Varios publicados en la fecha 26 de marzo de 2014

CASA CENTRALC.C.POR 5 DÍAS - Por disposición de la Sra. Juez en lo Correccional N° 3, Dra. Susana González La Riva, dirijo a Ud. el presente en la causa nro. 1207/13 caratulada "Córdoba Ana Edith por Tenencia de Arma de Guerra sin autorización en Bahía Blanca", a efectos de citar al imputado CÓRDOBA ANA EDITH (Titular del DNI 36.876.997) ,como consecuencia de la resolución que a continuación se transcribe: “Causa nro. 1207/13.- “Bahía Blanca, 14 de febrero de 2014. Atento lo que surge del informe recibido de la Comisaría Quinta de fs. 97 y lo manifestado por el Sr.Defensor Particular a fs. 99, respecto de que la imputada Córdoba Ana Edith, no ha sido habido, desconociéndose su actual paradero, cítesela a la mencionada imputada, para que en el plazo de cinco días se presente en la sede de este Juzgado, sito en la calle Estomba 32, de la ciudad de Bahía Blanca, 2do. piso, bajo apercibimiento de declararla rebelde. Notifíquese. Susana González La Riva, Juez.Soledad Díaz Geddes, Secretaria.C.C. 2.615 / mar. 19 v. mar. 26 POR 5 DÍAS – Se notifica a MANUEL F. SANHUEZA, DNI: 13.524.261, en la causa Nro. 2789, que por el delito de Lesiones culposas agravadas en Bahía. Blanca, se sigue a Hugo Alberto Guerra, de trámite por ante el Juzgado en lo Correccional Nro. dos a cargo del Dr.Gabriel Luis Rojas, Secretaría Única a cargo de la Dra.María Laura Hohl, del Departamento Judicial de Bahía Blanca, que el encausado ha ofrecido en concepto de reparación económica la suma de pesos doscientos ($200.-) por el presunto perjuicio ocasionado, debiendo el notificado apersonarse en la Sede de este Juzgado en el término de tres días, para manifestar la aceptación o rechazo de dicha suma, bajo apercibimiento de considerársela rechazada. Bahía Blanca, 26 de febrero de 2014. María José Martínez, Auxiliar Letrada.C.C. 2.616 / mar. 19 v. mar. 26 POR 5 DÍAS - En causa N° 215/07 de trámite por ante el Juzgado Correccional N° 2 del Dpto. Judicial Dolores a cargo de la Dra. María Cristina Tramontini, Secretaría Única, a mi cargo, seguida a GÓMEZ PEREYRA EDUAR- DO GABRIEL por encubrimiento, a los efectos de que proceda a públicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar al nombrado cuyo último domicilio conocido era calle Paseo 114 e/ Av. 12 y 13 de Villa Gesell, el siguiente texto que a continuación se transcribe: " Dolores, marzo 7 de 2014. Autos y vistos... ...Resuelvo:- 1. Declarar extinguida la acción penal por prescripción, en la causa N° 215/07 sobreseyendo totalmente a ... Gómez Pereyra Eduardo Gabriel cuyos demás datos personales obran en autos,... Notifíquese.. María Cristina Tramontini, Juez.Ante mí. Alejandra Vázquez.- Dolores, Juzgado Correccional N° 2, Secretaría. Marzo, 7 de 2014. María Alejandra Vázquez, Auxiliar Letrada.C.C. 2.620 / mar. 19 v. mar. 26 POR 5 DÍAS - En la Causa N° 15.546 (I.P.P. N° 03-02- 004443-07) seguida a WALTER EZEQUIEL RODRÍGUEZ por el delito de Encubrimiento, de trámite ante este Juzgado de Garantías N° 1 a mi cargo, Secretaría Única a cargo de la Dra. Mónica Barrionuevo, del Departamento Judicial Dolores, a los efectos de que proceda publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era calle Galicia N° 3373 de San Clemente del Tuyú, la resolución que dictara este Juzgado con fecha 5 de febrero de 2014, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Autos v Vistos: ...Resuelvo: sobreseer totalmente a WaIter Ezequiel Rodríguez y declarar la extinción de la acción penal, por haber operado la prescripción, en relación al delito de Encubrimiento (Arts. 59, inc. 3°; 62 inc. 2° y 277 inc. 1 ° del Código Penal y 323, inc. 1° del C.P.P.). Regístrese, notifíquese. Fdo.: Laura Inés Elías Juez de Garantías N° 1. Asimismo, transcríbole el auto que dispuso el presente: Dolores, de marzo del 2014. Autos y Vistos: Atento lo que surge de la notificación de Walter Ezequiel Rodríguez en la que se informa que el mismo no pudo ser notificado del sobreseimiento, ya que se ausentó de su domicilio, procédase a su notificación por edicto judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Bs. As., conforme lo dispuesto por el Art. 129 del C.P.P. Fdo. Lauyra Inés Elias, Juez.C.C. 2.621 / mar. 19 v. mar. 26 POR 5 DÍAS - En la Causa N° 46762, seguida a HORA- CIO MANUEL DOMÍNGUEZ por el delito de Robo Simple, de trámite ante este Juzgado de Garantías N° 1 a mi cargo, Secretaría Única a cargo de la Dra. Mónica Barrionuevo, del Departamento Judicial Dolores, a los efectos de que proceda publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar al prevenido nombrado, la resolución que dictara este Juzgado con fecha 19 de febrero de 2014, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Autos v Vistos: ... Resuelvo: 1) Declarar la extinción de la acción penal, por haber operado la prescripción, en relación al delito de robo simple en los términos de los Arts. 164 del CP y sobreseer totalmente a Domínguez Horacio Manuel en orden a tal ilícito.- (Arts.59, inc. 3°; 62 inc. 2° y 172, del Código Penal y 323, inc.1° del C.P.P...Regístrese, notifíquese. Fdo.: Laura Inés Elías Juez de Garantías N° 1. Asimismo, transcríbole el auto que dispuso el presente: "Dolores, 6 de marzo de 2014. Atento desconocerse el domicilio actual del prevenido Horacio Manuel Domínguez, procédase a su notificación por edicto judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Bs. As., conforme lo dispuesto por el Art. 129 del C.P.P. Fdo.: Dra. Laura Inés Elías Juez de Garantías N° 1. C.C. 2.622 / mar. 19 v. mar. 26 POR 5 DÍAS - En la Causa N° 6416, (I.P.P. N° 03-00- 044672-02) seguida a ARIEL ROQUE DACOSTA por el delito de Robo Agravado por Efracción, de trámite ante este Juzgado de Garantías N° 1 a mi cargo, Secretaría Única a cargo de la Dra. Mónica Barrionuevo, del Departamento Judicial Dolores, a fin de notificar al prevenido nombrado, la resolución que dictara este Juzgado en el día de la fecha, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Autos y Vistos: Por ello, argumentos expuestos y normativa legal vigente, Resuelvo: 1) Sobreseer totalmente a Ariel Roque Da Costa o Ariel Enrique Da Costa y declarar la extinción de la acción penal, por haber operado la prescripción, en relación al delito de Robo Agravado por Efracción. (Arts. 59, inc. 3°; 62 inc. 2° y 167 inc. 2° del Código Penal y 323, inc. 1° del C.P.P.). 2) Regístrese. Notifíquese al Fiscal, Defensa e imputado por Boletín Oficial, atento desconocerse su domicilio actual Regístrese, notifíquese. Fdo.: Laura Inés Elías Juez de Garantías N° 1. C.C. 2.623 / mar. 19 v. mar. 26 POR 5 DÍAS - En el marco de la I.P.P. N° 03-00- 008894-08, seguida a NORA IRENE NÚÑEZ por el delito de Hurto, de trámite ante este Juzgado de Garantías N° 1 a mi cargo, Secretaría Única a cargo de la Dra. Mónica Barrionuevo, del Departamento Judicial Dolores, a los efectos de que proceda publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar a la prevenida nombrada cuyo último domicilio conocido era calle Alem N° 936 de la localidad de Ayacucho, la resolución que dictara este Juzgado con fecha 5 de febrero de 2014, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Autos v Vistos:... Por ello, argumentos expuestos y normativa legal vigente, Resuelvo: sobreseer totalmente a Nora Irene Núñez y declarar la extinción de la acción penal, por haber operado la prescripción, en relación al delito de Hurto (Arts. 59, inc. 3°; 62 inc. 2° y 162 del Código Penal y 323, inc. 1° del C.P.P.). Fdo.: Laura Inés Elías Juez de Garantías N° 1.Asimismo, transcríbole el auto que dispuso el presente:"Dolores, de febrero de 2014. Atento lo que surge de la notificación de Nora Irene Núñez en la que se informa que el mismo no pudo ser notificada del sobreseimiento, ya que se ausentó de su domicilio, procédase a su notificación por edicto judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Bs. As., conforme lo dispuesto por el Art. 129 del C.P.P. Fdo.: Dra. Laura Inés Elías Juez de Garantías N° 1. C.C. 2.624 / mar. 19 v. mar. 26 POR 5 DÍAS - En el marco de la I.P.P. N° 03-02- 004500-07, seguida a JUAN CARLOS COSTA y NORMA SÁNCHEZ por el delito de Tenencia de Arma de Fuego de Uso Civil, de trámite ante este Juzgado de Garantías N° 1 a mi cargo, Secretaría Única a cargo de la Dra. Mónica Barrionuevo, del Departamento Judicial Dolores, a los efectos de que proceda publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar a los prevenidos nombrados cuyo último domicilio conocido era calle 32 N° 290 de San Clemente del Tuyú, la resolución que dictara este Juzgado con fecha 4 de febrero de 2014, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Autos v Vistos:... Por ello, argumentos expuestos y normativa legal vigente, Resuelvo:Sobreseer totalmente a Juan Carlos Costa y Norma Sánchez, por haber operado la prescripción, en relación al delito previsto por el Art. 189 bis inc. 2° del C.P. (Arts. 59, inc. 3°; 62 inc. 2°, y 323, inc. 1° del C.P.P.; 189 bis inc. 2° del C.P.). Fdo: Laura Inés Elías Juez de Garantías N° 1.Asimismo, transcríbole el auto que dispuso el presente:"Dolores, de febrero del 2014. Atento lo que surge de la notificación de Juan Carlos Costa y Norma Sánchez en la que se informa que los mismos no pudieron ser notificados del sobreseimiento, ya que se ausentaron de su domicilio, procédase a su...

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