Varios Publicados en la Fecha 25 de Junio de 2009

MARÍA LUISA ARREGUI Y MÓNICA ESTHER ARREGUI Sociedad de HechoPOR 5 DÍAS – María Luisa Arreguy y Mónica Esther Arregui, CUIT 30-688637593 publican la disolución de la Sociedad de Hecho con fecha 17/10/2007 dedicada a la enseñanza pre primaria, y primaria con domicilio en Arias esq. Monteagudo, José C. Paz. Reclamos de Ley en el mismo.S.M.51.967 / jun. 19 v. jun. 25MINISTERIO DE SALUDPOR 5 DÍAS – La Dirección de Fiscalización Sanitaria del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires notifica conforme lo dispuesto por el art. 66 de la Ley 7.647/70, la Resolución dictada en el expediente 2900-17804/01 alc. 1, cuya parte pertinente dice "… resuelvo no iniciar la acción judicial pertinente y previa anotación de Inhibición General de Bienes a nombre de CLÍNICA PRIVADA PROVINCIAL S.A. en el Registro de la Propiedad, devolver estos actuados a su repartición de origen: Ministerio de Salud. Fiscalía de Estado, 4 de septiembre de 2008. Firmado por el Dr. Miguel Berri, Subsecretario, Fiscalía de Estado. Firmado por el Director de Fiscalización Sanitaria Dr. Rubén Mario Disipio.C.C. 4.813 / jun. 19 v. jun. 25POR 5 DÍAS – La Dirección de Fiscalización Sanitaria del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires notifica conforme lo dispuesto por el art. 66 de la Ley 7.647/70, la Resolución dictada en el expediente 2900-14728/05 alc. 1, cuya parte pertinente dice "… resuelvo no iniciar la acción judicial pertinente y previa anotación de Inhibición General de Bienes a nombre de POLICLÍNICA DIETIK´S S.R.L en el Registro de la Propiedad, devolver estos actuados a su repartición de origen: Ministerio de Salud. Fiscalía de Estado, 11 de julio de 2008. Firmado por el Dr. Miguel Berri, Subsecretario, Fiscalía de Estado. Firmado por el Director de Fiscalización Sanitaria Dr. Rubén Mario Disipio.C.C. 4.809 / jun. 19 v. jun. 25POR 5 DÍAS – La Dirección de Fiscalización Sanitaria del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires notifica conforme lo dispuesto por el art. 66 de la Ley 7.647/70, la Resolución dictada en el expediente 2900-22159/96 alc. 1, cuya parte pertinente dice "… resuelvo no iniciar la acción judicial pertinente y previa anotación de Inhibición General de Bienes a nombre de SALUD PARA EL TRABAJO S.A. en el Registro de la Propiedad, devolver estos actuados a su repartición de origen: Ministerio de Salud. Fiscalía de Estado, 29 de abril de 2008. Firmado por el Dr. Miguel Berri, Subsecretario, Fiscalía de Estado. Firmado por el Director de Fiscalización Sanitaria Dr. Rubén Mario Disipio.C.C. 4.814 / jun. 19 v. jun. 25Provincia de Buenos Aires MINISTERIO DE SALUDPOR 5 DÍAS – La Dirección de Fiscalización Sanitaria del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires notifica conforme lo dispuesto por el art. 66 de la Ley 7.647/70, la Resolución dictada en el expediente 2900-45267/82 alc. 5, cuya parte pertinente dice"… resuelvo no iniciar la acción judicial pertinente y previa anotación de Inhibición General de Bienes a nombre de TIEMPO COMPARTIDO SUR S.R.L. en el Registro de la Propiedad, devolver estos actuados a su repartición de origen: Ministerio de Salud. Fiscalía de Estado, 11 de julio de 2008. Firmado por el Dr. Miguel Berri, Subsecretario, Fiscalía de Estado. Firmado por el Director de Fiscalización Sanitaria Dr. Rubén Mario Disipio.C.C. 4.815 / jun. 19 v. jun. 25MINISTERIO DE SALUDPOR 5 DÍAS – La Dirección de Fiscalización Sanitaria del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires notifica conforme lo dispuesto por el art. 66 de la Ley 7.647/70, la Resolución N° 3.509/07, que a continuación se transcribe: La Plata, 4 de julio de 2007. Visto el expediente N° 2900-46151/07, por el cual la Dirección de Fiscalización Sanitaria, tramita la aplicación de sanciones a la Sra. NORMA CRISTINA ECHEVERRÍA, propietaria del Centro Educativo Terapéutico "Mi Lugar", sito en la calle Rodríguez Peña N° 1959 de la localidad de Mar del Plata, partido de General Pueyrredón, por infracción a las normas sanitarias vigentes, y CONSIDERANDO: Que mediante Acta de Inspección N° 46187/8 de fecha 01/02/07, obrantes en copias certificadas a fojas 1/2, se constató infracción a los artículos 12 incs. i), d), e) y c) –falta baño para discapacitados, paredes deterioradas, cielorrasos con manchas de humedad y revoques caídos, sala con piso alfombrado-, 8° inc. c) –historias clínicas sin actualizar semanalmente- y 3° -cambio de profesionales sin comunicar-, del Decreto 3.020/02; Que la infractora no ha hecho uso de su derecho a presentar descargo, de acuerdo al artículo 2° del Decreto 3.707/98; Que de conformidad con lo indicado por la Dependencia Técnica solicitante a fs. 9, procede hacer lugar a la gestión sancionatoria, en ejercicio del Poder de Policía Santiaria que la Ley otorga a este Ministerio; Por ello, EL MINISTRO DE SALUD, RESUELVE: Artículo 1°: Aplicar a la Sra. Norma Cristina Echeverría (DNI 17.404.202) propietaria del Centro Educativo Terapéutico "Mi Lugar", sito en la calle Rodríguez Peña N° 1959, de la localidad de Mar del Plata, partido de General Pueyrredón, una multa de pesos un mil sesenta y ocho con cuarenta y dos centavos ($ 1.068,42) equivalente a tres (3) sueldos mínimos de la Administración Pública Provincial, con más la suma de pesos once con cincuenta centavos ($ 11,50) en concepto de sellado y gastos de envío (art. 61 del Decreto Ley 7.647/70), por hallarse en infracción a los artículos 12 incs. i), d), e) y c) y 3° del Decreto 3.020/02, sanción que se dispone de acuerdo con lo establecido por el artículo 9° inciso a) de la Ley 18.284. Artículo 2°: Intimar a la Sra. Norma Cristina Echeverría, para que dentro del plazo de diez (10) días, a partir de la notificación de la presente, proceda a hacer efectivos los montos citados en el artículo anterior en la Cuenta N° 229/7 de la Tesorería General de la Provincia de Buenos Aires, vencido el plazo estipulado los mismos quedarán sujetos a los intereses que correspondan a la época de su efectivo pago, ello bajo apercibimiento de dar intervención a la Fiscalía de Estado para promover la acción judicial pertinente. Artículo 3°: Clausurar el establecimiento mencionado en el artículo 1°, por hallarse en infracción a las normas reglamentarias citadas en el mismo, sanción que se dispone de acuerdo a lo indicado por el artículo 40 de la Ley 5.116. Artículo 4°: Dejar establecido que la medida dispuesta por el artículo anterior quedará sin efecto si el funcionario interviniente comprueba que han sido subsanadas las deficiencias que motivaron dicha sanción. Artículo 5°: Regístrese y pase a la Dirección de Fiscalización Sanitaria, para su comunicación, cumplimiento y demás efectos. Resolución N° 3.509. Firmado por el Lic. Claudio Mate Rothgerber, Ministro de Salud de la Provincia de Buenos Aires. Firmado por el Director de Fiscalización Sanitaria Dr. Rubén Mario Disipio.C.C. 4.816 / jun. 19 v. jun. 25POR 5 DÍAS – La Dirección de Fiscalización Sanitaria del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires notifica conforme lo dispuesto por el art. 66 de la Ley 7.647/70, la Resolución N° 1912/06, que a continuación se transcribe: La Plata, 25 de abril de 2006. Visto el expediente N° 2900-34246/06 alcance 1, por el cual la Dirección de Fiscalización Sanitaria, gestiona la aplicación de sanciones a la Sra. ALEJANDRA RINCÓN, por infracción a las normas sanitarias vigentes y CONSIDERANDO: Que de la Inspección practicada con fecha 2/9/05, mediante Acta N° 35780, obrante en fotocopia a fojas 1, en el Hogar de Ancianos "El Rincón de los Abuelos", sito en Avenida Villarino N°123 de la localidad y partido de Chivilcoy, de propiedad de la Señora Rincón, se constató: que dicho establecimiento se halla funcionando sin habilitación, las faltas de Director Médico, historias clínicas, baño para el personal y agarraderas y las habitaciones con piso de madera con cámara de aire, incurriendo en infracción a los artículos 4° del Decreto Ley 7.314/67, 69, 70, 75 y 78 del Decreto N° 3.280/90; Que la firma infractora no ha hecho uso de su derecho para presentar descargo de acuerdo al artículo 2° del Decreto 3.707/98; Que de conformidad con lo indicado por la Dependencia Técnica solicitante a fs. 5 procede hacer lugar a la gestión sancionatoria, en ejercicio del Poder de Policía Sanitaria que la Ley otorga a este Ministerio; Por ello EL MINISTRO DE SALUD, RESUELVE: Artículo 1°: Aplicar a la Sra. Alejandra Rincón (DNI 26.648.720), propietaria del Hogar de Ancianos "El Rincón de los Abuelos", sito en Avenida Villarino N°123 de la localidad y partido de Chivilcoy, una multa de dos mil novecientos sesenta y un pesos con cuarenta centavos ($ 2.961,40), equivalente a diez (10) sueldos mínimos del Personal de la Administración Pública Provincial, la cual deberá hacerse efectiva dentro del plazo de diez (10) días, a partir de la notificación de la presente, vencido el plazo estipulado, dicho monto quedará sujeto a los intereses que correspondan a la época de su efectivo pago, por hallarse en infracción a los artículos 4° del Decreto Ley 7.314/67 y 69, 70, 75 y 78 del Decreto N° 3.280/90, sanción que se dispone de acuerdo con lo establecido por el Decreto Ley 8.841/77. Artículo 2°: Regístrese y pase a la Dirección de Fiscalización Sanitaria para su comunicación, cumplimiento y demás efectos. Resolución N° 1.912. Firmada por el señor Ministro de Salud de la Provincia de Buenos Aires, Lic. Claudio Mater Rothgerber. Firmado por el Director de Fiscalización Sanitaria Dr. Rubén Mario Disipio.C.C. 4.817 / jun. 19 v. jun. 25MINISTERIO DE SEGURIDADPOR 5 DÍAS - La Dirección de Personal Regímenes Policiales del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, cita y emplaza por el término de cinco (5) días al Ex Cabo (Agrupamiento Comando), legajo Nro. 153.370 WALTER HORACIO FERRARI (D.N.I. N° 18.165.266 - Clase 1967), para que se presente en sus oficinas ubicadas en la calle 51 e/2 y 3, segundo piso, Oficina 61, de la ciudad de La Plata, a los fines de notificarse de la Resolución...

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