Política criminal irracional

AutorGustavo A. Arocena
Cargo del AutorAbogado, graduado en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Córdoba
Páginas43-55
III. POLÍTICA CRIMINAL IRRACIONAL
1. LA INIDONEIDAD DE LA SOLUCIÓN PUNITIVISTA
Frente a un problema real —la inseguridad urbana—63, el le-
gislador ha apelado, en no pocos de los supuestos que se indi-
can en la introducción de este escrito, al derecho penal, preten-
diendo que radica allí un instrumento apto para hacer frente a
aquél.
Lo ha hecho, no sólo creando tipos penales nuevos, sino —
y en forma predominante— agravando las penas de figuras
delictivas ya incluidas en el universo jurídico argentino, todo
ello con la finalidad de disminuir determinadas manifestacio-
nes de la violencia delictiva.
Pero ha procedido de tal modo —conforme se extrae de un
rápido examen de los antecedentes parlamentarios de las le-
yes en las que aquí se repara—, prescindiendo de una consta-
63 Y que de igual modo ha sido considerado por el Poder Legislativo, en la gran
mayoría de los casos de las leyes citadas al comienzo de este trabajo. Un ejem-
plo de esta afirmación puede extraerse del tratamiento parlamentario de la
ley Nº 25.816 (B.O. 09/12/2003) y, concretamente, de las reflexiones de uno de
las autoras del proyecto que devino en ley, la Senadora Susana Beatriz Halak,
quien expresó: “La seguridad, base fundamental de toda convivencia social,
está en crisis. Podemos buscar explicaciones en la situación económica o en
razones sociológicas; pero el hecho es que en la actualidad existe una escalada
de violencia en toda la Argentina. Esto es ya una realidad” (cfr. Antecedentes
Parlamentarios, año XI, Nº 1, febrero de 2004, La Ley, Buenos Aires, 2004,
p. 327).

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