. 104/107 de autos y que deberá presentarse en calidad de "citado" dentro del plazo de cinco días de la publicación de éste, por ante esta Sede Judicial, así como el apercibimiento de que en caso de no hacerlo en tal plazo conferido, será declarado rebelde (art. 129 C.P.P. por aplicación del art. 3º del C.P. bonaerense) edictos que deberán publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, por el plazo de cinco días. Fdo. Dr. Eduardo A. Diforte. Juez. Dado en Merlo (Bs. As.) a los 25 días del mes de febrero de 2010. Sergio E. Alessandrello. Auxiliar Letrado.C.C. 2.443 / mar. 8 v. mar. 12POR 5 DÍAS – Por disposición del Dr. Eduardo A. Diforte, titular del Juzgado de Paz Letrado del Partido de Merlo, Depto. Jud. de Morón, en causa Nº 8.937, caratulada "Trejo, Jorge Raúl s/ inf. Art. 85 Dec. Ley 8031/73", cítase mediante el presente edicto a publicarse por el término de cinco días a JORGE RAÚL TREJO, con DNI 12.953.924, con domicilio en calle Libertador y Ocho de Mayo de San Martín, que deberá comparecer ante el asiento de este Juzgado de Paz Letrado Departamental, sito en la calle Solanet Nº 68 de la Localidad de Merlo, partido homónimo, a efecto de estar a derecho, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo compulsivo (art. 303 y 304 del C.P.P.) Como recaudo legal se transcribe el Decreto del caso: "Merlo (Bs. As.), 16 de febrero de 2010... Por devuelta la presente causa contravencional. Téngase presente las diligencias efectivizadas, y dado que hasta el momento no fue posible ubicar al encausado Jorge Raúl Trejo, es oportuno disponer que se Notifique por edictos, al mismo de lo dispuesto por este Juzgado a fs. 68 y que deberá presentarse en calidad de "Citado" dentro del plazo de cinco días de la publicación de éste, por ante esta Sede judicial; así como el apercibimiento de que en caso de no hacerlo en tal plazo conferido, será...

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