Varios publicados en la fecha 06 de marzo de 2014

CASA CENTRALC.C.POR 5 DÍAS - Por disposición del Dr. Eduardo A.Diforte, titular del Juzgado de Paz Letrado del Partido de Merlo, Depto. Jud. de Morón, en Causa Nº 15.004, caratulada "Márquez, Cristian Sebastián s/ Inf. Art. 85 Dec.Ley 8.031/73; cítaselo a CRISTIAN SEBASTIÁN MÁRQUEZ; argentino; con último domicilio conocido en la calle Bariloche entre sus símiles Blanco Encalada y Pico-, perteneciente al Partido de Merlo. Notifíqueselo mediante edicto a publicarse por el término de cinco días, de la siguiente Providencia cuya parte pertinente a continuación se transcribe: "Merlo (Bs. As.), 30 de mayo de 2013.Y vista... Resulta... y considerando... Fallo: 1) Condenando a Cristian Sebastián Márquez (con mayores datos personales asentados en la Causa) por considerarlo autor responsable de una Infracción prevista y punida en el artículo 85 del Decreto Ley 8.031/73 (Código de Faltas de la Provincia de Buenos Aires), al probarse que fue habido - por Funcionarios policiales hábiles- vendiendo mercaderías (en la especie:" artículos de blanquería" -sábanas, cortinas de baño y toallones-) en forma ambulante, en la vía pública, sin cumplir, con los requisitos exigidos por la autoridad administrativa competente la Municipalidad de Merlo -conforme su Ordenanza Nº 2.596 del año 1984-; atento el hecho ocurrido el día diecisiete del mes de mayo del año Dos Mil Trece, en las proximidades de las catorce horas; en la esquina de la Avenida Otero (o Ruta Veintiuno) y la arteria Zabala de la Ciudad de Pontevedra del Partido de Merlo (Provincia de Buenos Aires). Aplicándole, por ende, a Cristian Sebastián Márquez, la pertinente multa, en su mínimo legal, de pesos novecientos veintiuno con sesenta y cinco centavos ($ 921,65.-), equivalente al quince por ciento (15 %), del haber total mensual hábil de la Policía de esta Provincia -a la prevención el del "Oficial de Policía ", en la suma de $ 6.144,37.-; la que deberá ser abonada con Sellado provincial administrativo dentro de los cinco días consentirlo bajo apercibimiento de su conversión en arresto. Imponiéndole las costas de éstos, las que deberá abonar -con sellado administrativo provincialdentro de los cinco días hábiles de consentirlo, bajo apercibimiento de Ley. Rigen artículos 3º, 5º, 21, 85, 134, 136, 149 y ccdtes. del Decreto Ley 8031/73; 40 y 41 del Código Penal, y 1º y ccdtes de la Ordenanza Nº 2.596/1984 de la Municipalidad de Merlo. 2) Declarando el comiso de los efectos secuestrados liminarmente al ser indispensables para cometer la Falta sentenciada, y conforme su naturaleza y características, désele oportuno destino (cfme. artí- culos 13, párrafos 10, 20, 60, 135 y ccdtes. del Decreto Ley 8.031/73).- 3) Regístrese. Notifíquese..." Fdo. Dr.Eduardo A. Diforte". Ante mí Dr. Sergio E. Alessandrello.Asimismo, deberá comparecer a estar a derecho dentro del plazo de cinco días corridos a contar desde la última publicación, a este Juzgado, sito en Solanet Nº 68 de Merlo, bajo apercibimiento de ser declarado Rebelde y ordenar su comparendo compulsivo (Arts. 129 y 304 del C.P.P .). Como recaudo legal se transcribe el Decreto del caso: "Merlo (Bs. As.), de febrero de 2014. Atento al tiempo transcurrido en que se encomendaran diligencias tendientes a verificar si el encartado, Cristian Sebastián Márquez, reside en el domicilio que ha fijado oportunamente- en los presentes obrados, sito en la calle Bariloche entre sus símiles Blanco Encalada y Pico-, perteneciente al Partido de Merlo; y dado que hasta el momento no fue posible ubicarlo allí, es oportuno disponer que se notifique por edictos, a Cristian Sebastián Márquez, de la sentencia condenatoria obrante a fs. 29/31 vta. en la forma de estilo (Art. 129 del C.P.P., por aplicación del Art. 3º del C. F.Bonaerense). Edictos que deberán publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, por el plazo de dos días; debiendo constar allí que el mencionado encartado deberá presentarse en calidad de citado dentro del plazo de cinco días de su publicación en esta Sede Judicial; así como el apercibimiento de que en caso de no hacerlo será declarado rebelde (Art. 129 C.P.P.). Fdo. Dr.Eduardo A. Diforte, Juez”. Dado en Merlo (Bs. As.), a los 13 días del mes de febrero de 2014. Dr. Sergio E.Alessandrello, Auxiliar Letrado.C.C. 1.764 / feb. 26 v. mar. 6 POR 5 DÍAS - María Laura Pardini, Titular del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial de Mercedes, en causa Nº 2097/13-4702, caratulada:"ACOSTA, ALBERTO GUSTAVO s/ Robo Simple en grado de tentativa en General Rodríguez (B)" (I.P.P. Nº 09-01- 007106-13), notifica al nombrado Acosta, de la siguiente resolución: “en la audiencia del día cinco de febrero del año dos mil catorce,... Resuelvo: En virtud de lo informado a fs. 29 y de lo solicitado precedentemente por las partes, notifíquese al imputado Acosta por edictos, intimándoselo a que deberá presentarse ante este Juzgado a primera audiencia en el término de diez días a partir del último día de su publicación, bajo apercibimiento de que, en caso de no hacerlo, será declarado rebelde (Art. 129 del C.P.P.)… Fdo.: Dra. María Laura Pardini. Juez" Mercedes, 05 de febrero de 2014. C.C. 1.767 / feb. 26 v. mar. 6 POR 5 DÍAS - La Señora Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional Nº 1 del Departamento Judicial de Mercedes, Dra. Gisela Aldana Selva, cita y emplaza a MARIO VIVIANO ALANÍS, de nacionalidad argentina, de estado civil soltero, instruido, pintor y casero, nacido el día 4 de marzo de 1964 en Capital Federal, hijo de Francisco Viviano y de Heralia Borrath, con último domicilio en calle Valentín Gómez s/n° de la Localidad de Marcos Paz -B-, DNI Nº 16.973.191, a que dentro del término de cinco días comparezca a estar a derecho y fijar domicilio en relación a la causa Nº 1896/13 (4958), caratulada: "Alanis, Mario Viviano s/ Disparo de arma de fuego y Portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal" bajo apercibimiento de ser declarado rebelde. Gerardo César Simonet, Secretario.C.C. 1.771 / feb. 26 v. mar. 6 POR 5 DÍAS - María Laura Pardini, Titular del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial de Mercedes, en causa Nº 1799/13-4658 caratulada: "Verón, Roberto Patricio s/ Lesiones Leves y Amenazas Simples en concurso real en la localidad de Moreno (B)", notifica al nombrado ROBERTO PATRICIO VERÓN, de la siguiente resolución: "en la audiencia del día trece de febrero del año dos mil catorce,... Visto lo peticionado por las partes, de conformidad con lo dispuesto por los Arts. 129, 303, s.s. y c.c. del C.P.P.; Resuelvo: I.- En virtud de lo informado y de lo solicitado precedentemente por las partes, notifíquese al imputado Verón por edictos, intimándoselo a presentarse ante este Juzgado a primera audiencia en el término de 10 días a partir del último día de publicación del presente, bajo apercibimiento de que, en caso de no hacerlo, sea declarado rebelde…. Fdo.: Dra. María Laura Pardini. Juez”. Mercedes, 13 de febrero de 2014. C.C. 1.772 / feb. 26 v. mar. 6 POR 5 DÍAS - María Laura Pardini, Titular del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial de Mercedes, en causa Nº 1718/13-4643, caratulada:"González, Oscar Milciade s/ Encubrimiento simple en Mercedes (B) (I.P.P. Nº 09-00-011323-13) y agregada Nº 1573/13-4621, caratulada: "GONZÁLEZ, OSCAR MILCIA- DE s/ Lesiones leves en Mercedes (B)", (I.P.P. Nº 09-00- 010355-13), notifica al nombrado González, de la siguiente resolución: "Mercedes, 10 de febrero de 2014. Autos y Vistos: Atento al tiempo transcurrido y no habiendo comparecido el encausado Oscar Milciade González, a las citaciones judiciales señaladas oportunamente, se lo declara rebelde y en atención a lo dispuesto en los arts.303 y 304 del C.P.P., expídase la correspondiente orden de comparendo, suspendiéndose el trámite de la causa con relación al nombrado González (Art. 305 del C.P.P.). Hágase saber. Fdo: Dra. María Laura Pardini. Juez."Mercedes, 10 de febrero de 2014. C.C. 1.773 / feb. 26 v. mar. 6 POR 5 DÍAS - La Señora Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional Nº 1 del Departamento Judicial de Mercedes, Dra. Gisela Aldana Selva, cita y emplaza a ROBERTO CLAUDIO MARTÍNEZ, D.N.I. Nº 24.540.137, instruido, de 36 años de edad, soltero, argentino, nacido el día 05 de octubre de 1975 en Quilmes (B), hijo de Enrique Martínez Díaz (f) y de Natividad del Carmen Calivart (v), Secretario General del Sindicato del Cuero de Luján-Mercedes y con último domicilio en Avenida Flandes Nº 241 de Villa Flandria, Partido de Luján; a que dentro del término de cinco días comparezca a estar a derecho y fijar domicilio respecto de la causa Nº 1849/13 (4955), "Zanga, Jorge Luis y otros s/ Portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización (IPP 09-00- 004463-13 UFI 6)", bajo apercibimiento de ser declarado rebelde. Natalia Soledad Martín, Auxiliar Letrada.C.C. 1.774 / feb. 26 v. mar. 6 POR 5 DÍAS - La Señora Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional Nº 1 del Departamento Judicial de Mercedes, Dra. Gisela Aldana Selva, cita y emplaza a LETICIA MERCEDES ALFONZO de nacionalidad argentina, de estado civil soltera, instruida, nacida el día 19 de enero de 1986 en la Provincia de Corrientes, hija de Jorge Alfonzo y de Ramona Ayala, con último domicilio en calle San Lorenzo Nº 384 de la Ciudad de Moreno -B-, DNI Nº 31.863.367, a que dentro del término de cinco días comparezca a estar a derecho y fijar domicilio en relación a la causa Nº 1741/13 (4940), caratulada: "Alfonzo, Leticia Mercedes y otros s/ Lesiones Leves" bajo apercibimiento de ser declarado rebelde...

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