Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico, 6 de Febrero de 2009, expediente 58.297

Fecha de Resolución 6 de Febrero de 2009

INCIDENTE DE EXCEPCIÓN DE FALTA DE ACCIÓN PROMOVIDO POR LA DEFENSA DE TASSELLI

SERGIO EN CAUSA DI BIASE y OTROS -CONTRIBUYENTE CALIBÁN S.A.-INFINITI GROUP

S/ASOCIACIÓN ILÍCITA lN.P.T. N° 1 EXPTE. N° 1705/2005 SALA "B" N° 58.297 po 121 ORDEN N°

22.033.

Illnos Aires, 0 de febrero de 2009.

VISTOS:

El recurso de apelación interpuesto a fs. 18/20 vta. por la defensa :I

I

de S.T. contra la resolución de fs. 13/14 vta., por la cual el juzgado

nombrado.

LL Eln1emorial de fs. 34/35 vta., por el cual la querella informó en los o términos previstos por el art. 454 del C.P.P.N. (Ley N° 23.984).

o y CONSIDERANDO:

  1. ) Que, por el escrito de fs. 1/5 vta., la defensa de S.T. planteó la excepción de falta de acción por inexistencia de delito, por considerar que toda vez que las facturas "prilna jacie J1 apócrifas emitidas por INFINITI GROUP S.A. que habría registrado YACIMIENTO CARBONÍFERO

    RIO TURBIO S.A. serían por valores de $24.200 y $25 Al O respectivamente, no se alcanzaría el monto requerido por el art. 1° de la ley N° 24.769.

  2. ) Que, sin perjuicio del monto de las facturas, de todos modos "... no cabe descartar que [el hecho investigado] pueda constituir el delito que se prevé por elart. 296 del Código Penal, con relación al uso de...

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