Tratados y Convenios Internacionales

Fecha de disposición26 Octubre 2009
Fecha de publicación26 Octubre 2009
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta31766

Que por Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 416 de fecha 31 de mayo de 1989 la mencionada asociación obtuvo Inscripción Gremial la que se encuentra registrada bajo Nº 1499.

Que se tuvieron por cumplidos los recaudos previstos en el artículo 25 de la Ley 23.551, respecto de las Localidades de Isla Verde, Corral de Bustos, Inriville, Monte Maíz, Laborde, Los Surgentes,

Justiniano Posse, Ordoñez y Colonia Bismark.

Que conforme los registros de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales, dentro del ámbito pretendido existen las siguientes entidades con personería gremial: UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION y ASOCIACION TRABAJADORES DEL ESTADO.

Que del pedido de personería gremial se corrió traslado por 20 días a las entidades con personería gremial preexistente.

Que la UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION se presentó formulando oposición en virtud de lo establecido en los artículos 29 y 30 de la Ley 23.551 y oponiéndose al fraccionamiento del padrón.

Que la ASOCIACION TRABAJADORES DEL ESTADO se presentó manifestando que las entidades con personería gremial mantienen los derechos que de la misma se desprenden, no obstante el otorgamiento de nuevas personerías en determinados sectores o dependencias del Estado.

Que de las presentaciones efectuadas por las entidades con personería gremial preexistente, se corrió traslado por 5 días a la requirente.

Que se designó audiencia a celebrarse en las dependencias de la Delegación Regional CORDOBA, el 10 de agosto de 2006, para efectuar el cotejo de representatividad en los registros de la peticionante.

Que en la audiencia del 10 de agosto de 2006 se constató idéntica cantidad de afiliados cotizantes que la verificada en la audiencia del 16 de diciembre de 2005.

Que el 10 de octubre de 2006 se celebró audiencia en la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales, a fin de efectuar cotejo de representatividad en los registros de las entidades con personería gremial preexistente.

Que a la audiencia del 10 de octubre de 2006 sólo compareció el Secretario General de la requirente, para ejercer el derecho de control.

Que las entidades con personería gremial preexistente no comparecieron a la audiencia del 10 de octubre de 2006, a pesar de estar debidamente notificadas.

Que como medida para mejor proveer se requirió a la Delegación Regional CORDOBA, arbitre los medios necesarios a fin de informar la cantidad de agentes afiliados al SINDICATO DE EMPLEADOS Y TRABAJADORES MUNICIPALES DEL SUD ESTE Y ZONA DE LA PROVINCIA DE CORDOBA, a la UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION y a la ASOCIACION TRABAJADORES DEL ESTADO en el período septiembre 1997 a febrero 1998 inclusive, determinados mes por mes, en las Municipalidades de Isla Verde, Corral de Bustos, Inriville, Monte Maíz, Laborde, Los Surgentes,

Justiniano Posse, Ordoñez y Colonia Bismark, de la Provincia de CORDOBA.

Que con la medida para mejor proveer se comprobó la afiliación cotizante de la peticionante, comprobándose, al mismo tiempo que, en el período de compulsa, la UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION y la ASOCIACION TRABAJADORES DEL ESTADO no contaban con afiliación en el ámbito disputado.

Que obra dictamen favorable de la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales, aconsejando acceder a lo peticionado.

Que consecuentemente, y de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 28 de la Ley 23.551 y la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL Nº 255/03 de fecha 22 de octubre de 2003, corresponde acordar la personería gremial a la peticionante, disponiendo su inscripción registral y la publicación en el Boletín Oficial, la que en virtud del artículo primero de la Resolución mencionada, no implica desplazamiento en el colectivo asignado de las personerías gremiales preexistentes.

Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23 inciso 7º de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto 438/92) y sus modificatorias y en atención a lo dispuesto por el Decreto Nº 355/02.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE:

ARTICULO 1º

Otórgase al SINDICATO DE EMPLEADOSY TRABAJADORES MUNICIPALES DEL SUD ESTE Y ZONA DE LA PROVINCIA DE CORDOBA, con domicilio en la calle Jujuy 1468, de la Localidad de Monte Maíz, Provincia de CORDOBA la personería gremial, con carácter de asociación gremial de primer grado para agrupar a los trabajadores municipales comprendidos en, las categorías 1 a 24 del escalafón, en relación de dependencia con las Municipalidades de Isla Verde, Corral de Bustos, Inriville, Monte Maíz, Laborde, Los Surgentes, Justiniano Posse, Ordoñez y Colonia Bismark, de la Provincia de CORDOBA, con exclusión de aquellas personas que desempeñen funciones por elección popular, Secretarios del Departamento Ejecutivo Municipal, Asesores Letrados,

Directores y cargos equivalentes que por disposición legal o reglamentaria ejerzan funciones de jerarquía equivalente a la de los cargos mencionados, como así también a los funcionarios para cuyo nombramiento y remoción la Ley Orgánica Municipal y Ordenanzas fijan procedimientos especiales;

manteniendo sobre el resto de su agrupamiento la simple inscripción gremial.

ARTICULO 2º

Dispónese la publicación sintetizada y sin cargo del estatuto de la entidad y de la presente Resolución en el Boletín Oficial, en la forma indicada por la Resolución Nº 12/01 de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales.

ARTICULO 3º

Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

TRATADOS Y CONVENIOS INTERNACIONALES MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO Bs. As., 23/9/2009

PUBLICACION BOLETIN OFICIAL LEY Nº 24.080

FECHA DE ENTRADA EN VIGOR DE INSTRUMENTOS BILATERALES · Acuerdo para la Cooperación Científica y Tecnológica entre el Gobierno de la República Argentina y el Gobierno de la República de Sudáfrica Firma: Pretoria, 16 de mayo de 2006

Aprobación: Ley 26.435

Vigor: 7 de abril de 2009 · Acuerdo Marco de Cooperación en el Campo de las Actividades Espaciales entre la República Argentina y la República del Ecuador Firma: Buenos Aires, 20 de septiembre de 2007

Aprobación: Ley 26.490

Vigor: 29 de abril de 2009 · Acuerdo Marco de Cooperación en el Campo de las Actividades Espaciales entre la República Argentina y la República del Ecuador Firma: Buenos Aires, 20 de septiembre de 2007

Aprobación: Ley 26.490

Vigor: 29 de abril de 2009 · Convenio Sobre Seguridad Social entre la República Argentina y la República de Eslovenia Firma: Buenos Aires, 12 de abril de 2007

Aprobación: Ley 26.465

Vigor: 1 de agosto de 2009

INSTRUMENTOS BILATERALES QUE NO REQUIRIERON APROBACION LEGISLATIVA PARA SU ENTRADA EN VIGOR · Acuerdo entre la República Argentina y la Secretaría de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Flora y Fauna Silvestres sobre la 18a. Reunión del Comité de Flora.

Firma: Ginebra, 23 de febrero de 2009

Vigor: 23 de febrero de 2009

Se adjunta copia certificada · Acuerdo por Canje de Notas entre la República Argentina y la República Federal de Alemania sobre la Implementación del Programa de Expertos Integrados del Centro Internacional para las Migraciones y Desarrollo (CIM) en la República Argentina.

Firma: Buenos Aires, 27 de abril de 2009

Vigor: 27 de abril de 2009

Se adjunta copia certificada · Acuerdo entre el Gobierno de la República Argentina y la Secretaría General de OEA relativo a la 2a. reunión de Autoridades Nacionales en Materia de Trata de Personas.

Firma: Washington, 2 de marzo de 2009

Vigor: 2 de marzo de 2009

Se adjunta copia certificada · Memorándum de Entendimiento entre el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la República Argentina y el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura --IICA-- para el Desarrollo de un Programa de Cooperación Triangular.

Firma: Buenos Aires, 29 de abril de 2009

Vigor: 29 de abril de 2009

Se adjunta copia certificada · Acuerdo Complementario al Convenio Básico sobre Cooperación Económica, Industrial,

Tecnológica y Comercial entre la República Argentina y la Rep. Bolivariana de Venezuela para la Cooperación Científica, Tecnológica y Productiva en las Areas Agrícola y Pecuaria.

Firma: Almirante Brown, 4 de agosto de 2008

Vigor: 6 de mayo de 2009

Se adjunta copia certificada · Acuerdo de Cooperación en el área de promoción comercial y transferencia de tecnología en materia de comercio internacional entre la República Argentina y la República Bolivariana de Venezuela.

Firma: Buenos Aires, 15 de mayo de 2009

Vigor: 15 de mayo de 2009

Se adjunta copia certificada · Memorándum de Entendimiento entre la República Argentina y la República Bolivariana de Venezuela para la localicación, propiedad e instalaciones de las futuras facilidades de regasificación de GNL para asegurar el abastecimiento de gas natural en la Provincia de Buenos Aires de la República Argentina.

Lunes 26 de octubre de 2009 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 31.766 48

Firma: Buenos Aires, 15 de mayo de 2009

Vigor: 15 de mayo de 2009

Se adjunta copia certificada · Protocolo Modificatorio al Memorándum de Entendimiento entre la República Argentina y la República Bolivariana de Venezuela para la creación de un Fondo de Cooperación ArgentinoVenezolano para el Desarrollo Industrial Firma: Buenos Aires, 15 de mayo de 2009

Vigor: 15 de mayo de 2009

Se adjunta copia certificada · Programa de...

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