Varios publicados en la fecha 24 de agosto de 2010

CA SA CEN TRAL

C.C.

POR 5 DÍAS La Sra. Juez Titular del Juzgado Correccional N° 3 del Departamento Judicial La Plata, Dra.

Graciela María Buscarini, cita y emplaza a CRISTIAN GUSTAVO GUZMÁN (o Gustavo Adolfo Aguiar Aranda), DNI 28.623.417, nacido el 27 de enero de 1982 en Merlo Prov. de Buenos Aires, hijo de Juan Alberto Guzmán y de Josefina Aranda, con último domicilio en calle Castelli N° 845 de la localidad de Merlo Prov. Bs. As., en causa N° 3141-3 seguida al nombrado por el delito de Hurto, para que en el término de cinco (5) días comparezca a estar a derecho por ante el Juzgado Correccional N° 3 del Departamento Judicial La Plata (calle 8 e/ 56 y 57, 1° Piso, La Plata), bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo. Se transcribe la resolución que ordena el presente: "La Plata, 16 de julio de 2001, tento los informes policiales de fs. 132, que dan cuenta que el

imputado Cristian Gustavo Guzmán (o Gustavo Adolfo Aguiar Aranda), se ha ausentado del domicilio fijado en autos (fs. 17/18), ignorándose el lugar de residencia actual del mismo, del conformidad con lo dispuesto por los Arts.

129 y 303 del Código Procesal Penal Cíteselo por edictos, a tales fines, ofíciese al Boletín Oficial a fin de que se publique durante cinco días la presente, término durante el cual deberá comparecer el citado por ante este Juzgado Correccional N° 3 de La Plata, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo (Art. 150 del CPP). Fdo. Graciela M. Buscarini, Juez. Juan M.

Fernández Argento, Secretario.

C.C. 9.741 / ago. 18 v. ago. 24

POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N° 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr.

Ricardo Gabriel Perdichizzi, notifica a MARÍA CRISTINA VERA en causa N° 1230 la Resolución que a continuación de transcribe: "Mar del Plata, 6 agosto de 2010. Por la presente manifiesto mis más Sinceras Disculpas las cuales se ofrecen a la señora María Cristina Vera, en relación a las lesiones leves cometidas en la ciudad de Mar del Plata."

Fdo. Froilan Rodolfo Natal. A los fines que corresponda se transcribe el auto que ordena la presente medida: Mar del Plata, 6 de agosto de 2010. Autos y Vistos: Atento el estado de las presentes actuaciones, dispónese las siguientes medidas: I. Atento desconocer el domicilio de la víctima de autos Sra. María Cristina Vera, notifíquese a la misma la carta de sinceras disculpas adunada a fs. 91, a tenor del

Art. 129

del C.P.P., por medio de publicación por el término de cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires". Fdo. Ricardo Gabriel Perdichizzi, Juez de Ejecución Penal. María Luisa Del Papa, Auxiliar Letrada.

C.C. 9.762 / ago. 18 v. ago. 24

POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional N° 2 del Departamento Judicial de San Isidro a cargo de la Dra.

María Emma Prada, Secretaría Única, sito en Moreno 623, 1° piso de San Isidro, (CP: B1642BXM), TE/FAX: (011) 4575 4494/4492, correo electrónico juzcorr2 sí@jusbuenosaíres.gov.ar, en causa N° 3.210/10 (Sorteo N° 966/2010 e I.P.P. N° FL/1453), caratulada "Nuñez Gustavo Fabián o Benítez y otro. Hurto", instruida por el delito de hurto, en los términos del Art. 129 del C.P.P. cita a GUSTAVO FABIÁN NÚÑEZ o BENÍTEZ, Diego Alberto, nacido el 28 de diciembre de 1971, en la localidad de San Martin, Bs.

As., de nacionalidad argentina, con último domicilio conocido en El Ombú 7328 de la localidad de San Martín, Bs.

As., a los fines de que en el término de cinco (5) días comparezca a estar a derecho en la misma, bajo apercibimiento de que en caso de no hacerla será declarado rebelde. Como recaudo se transcribe el encabezamiento y la parte dispositiva del decreto que se notifica: ''San Isidro, 4 de agosto de 2010. Proveyendo a lo peticionado por los Sres. Fiscales de Flagrancia, Dr. Onorati de su presentación de fs. 133 y Dr. Orduna en cuanto a su requerimiento de fs. 136 vta. y en atención a que los Sres. González Ángela Mariel o Alvite Analía Mariel o Alvite Gabriela Viviana o Alvite Analía Verónica o Alvite Arbollo Analía Mariel y Nuñez Gustavo Fabián o Benítez, Diego Alberto, se han ausentado del domicilio oportunamente fijado en autos conforme lo constatado a fs. 114, 124, 131, 136 y 139 en cuanto que los mentados no se encuentran más en ese domicilio como así tampoco se encuentra el masculino en el domicilio fijado en la causa que registra en trámite por ante el Tribunal en lo Criminal N° 5 de San Martin, a lo que se aduna la multiplicidad de nombres para generar errar en la identidad; lo que determina su falta de voluntad al sometimiento de la persecución penal, no obstante tratarse el delito endilgado en la presente en principio no detenible Hurto , se da el supuesto de excepción que determina que corresponde Intimar por edicto a los acusados a estar a derecho dentro del quinto día de su publicación en el boletín oficial bajo apercibimiento de declararlo rebelde y encomendar su detención al Sr Jefe de Policía. (Arts. 42, 162 y 239 del C.P. y Arts. 129, 148 inc.

1era, 2d. y 4to, 151 5to. párrafo, 303, 304 y sstes. del C.P.P.) Notifíquese a las Sra. Defensora Oficial, y líbrese edicto a publicar en el Boletín Oficial. Fdo: Dra. María Emma Prada. Juez". Secretaría, 5 de agosto de 2010. Pilar Hermida Lozano, Auxiliar Letrada.

C.C. 9.748 / ago. 18 v. ago. 24 POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional N° 2 del Departamento Judicial de San Isidro a cargo de la Dra.

María Emma Prada, Secretaría Única, sito en Moreno 623, 1° piso de San Isidro, (CP: B1642BXM), TE/FAX:, (011) 4575 4494/4492, correo electrónico juzcorr2 si@jusbuenosaires.gov.ar, en causa N° 3.210/10 (Sorteo N° 966/2010 e I.P.P. N° FL/1453), caratulada "González Ángela Mariel o Alvite Analía Mariel o Alvite Gabriela Viviana o Alvite Analía Verónica o Alvite Arbollo Analía Mariel y otro. Hurto", instruida por el delito de hurto, en los términos del Art. 129 del C.P.P. cita a GONZÁLEZ ÁNGELA MARIEL o ALVITE ANALÍA MARIEL o ALVITE GABRIELA VIVIANA o ALVITE ANALÍA VERÓNICA o ALVITE ARBOLLO ANALÍA MARIEL, con DNI 18.531.129, nacido el 13 de julio de 1967, en la localidad de Capital Federal, de nacionalidad argentina, con último domicilio conocido en El Ombú 7328 de la localidad de San Martin, hijo de Ricardo González y de Lidia Arballo, a los fines de que en el término de cinco (5) días comparezca a estar a derecho en la misma, bajo apercibimiento de que en caso de no hacerla será declarado rebelde. Como recaudo se transcribe el encabezamiento y la parte dispositiva del decreto que se notifica:

"San Isidro, 4 de agosto de 2010. Proveyendo a lo peticionado por los Sres. Fiscales de Flagrancia, Dr. Onorati de su presentación de fs. 133 y Dr. Orduna en cuanto a su requerimiento de fs. 136vta. y en atención a que los Sres.

González Ángela Mariel o Alvite Analía Mariel o Alvite Gabriela Viviana o Alvite Analía Verónica o Alvite Arbollo Analía Mariel y Núñez Gustavo Fabián o Benítez, Diego Alberto, se han ausentado del domicilio oportunamente fijado en autos conforme lo constatado a fs. 114, 124, 131, 136 y 139 en cuanto que los mentados no se encuentran más en ese domicilio como así tampoco se encuentra el masculino en el domicilio fijado en la causa que registra en trámite por ante el Tribunal en lo Criminal N° 5 de San Martín, a lo que se aduna la multiplicidad de nombres para generar errar en la identidad; lo que determina su falta de voluntad al sometimiento de la persecución penal, no obstante tratarse el delito endilgado en la presente en principio no detenible Hurto , se da el supuesto de excepción que determina que corresponde Intimar por edicto a los acusados a estar a derecho dentro del quinto día de su publicación en el boletín oficial bajo apercibimiento de declararlo rebelde y encomendar su detención al Sr Jefe de Policía. (Arts. 42, 162 y 239 del C.P. y Arts. 129, 148 inc. 1era, 2d. y 4to, 151 5to. párrafo, 303, 304 y sstes. del C.P.P.) Notifíquese a las Sra. Defensora Oficial, y líbrese edicto a publicar en el Boletín Oficial. Fdo: Dra. María Emma Prada. Juez". Secretaría, 5 de agosto de 2010. Pilar Hermida Lozano, Auxiliar Letrada.

C.C. 9.747 / ago. 18 v. ago. 24

POR 5 DÍAS - Por disposición del Titular del Juzgado de Garantías en lo Penal N° 3 del Departamento Judicial La Plata, Dr. Néstor A. de Aspro, Secretaría Única a mi cargo, en la I.P.P. N° 06 00 013801 09 caratulada "BUS- TOS MIGUEL ÁNGEL s/ Denuncia", a fin de solicitar se publique durante cinco días en el Boletín a su cargo el auto que a continuación se transcribe: "El Juzgado de Garantías en lo Penal N° 3 del Departamento Judicial La Plata, cita y emplaza por el término de 5 días a, DNI N°, para que comparezca ante este Juzgado a regularizar su situación procesal en la I.P.P. N° 06 00 013801 09. Fdo.: Dr. Néstor A. de Aspro, Juez de Garantías". Asimismo solicito la posterior remisión al organismo a su cargo, de constancias de la publicación. Alessandro F. M. Vitale, Secretaria.

C.C. 9.746 / ago. 18 v. ago. 24

POR 5 DÍAS - La Unidad Funcional de Instrucción de Delitos Culposos N° 10, del Departamento Judicial de La Plata a cargo de la Dra. María Antonieta Scarpino, Agente Fiscal, Secretaría a mi cargo, cita y emplaza a DIEGO MIGUEL BELÉN, para que dentro del término indicado comparezca a la sede de esta Fiscalía, sita en calle 7, entre 56 y 57, subsuelo, La Plata, a los efectos de estar a derecho, y aportar su domicilio real, en el marco de la I.P.P. 06-00-273939-05 caratulada "Belén Diego Miguel Lesiones Culposas" en trámite por ante esta U.F.I., a cargo de la Agente Fiscal mencionada, seguida al nombrado por el delito de Lesiones Culposas Agravadas, bajo apercibimiento, en caso de incomparecencia injustificada de solicitar la pertinente declaración de rebeldía. En consecuencia, se transcribe la resolución que ordena el presente: "La Plata, 2 de agosto de 2010... visto que hasta el día de la fecha no ha logrado ser notificado en el domicilio aportado en autos, el imputado Diego Miguel...

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