Tres de Febrero 2572 S.A.

Fecha de disposición14 Junio 2010
Fecha de publicación14 Junio 2010
SecciónTercera Sección - Contrataciones
Número de Gaceta31923

Apoderado Marcelo G. Gómez Certificación emitida por: Gabriela Andrea Martiniello Nº Registro: 83 del Partido de Lanús.

Fecha: 7/6/2010. Nº Acta: 384. Libro Nº: 7.

e. 14/06/2010 Nº 64136/10 v. 14/06/2010 SOUBE S.A.

Comunica que por Asamblea Ordinaria de Accionistas del 08 de abril de 2010 y Reunión de Directorio del 08 de abril de 2010, se resolvió: (i) aceptar la renuncia de los Sres. Carlos J.

García y Alejandro Sorgentini a sus cargos de Presidente y Director Suplente de la Sociedad respectivamente; (ii) fijar en cuatro el número de Directores Titulares; y (iii) designar como Directores Titulares de la Sociedad a los Sres. Carlos Garcia (Presidente), Agustín García Mansilla (Vicepresidente), Alejandro Sorgentini (Director Titular) y Néstor Raúl Del Campo (Director Titular). En cumplimiento de lo dispuesto por el art.

256 de la Ley 19.550, los Sres. Carlos García y Alejandro Sorgentini constituyen domicilio especial, en la Av. L. N. Alem 928, 7º piso, oficina 721, Ciudad de Buenos Aires; y los Sres. Agustín García Mansilla y Néstor Raúl Del Campo constituyen domicilio especial en Tte. Gral. Perón 667, piso 2, Ciudad de Buenos Aires. María Macarena Garcia Mirri, autorizada por Asamblea Ordinaria de Accionistas de fecha 08 de abril de 2010.

Abogada María Macarena García Mirri Legalización emitida por: Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. Fecha:

03/06/2010. Tomo: 91. Folio: 685.

e. 14/06/2010 Nº 64067/10 v. 14/06/2010 SUEZ TRACTEBEL S.A. SUCURSAL ARGENTINA Comunica que con fecha 20 de mayo de 2010 se resolvió trasladar la sede social desde la calle Talcahuano 833, piso 5º a la calle Bouchard 710, piso 8º, ciudad de Buenos Aires. María Macarena García Mirri, autorizada por instrumento privado de fecha 20/05/2010.

Abogada María Macarena García Mirri Legalización emitida por: Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. Fecha:

9/6/2010. Tomo: 91. Folio: 685.

e. 14/06/2010 Nº 63895/10 v. 14/06/2010 SUN VALLEY S.A.

Escritura: 19/5/10. Todo resuelto por asamblea del 7/9/2009. Rectificatoria aviso Nº 839, donde dice 'Martiniano Leguizamon 3523,

CABA 'debe decir 'Esmeralda 625, 4º piso, departamento L, CABA'. Escribano autorizado por escritura 136 del 19/5/10, reg 956, CABA.

Escribano Jorge Rodolfo Depaoli Legalización emitida por: Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha:

11/6/2010. Número: 100611262713/4. Matrícula Profesional Nº: 3013.

e. 14/06/2010 Nº 65283/10 v. 14/06/2010 SUPERVIELLE ASSET MANAGEMENT S.A.S.G.F.C.I.

En virtud de lo establecido por el Comunicado Nº 5549 emitido por Caja de Valores S.A., Supervielle Asset Management S.A.S.G.F.C.I., en su calidad de Sociedad Gerente y Banco Supervielle S.A. en su calidad de Sociedad Depositaria comunicación a los Señores Cuotapartistas de los Fondos Comunes de Inversión 'Premier Renta Fija Ahorro', y 'Premier Renta Fija Crecimiento' (los 'Fondos') lo siguiente: El Decreto Nº 563/2010 del Poder Ejecutivo Nacional estableció los alcances, términos y condiciones del proceso de reestructuración de la deuda del Estado Nacional instrumentada en los bonos cuyo pago fue objeto de diferimiento (los 'Títulos Elegibles'), mediante una operación de 'canje' de dichos títulos públicos que actualmente se encuentran impagos, por nuevos bonos a ser emitidos por el Estado Nacional (los 'Nuevos Bonos') bajo los términos y condiciones dispuesto por el citado Decreto, sus Anexos y normas reglamentarias (el 'Canje').

Por su parte, la Comisión Nacional de Valores dictó la Resolución General Nº 571, estableciendo los procedimientos y recaudos a tomar por las Sociedades Gerente y Depositarias de Fondos Comunes de Inversión en el proceso de canje. Supervielle Asset Management S.A., en su carácter de Sociedad Gerente de los Fondos, y en ejercicio de las facultades de administración, dirección y representación colectiva que surgen de la Ley 24.083, sus normas reglamentarias y modificatorias, y el Reglamento de Gestión, ha decidido no adherir al Canje, por lo que no solicitará el canje de las tenencias de Títulos Elegibles que componen las carteras de los respectivos Fondos, por Nuevos Bonos. Los Señores Cuotapartistas que en forma individual pretendieran adherir al Canje, podrán hasta el 16 de junio de 2010 en el horario de atención de la Agencia solicitar ante la Sociedad Depositaria, en la Agencia en la que habitualmente operen, la entrega de los Títulos Elegibles que proporcionalmente le correspondan sobre el patrimonio del Fondo, en función del número de cuotapartes de su titularidad, mediante el rescate en especie de las cuotapartes correspondientes, de conformidad con las disposiciones del artículo 18 del Decreto P.E.N.

Nº 174/93 y de la Resolución General Nº 384 de la C.N.V. Se deja expresa constancia que la presente reviste carácter meramente informativo y no implica asesoramiento, recomendación ni sugerencia alguna por parte de la Sociedad Gerente ni de la Sociedad Depositaria en relación al Canje. Por tal motivo, cualquier decisión que tomen los Cuotapartistas con respecto al Canje deberá basarse en su propio análisis sobre los beneficios y riesgos que ello involucra, para lo cual se recomienda el análisis exhaustivo de la política, economía y hechos sociales de la República Argentina y en especial que sean analizados todos los términos y condiciones del Canje. Recomendamos para ello el estudio del Decreto 563/2010 con sus Anexos, el cual lo podrán encontrar en la página Web www.mecon.

gov.ar y www.cajval.sba.com.ar. Firmado: por...

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