La declaración universal de los derechos del hombre. Génesis, evolución y problemas actuales - 1948-2008

AutorRoberto Papini
Cargo del AutorProfesor de la Universidad LUMSA de Roma, Secretario General del Instituto Internacional 'Jacques Maritain
Páginas49-67
LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS
DEL HOMBRE. GÉNESIS, EVOLUCIÓN
Y PROBLEMAS ACTUALES - 1948-2008
Roberto Papini*
1. INTRODUCCIÓN
¿Derechos del hombre o derechos humanos? En el seno del nuevo
Consejo de los derechos del hombre de las Naciones Unidas en Ginebra,
la discusión sobre el tema no parece detenerse. Detrás del debate
terminológico existe la cuestión, siempre actual, de tener en cuenta
los derechos y libertades de las mujeres, además de los derechos eco-
nómicos y sociales1, insuficientemente definidos como el derecho al
desarrollo, el derecho a la alimentación o el derecho al agua, para citar
sólo algunos de ellos que tienen más dificultad para ser reconocidos en
teoría y especialmente en la práctica, a pesar de los Millenium
Development Goals que los estados del mundo se han propuesto como
objetivos para el año 2015.
Estas preguntas no sólo tienen una permanente actualidad sino que
hoy deben ser reformuladas considerando que dentro de dos años, en el
2008, se celebra el sexagésimo aniversario de la Declaración Univer-
sal de los Derechos del Hombre, aprobada por la Asamblea General de
las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948 en París, con la Reso-
lución 217 (con las únicas abstenciones de Arabia Saudita, Sudáfrica
y los seis países comunistas). En la inminencia de dicha celebración —
que en el escenario internacional actual posee una enorme relevan-
* Profesor de la Universidad LUMSA de Roma, Secretario General del Instituto In-
ternacional “Jacques Maritain”.
1 Cfr. R. Werly, Des mots pour le dire, “Développement et Civilisations”, París, Nº
344, Junio 2006, p. 1.
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cia— volver una vez más a la génesis de la Declaración, que podríamos
definir como la Constitución del movimiento de los derechos humanos,
de los problemas que se tuvieron en aquel momento y las soluciones
adoptadas, con una equivalente atención a las cuestiones que hoy se
refieren a su naturaleza, reconocimiento y extensión, es importante
para mejor comprender los diferentes lenguajes referidos a los derechos
que se desarrollaron sobre todo en nuestra época post-moderna, carac-
terizada también por el encuentro de las diferentes culturas.
Naturalmente, debe tenerse presente que los problemas de los de-
rechos humanos, especialmente aquéllos de orden económico, social,
cultural y ambiental, por los cambios de situación producidos en el tiem-
po, hoy son percibidos, a veces, de un modo diferente de que lo eran en
los años cuarenta y cincuenta. Agrego que, por falta de tiempo, no trata-
ré los mecanismos, a menudo insuficientes, de tutela de tales derechos.
2. GÉNESIS
Entre la paz de Westfalia de 1648 y la constitución de la Sociedad de
las Naciones (después de la primera guerra mundial), las relaciones
internacionales eran exclusivamente entre estados y también las gran-
des Declaraciones del siglo XVIII eran sólo para la tutela de los indivi-
duos en el interior de cada estado2. El primer documento internacional
en el cual se reconocen los derechos humanos fundamentales es la
Carta de la O.N.U. aprobada en San Francisco el 26 de junio de 1945, la
cual en el Preámbulo y en sus seis artículos3 considera a los derechos
del hombre juntamente con la paz, como fines esenciales de la nueva
organización. En el Estatuto de la Sociedad de las Naciones se insistía
solamente en la obligación de no discriminación de los ciudadanos de
los estados adherentes (en tanto que no se hablaba de obligaciones
relacionadas con los ciudadanos de los estados no adherentes), y se
2 En realidad, en el siglo XIX el derecho internacional comienza a interesarse, si bien
de un modo restrictivo, de los derechos de los individuos con las Convenciones que
prohiben la trata de esclavos y las referidas a los conflictos armados. Más atrás en
los siglos, no pueden olvidarse los primeros debates teológicos y jurídicos sobre de-
rechos humanos y sobre el derecho internacional después del descubrimiento de
América. Cfr. V. Abril Castalló, Los teólogos juristas de la Escuela de Salamanca.
Padres de los derechos humanos en el mundo moderno y contemporáneo, “Religión y
Cultura”, Nº 205, 1988, pp. 271-300.
3 Los arts. 1, 13, 55, 62, 68 y 76.
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