Varios Publicados en la Fecha 12 de Abril de 2004

POR 10 DIAS - Cítase y emplázase por el término de diez días (Arts. 145/147 del C.P.C.C.) a la progenitora de la menor N.N. o Santiago Atampi, Sra. María Ester Atampi, indocumentada, nacida en 1979, de 25 años de edad, debiendo comparecer ante el Tribunal de Menores Nº 1 del Departamento Judicial de La Matanza, a cargo de la Dra. Susana E. Gordiola, Secretaría Nº 1, sito en la calle Eugenio Garzón Nº 3064 de Gregorio de Laferrere, partido de La Matanza, en causa Nº 11.107 caratulada "N.N" o Santiago Atampi s/Art. 10 Ley 10.067", bajo apercibimiento de nombrarle defensor oficial. Gregorio de Laferrere, 23 de marzo de 2004. María C. López Cacabelos. Secretaria.C.C. 1982 - mar. 30 v. ab. 15.POR 5 DIAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 8 Secretaría Nº 6 del Departamento Judicial de Mercedes, a cargo de la Dra. María Cristina Niell, hace saber que el 4 de febrero de 2004 se decretó la quiebra del Sr. Pretini, Higinio Celeste, L.E. 4.953.327, CUIT 20-04.953.327-7, con domicilio real en calle Avda. Independencia y Ac. Ruta 32, de Arroyo Dulce, Partido de Saldo, prov. de Buenos Aires. Se hace saber al fallido y a los terceros que deberán entregar al síndico los bienes de aquel. Asimismo se abstendrán de hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces. Se ha fijado el 14 de abril de 2004, como fecha hasta la cual los acreedores posteriores a la presentación deberán presentar las peticiones de verificación de sus créditos. Presentación del Informe Individual 27 de mayo de 2004, Informe General 12 de julio de 2004. Mercedes, 21 de febrero de 2004. Síndico: Cr. Armando E. Fernandez, con domicilio en calle 28 Nº 524 de Mercedes, Prov. de Bs. As. Dra. Ana María Méndez. Secretaria. María V. Leglise. Abogado.C.C. 2042 - ab. 1º v. ab. 12.POR 5 DIAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1. Secretaría Unica del Dpto. Judicial de Junín, a cargo de la Dra. Atilia Susana Rinaldi, comunica por cinco días que en los autos caratulados “Ercoli Héctor Andres y Maffia Liliana s/Quiebra” expte. 45.564, se ha ordenado con fecha 18 de diciembre de 2003 la quiebra de Ercoli Héctor Andres, L.E. 5061243 y Maffia Liliana Nilda, LE 4938339. Se fija hasta el día 21 de abril de 2004 para que los acreedores verifiquen sus créditos al Síndico designado C.P.N. Gabriel Bigal, en el domicilio de la calle Intn. Solana 157 de Junín, los días lunes a viernes de 8 a 12 hs y de 17 a 20 hs. en términos del Art. 32 Ley 24.522. Se fija el día 7 de junio de 2004 hasta la cual el síndico deberá presentar los Informes Individuales y la del 3 de agosto de 2004 como fecha límite para la presentación del informe general. Prohíbanse la realización de pagos al fallido los que serán ineficaces (art. 88 inc. 2 Ley 24.522). La Publicación se efectúa sin cargo, sin perjuicio de asignarle fondos cuando los hubiere (art. 89 Ley 24.522). Junín, 18 de marzo de 2004. Laura S. Morando. Secretario.C.C. 2045 - ab. 1º v. ab. 12.POR 5 DIAS. - El Juzgado en lo Criminal y Correccional de Transición N° 2 del Departamento Judicial Zárate-Campana a cargo del Sr. Juez Dr. Javier Alfredo Romañuk,. notifica por este medio a JUAN CARLOS MISENTA (D.N.I. 4.744.785) que en la causa N° 3-18056 caratulada Misenta, Juan Carlos s/ Inf. Art. 172 y 173, inc. 3° CP. se ha resuelto lo siguiente: Campana, 22 de enero de 2004. Autos y Vistos... y Considerando: .. Resuelvo: Dictar sobreseimiento provisorio respecto de Juan Carlos Misenta, en la presente causa N° 3-18056 y en orden al presunto delito de Estafa por el cual fuera vinculado a esta causa, en los términos del Art. 382 inc. 3° del C.P.P. Ley 3589. Notifíquese. Fdo. Javier Alfredo Romañuk, Juez, Como recauda legal, se transcribe el decreto que así lo ordena: Campana, 19 de marzo de 2004. Atento a lo que resulta de las constancias de fs. 138 y 146, desconociéndose el actual domicilio de Juan Carlos Misenta y a fin de dar cumplimiento con lo normado por el Art. 448 inc. 1° del CPP, ley 3589, notifíqueselo de lo resuelto a fs. 127/130 mediante edictos que se publicarán en el Boletín Oficial de esta Provincia por el término de cinco (5) días, conforme lo normado por el art. 129 del CPP. Ley 11.922, de aplicación en los términos del art. 5° de la Ley 12.-059. - Fdo. Javier Alfredo Romañúk. Juez, - Marisa Paola Capurso, Secretaria.C.C. 2.047 - abr. 1° v. abr. 12POR 5 DIAS. - María Laura Pardini, Juez del Juzgado Correccional N° 3 del Departamento Judicial de Mercedes, en causa N° 2595/01-391, caratulada. Cardozo, Claudio Teofilo s/ incumplimiento de los deberes de asistencia familia, notifica por este medio a CLAUDIO TEOFILO CARDOZO, de la siguiente resolución. Mercedes, 19 de marzo de 2004. Autos y Vistos: Que las presentes actuaciones se inicia con fecha 14-10-1998, habiéndose declarado rebelde al encausado Claudio Teófilo Cardozo el día 6-8-2001 atento a que el mismo no fue habido al momento de hacerle saber la citación a juicio (fs. 13) y habiendo transcurrido con exceso el término establecido por el Art. 62 inc. 2° del C.P., no hallándose interrumpido por la comisión de otro delito (ver fs. 40 y 42), declárase extinguida la acción penal por prescripción, con relación a Cardozo en orden al delito de incumplimiento de los deberes de asitencia familiar (art. 1° de la ley N° 13.944, arts. 62 inc. 2° y 67 cuarto párrafo del Código Penal). - Fdo.: María Laura Pardini, juez. - Mercedes, 19 de marzo de 2004.CC. 2.049 - abr. 1° v. abr. 12POR 5 DIAS. - El titular del Juzgado en lo Correccional N° 2 del Departamento Judicial de Mercedes, Sr. Juez Dr. Roberto Daniel Vila, cita y emplaza a LEONARDO VELÁZQUEZ para que dentro del término de cinco (5) días comparezca a estar a derecho con respecto a la causa contravencional N° 2-127 seguida al nombrado por infracción al art. 72 del Decreto-Ley 8.031/73 en Mercedes, y se notifique de la resolución que se transcribe: Mercedes, 19 de marzo de 2004, conforme lo preceptuado por el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal, cítese por cinco (5) días al encausado Leoncio Velázquez bajo apercibimiento de ser declarado rebelde. - Fdo. Dr. Roberto Daniel Vila juez en lo Correccional. Ante mí. Dra. María Cecilia Renzelli, Secretaria.C.C. 2.050 - abr. 1° v. abr. 12POR 5 DIAS. - En causa N° Investigación Penal Preparatoria N° 61288, seguida a OLGA ESTER LUNA por el delito de Daño y Hurto Simple, de trámite por ante este Juzgado de Garantías N° 2, interinamente a cargo del Dr. Gastón Eduardo Giles, por subrogancia del titular, Dr. Mariano Cazeaux, secretaría unica del Dr. Juan Miguel Nogara, de este departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar Edicto por término de cinco días, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era en calle Echeverría, casa N° 55, de Dolores, el siguiente texto que a continuación se transcribe: Dolores, 16 de diciembre de 2003. Autos y Vistos: y Considerando: Por ello: Argumentos expuestos, de conformidad con lo normado por los Arts. 321, 322, 323, 324, 336 del C.P.P. Resuelvo: I. Denegar el sobreseimiento solicitado por la Sra. Agente Fiscal, Dra. Gabriela García Cuerva a favor de Olga Ester Luna, en orden al delito de Hurto Simple, Art. 162 del C. Penal. II En consecuencia, elévese la presente causa a juicio. III Sobreseer totalmente a Olga Ester Luna en orden al delito de daño, art. 183 del C. Penal, por el que se le recibiera declaración a tenor del Art. 308 del C.P.P. IV. De conformidad con lo normado por el Art. 326 del C.P.P., elévese las presentes actuaciones a conocimiento del Sr. Fiscal general de Cámaras y Garantías Departamental, Dr. Luis Felipe Defelitto, a los fines que estime corresponder. Regístrese, Notifíquese, Proveo en subrogancia del titular. Fdo. Gastón Eduardo Giles, Juez Subrogante del juzgado de garantías N° 2, Departamento Judicial Dolores. Ante mí: Dr. Juan Miguel Nogara. Abogado Secretario. Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente. Dolores, 17 de marzo de 2004. Procédase en el Boletín Oficial de est Prov. de Buenos Aires, Conforme lo dispuesto por el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal. fdo. Gastón Eduardo Giles, Juez Subrogante del juzgado de Garantías N° 2, Departamento Judicial Dolores. Ante mí: Dr. Juan Miguel Nogara. Abogado Secretario.C.C. 2.058 - abr. 1° v. abr. 12POR 5 DIAS. - Dra. María Pía Fava de Solana, a cargo del Juzgado de Garantías N° 2 del Departamento Judicial Bahía Blanca, en la I.P.P. N° 46933 seguida a EMANUEL OMAR LEDEBUR por robo agravado, con intervención de la U.F.I. N° 2, cita y emplaza a EMANUEL OMAR LEDEBUR, D.N.I. 30.673.139, para que se presente ante la Sede de este Juzgado de Garantías N° 2 sita en Avenida Colón N° 46, 8vo. Piso de Bahía Blanca, en el término de cinco días, a los fines previstos en el Art. 121 de C.p. Penal, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde (art. 129 del C. P Penal). El presente edicto deberá ser publicado en el Boletín Oficial por el término de cinco días. - Bahía Blanca, marzo, 19 de 2004. - María Pía Fava de Solana, juez de Garantías.C.C. 2.053 - abr. 1° v. abr. 12POR 5 DIAS - El Testimonio Ley 22.172: A los fines de la Ley 22.172 se hace saber constar lo siguiente: a) Que el Juzgado oficiante es competente para entender en el presente pleito, territorialmente, y en razón de la causa y monto del asunto.- b) La parte actora en el presente pleito en la Sindicatura Ex Bid. s/ Quiebra, domiciliada en calle Lavalle y 25 de mayo de Venado Tuerto, y la parte demandada VARGAS RAMON AUGUSTO (D.N.I. 5.160.403) y GREGOV GRISELDA HERMELINDA (L.C. 4.090.162), domiciliados en la localidad de Florida, Provincia de Buenos Aires.- c) El presente fue solicitado por la Dra. Ester Tomás Almena, domiciliada en calle Rivadavia 692 (Esquina Alem) de Venado Tuerto, Pcia de Santa Fe.- d) Los presentes autos tramitan por ante este Juzgado de Primera Instancia de Circuito N° 3 de Venado Tuerto, a cargo del Dr. Alberto Frinchaboy, Juez, Dr. Juan José Cabanellas, Secretario. Por mandato judicial y a los fines de...

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