-Varias- Bco Patagonia

Juez del 1º Juzgado Paz, autos Nº 207.220, caratulados: «BANCO PATAGONIA S.A. c/ GUAJARDO, PABLO CRISTIAN P/ EJEC. ACEL.», NOTIFICA a SR. PABLO CRISTIAN GUAJARDO (D.N.I. 24.232.246), de ignorado domicilio la sentencia de fs. 52: “Mendoza, 16 febrero 2012 .- AUTOS Y VISTOS… FALLO: I.- Hacer lugar a la demanda instada por BANCO PATAGONIA S.A contra GUAJARDO PABLO CRISTIAN ordenando en consecuencia prosiga el trámite del presente juicio hasta que el actor se haga íntegro pago del capital reclamado o sea la suma de $ 11.933,13.- con más los intereses pactados en tanto y en cuanto no superen el límite admitido por el Tribunal, IVA y costas del juicio.- II.- Imponer las costas a la parte demandada por resultar vencida.- (art. 35 y 36 del C.P.C.).- III.- Regular los honorarios profesionales a la Dres. GONZALO GUIÑAZU, Mat. 6.980 en la suma de $ 1.193,31.-, y el Dr. GONZALO GUIÑAZU, Mat. 1905 en la suma de $ 2.386,62.- arts. 19 y 31 de la ley 3641.- IV.- Regular los honorarios de la Defensora Oficial titular de la Décima Defensoría de Pobres y Ausentes Dra. Susana Danza de García Espetxeen la suma de $ 1.670,63.-, sin perjuicio de sus complementarios (art. 4 inc. a), 19 y 31 de la ley 3641 y Dec. Ley 1304/75.- V.- Notifíquese la sentencia al demandado mediante notificación edictal prevista por el art. 69 del C.P.C. y su remisión art. 68 inc. IV y 72 del C.P.C. y al Defensor Oficial.- Regístrese y Notifíquese - Fdo: Dra. Marina C. Avogadro - Juez-“Bto. 4100612/3/2012 (1 Pub.) $ 24,00_______________________________________________________(*)Juez del 1º Juzgado Paz, autos Nº 207.366, caratulados: «BANCO PATAGONIA S.A. c/ LEPKA, SONIA PAULA P/ EJEC. ACEL.», NOTIFICA a SRA. SONIA PAULA LEPKA (DNI Nº 28.879.507), de ignorado domicilio la sentencia de fs. 44:Mendoza, 16 de febrero de 2012 .- AUTOS Y VISTOS… FALLO: I.- Hacer lugar a la demanda instada por BANCO PATAGONIA S.A contra LEPKA SONIA PAULA ordenando en consecuencia prosiga el trámite del presente juicio hasta que el actor se haga íntegro pago del capital reclamado o sea la suma de $4. 566,13.- con más los intereses pactados en tanto y en cuanto no superen el límite admitido por el Tribunal, IVA y costas del juicio.- II.- Imponer las costas a la parte demandada por resultar vencida.- (art. 35 y 36 del C.P.C.).- III.- Regular los honorarios profesionales a la Dres. GONZALO GUIÑAZU, Mat. 6.980 en la suma de $456,61.-, y el Dr. GONZALO GUIÑAZU, Mat. 1905 en la suma de $913,22.- arts. 19 y 31 de la ley 3641.- IV.-...

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