Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Paraná, 1 de Marzo de 2013, expediente 28-69.411-13.261-2004

Fecha de Resolución 1 de Marzo de 2013

Poder Judicial de la Nación raná, 1 de marzo de 2013. REGISTRO:2013-T°I-F°0742

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “TAJES DARIO DANIEL C/ ESTADO

NACIONAL - ORDINARIO”, Expte. N° 28-69.411-13.261-2004,

provenientes del Juzgado Federal Nº2 de Concepción de Uruguay, y;

CONSIDERANDO:

I- Que, estos autos son traídos a consideración del Tribunal, en virtud de los recursos de apelación interpuestos y fundados por la demandada.

La accionada apela la resolución obrante a fs. 155/161

vta. que decreta la inconstitucionalidad de los arts. 7 de la ley 23.928 (T.O. según art. 4 de la ley 25.561) y 61 de la ley 21.839 (T.O. según art. 12 de la ley 24.432) por USO OFICIAL

afectar el derecho de propiedad del profesional actuante,

cuya garantía de inviolabilidad está reconocida por la ley suprema (Fallos 317:218). Manda practicar nueva liquidación -por parte interesada- conforme el mecanismo dispuesto en las presentes actuaciones para luego proceder a regular los honorarios profesionales. F. y firmes, la accionada deberá proceder a realizar la previsión presupuestaria incluyendo la tasa determinada que es aplicable, hasta el efectivo pago. Impone las costas en el orden causado.

Asimismo, recurre la resolución de fs. 186 que regula los honorarios del Dr. C.A.B. en la suma de PESOS QUINIENTOS (500,00) –art. 1, 2, 3, 6, 8, 9, 10, 37 y 39 de la ley 21839 y art. 13 de la ley 24432-.

Los recursos se conceden a fs. 191 y a fs. 215,

quedando los presentes en estado de resolver a fs. 219 vta.

II-

  1. Que, a fs. 189/190 la demandada apela la regulación de honorarios practicada por considerar que se han regulado en forma excesiva los honorarios del apoderado de la actora. Argumenta que no existe correspondencia entre el mérito y la extensión de las tareas desarrolladas y la cuantía de los emolumentos profesionales. Agrega que la naturaleza de la acción de que se trata, la escasa actividad que demandó la conclusión de la acción y el escaso estudio impuesto, ameritan un apartamiento de los principios generales relativos a la regulación de honorarios. Hace reserva del caso federal.

  2. Que, mediante el escrito de fs. 205/214 vta. la demandada expresa los agravios que le causa la decisión del a quo de declarar la inconstitucionalidad del art. 61 de la ley 21.839, contrariando su propia jurisprudencia en la causa “N.”. Sostiene que la sentencia le ocasiona un gravamen concreto y actual, al ordenar la aplicación de la tasa activa y considera que ha existido una fundamentación...

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