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CONTADURÍA GENERAL Resolución Nº 1871La Plata, 10 de octubre de 2009.Corresponde expediente N° 5400-10525/08 Alcance 469POR 5 DÍAS - VISTO el presente expediente por el cual se da cuenta del vencimiento de la credencial extendida a la firma SIPER AVIACION S.A., C.U.I.T. 30-50706019-2, proveedor N° 12349, yCONSIDERANDO:Que se inician estos actuados con la impresión del Sistema Computarizado de Datos de fojas 1, de la cual surge que el vencimiento de la credencial oportunamente otorgada extendida a la firma de mención, operó el 09/12/2004;Que a fojas 3 se agrega copia del dictamen emitido por la Asesoría General de Gobierno en el expediente original -5400-10525/08-, en el cual manifiesta, entre otros conceptos que "el artículo 18 -de la Resolución N° 990/07 de esta Contaduría General- dispone que la actualización de los legajos deberá realizarse cada año a partir de la última credencial extendida, mientras que por el artículo 19 se establece que transcurridos dos años desde el vencimiento de la credencial se dispondrá la eliminación de oficio, sin notificación o interpelación alguna", concluyendo, por lo tanto que "en uso de las facultades que le confiere la Resolución N° 990/07, podrá el Contador General de la Provincia dictar el pertinente acto administrativo por el cual disponga la eliminación de los proveedores individualizados …, en los términos del artículo 102, inciso d), apartado 2) del Reglamento de Contrataciones…";Que a fojas 4 se agrega copia de la intervención de la Fiscalía de Estado, quien manifiesta, en síntesis, que puede procederse al dictado del acto administrativo, por el cual se disponga la eliminación;Que, por lo tanto, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 19 de la Resolución N° 990/07 de este Organismo y habiendo tomado intervención la Asesoría General de Gobierno y la Fiscalía de Estado, respectivamente, el Registro de Proveedores y Licitadores, dependiente de la Dirección de Servicios al Usuario y Acceso a la Información, se expide estimando que corresponde proceder a la eliminación de la firma SIPER AVIACION S.A., legajo N° 12349, conforme lo establecido en el artículo 102 inciso d), apartado 2) del Reglamento de Contrataciones;Que este Organismo, comparte lo manifestado por el citado Registro en el informe que produjera;Por elloEL CONTADOR GENERAL DE LA PROVINCIA, RESUELVE:ARTÍCULO 1°. Aplicar a la firma SIPER AVIACION S.A., C.U.I.T. 30-50706019-2, legajo N° 12349, la sanción de ELIMINACIÓN por falta de actualización de legajo, conforme lo establecido en el artículo 102 inciso d), apartado 2) del Reglamento de Contrataciones.ARTÍCULO 2°. Registrar, notificar, publicar. Cumplido, archivar.Carlos Alberto MachiaroliContador GeneralC.C. 745 / may. 4 v. may. 10CONTADURÍA GENERAL Resolución Nº 1872La Plata, 10 de octubre de 2009.Corresponde expediente N° 5400-10525/08 Alcance 468POR 5 DÍAS - VISTO el presente expediente por el cual se da cuenta del vencimiento de la credencial extendida a la firma GREEN MED S.R.L., C.U.I.T. 30-69965379-5, proveedor N° 11903, yCONSIDERANDO:Que se inician estos actuados con la impresión del Sistema Computarizado de Datos de fojas 1, de la cual surge que el vencimiento de la credencial oportunamente otorgada extendida a la firma de mención, operó el 06/11/2004;Que a fojas 3 se agrega copia del dictamen emitido por la Asesoría General de Gobierno en el expediente original -5400-10525/08-, en el cual manifiesta, entre otros conceptos que "el artículo 18 -de la Resolución N° 990/07 de esta Contaduría General- dispone que la actualización de los legajos deberá realizarse cada año a partir de la última credencial extendida, mientras que por el artículo 19 se establece que transcurridos dos años desde el vencimiento de la credencial se dispondrá la eliminación de oficio, sin notificación o interpelación alguna", concluyendo, por lo tanto que "en uso de las facultades que le confiere la Resolución N° 990/07, podrá el Contador General de la Provincia dictar el pertinente acto administrativo por el cual disponga la eliminación de los proveedores individualizados …, en los términos del artículo 102, inciso d), apartado 2) del Reglamento de Contrataciones…";Que a fojas 4 se agrega copia de la intervención de la Fiscalía de Estado, quien manifiesta, en síntesis, que puede procederse al dictado del acto administrativo, por el cual se disponga la eliminación;Que, por lo tanto, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 19 de la Resolución N° 990/07 de este Organismo y habiendo tomado intervención la Asesoría General de Gobierno y la Fiscalía de Estado, respectivamente, el Registro de Proveedores y Licitadores, dependiente de la Dirección de Servicios al Usuario y Acceso a la Información, se expide estimando que corresponde proceder a la eliminación de la firma GREEN MED S.R.L., legajo N° 11903, conforme lo establecido en el artículo 102 inciso d), apartado 2) del Reglamento de Contrataciones;Que este Organismo, comparte lo manifestado por el citado Registro en el informe que produjera;Por elloEL CONTADOR GENERAL DE LA PROVINCIA, RESUELVE:ARTÍCULO 1°. Aplicar a la firma GREEN MED S.R.L., C.U.I.T. 30-69965379-5, legajo N° 11903, la sanción de ELIMINACIÓN por falta de actualización de legajo, conforme lo establecido en el artículo 102 inciso d), apartado 2) del Reglamento de Contrataciones.ARTÍCULO 2°. Registrar, notificar, publicar. Cumplido, archivar.Carlos Alberto MachiaroliContador GeneralC.C. 746 / may. 4 v. may. 10CONTADURÍA GENERAL Resolución Nº 1873La Plata, 10 de octubre de 2009.Corresponde expediente N° 5400-10525/08 Alcance 465POR 5 DÍAS - VISTO el presente expediente por el cual se da cuenta del vencimiento de la credencial extendida a la firma FARMACEUTICOS ARGENTINOS S.A., C.U.I.T. 30-66341147-7, proveedor N° 10705, yCONSIDERANDO:Que se inician estos actuados con la impresión del Sistema Computarizado de Datos de fojas 1, de la cual surge que el vencimiento de la credencial oportunamente otorgada extendida a la firma de mención, operó el 03/11/2004;Que a fojas 3 se agrega copia del dictamen emitido por la Asesoría General de Gobierno en el expediente original -5400-10525/08-, en el cual manifiesta, entre otros conceptos que "el artículo 18 -de la Resolución N° 990/07 de esta Contaduría General- dispone que la actualización de los legajos deberá realizarse cada año a partir de la última credencial extendida, mientras que por el artículo 19 se establece que transcurridos dos años desde el vencimiento de la credencial se dispondrá la eliminación de oficio, sin notificación o interpelación alguna", concluyendo, por lo tanto que "en uso de las facultades que le confiere la Resolución N° 990/07, podrá el Contador General de la Provincia dictar el pertinente acto administrativo por el cual disponga la eliminación de los proveedores individualizados, en los términos del artículo 102, inciso d), apartado 2) del Reglamento de Contrataciones…";Que a fojas 4 se agrega copia de la intervención de la Fiscalía de Estado, quien manifiesta, en síntesis, que puede procederse al dictado del acto administrativo, por el cual se disponga la eliminación;Que, por lo tanto, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 19 de la Resolución N° 990/07 de este Organismo y habiendo tomado intervención la Asesoría General de Gobierno y la Fiscalía de Estado, respectivamente, el Registro de Proveedores y Licitadores, dependiente de la Dirección de Servicios al Usuario y Acceso a la Información, se expide estimando que corresponde proceder a la eliminación de la firma FARMACEUTICOS ARGENTINOS S.A., legajo N° 10705, conforme lo establecido en el artículo 102 inciso d), apartado 2) del Reglamento de Contrataciones;Que este Organismo, comparte lo manifestado por el citado Registro en el informe que produjera;Por ello EL CONTADOR GENERAL DE LA PROVINCIA, RESUELVE:ARTÍCULO 1°. Aplicar a la firma FARMACEUTICOS ARGENTINOS S.A., C.U.I.T. 30-66341147-7, legajo N° 10705, la sanción de ELIMINACIÓN por falta de actualización de legajo, conforme lo establecido en el artículo 102 inciso d), apartado 2) del Reglamento de Contrataciones.ARTÍCULO 2°. Registrar, notificar, publicar. Cumplido, archivar.Carlos Alberto MachiaroliContador GeneralC.C. 747 / may. 4 v. may. 10CONTADURÍA GENERAL Resolución Nº 1874La Plata, 10 de octubre de 2009.Corresponde expediente N° 5400-10525/08 Alcance 445POR 5 DÍAS - VISTO el presente expediente por el cual se da cuenta del vencimiento de la credencial extendida a la firma FRIGOLAR S.A., C.U.I.T. 30-56565401-9, proveedor N° 9255, yCONSIDERANDO:Que se inician estos actuados con la impresión del Sistema Computarizado de Datos de fojas 1, de la cual surge que el vencimiento de la credencial oportunamente otorgada extendida a la firma de mención, operó el 12/11/2004;Que a fojas 3 se agrega copia del dictamen emitido por la Asesoría General de Gobierno en el expediente original -5400-10525/08-, en el cual manifiesta, entre otros conceptos que "el artículo 18 -de la Resolución N° 990/07 de esta Contaduría General- dispone que la actualización de los legajos deberá realizarse cada año a partir de la última credencial extendida, mientras que por el artículo 19 se establece que transcurridos dos años desde el vencimiento de la credencial se dispondrá la eliminación de oficio, sin notificación o interpelación alguna", concluyendo, por lo tanto que "en uso de las facultades que le confiere la Resolución N° 990/07, podrá el Contador General de la Provincia dictar el pertinente acto administrativo por el cual disponga la eliminación de los proveedores individualizados, en los términos del artículo 102, inciso d), apartado 2) del Reglamento de Contrataciones…";Que a fojas 4 se agrega copia de la intervención de la Fiscalía de Estado, quien manifiesta, en síntesis, que puede procederse al dictado del acto administrativo, por el cual se disponga la eliminación;Que, por lo tanto, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 19 de la Resolución N° 990/07 de este Organismo...

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