Publicaciones de la Sección Suplemento de 23 de Diciembre de 2016

Nº 27.934
AÑO CVII/ LA PLATA, VIERNES 23 DE DICIEMBRE DE 2016
S U P L E M E N T O D E 16 PÁGINAS
D e c r e t o s , C o m p r a s ( L e y N ° 1 4 . 8 1 5 ) y
R e s o l u c i o n e s
Decretos
_________________________________________________
DEPARTAMENTO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
DECRETO 1.475 La Plata, 22 de diciembre de 2016.
VISTO lo actuado en el expediente Nº 2307-6491/2014, por el cual tramita la modifi-
cación del Decreto Nº 5.479/65 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que el citado Decreto reglamenta el Decreto-Ley Nº 11.643/63 y modificatorias (ratifi-
cado por Ley Nº 6.736) referido a las normas para el funcionamiento del Registro de la
Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires, en el marco de la Ley Nacional Nº
17.801;
Que el artículo 21 inciso b) del Decreto Nº 5.479/65 y sus modificatorios Decretos Nº
2.612/72; Nº 5.324/74 y Nº 400/10 establece que: “1) Se considera que tienen interés legí-
timo para solicitar los informes a que se refiere el artículo 21 de la Ley Nº 17.801, siempre
que consignen el motivo de la solicitud y éste se encuentre dentro del ámbito de sus fun-
ciones, las siguientes personas:… b) Quienes ejerzan las profesiones de abogado, escri-
bano, procurador, ingeniero, agrimensor, martillero y arquitecto.”;
Que el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires
requiere que los contadores públicos sean considerados con interés legítimo para peti-
cionar los informes a que se refiere el artículo Nº 21 de la Ley Nº 17.801, incorporándolos
a lo que establece el artículo 21 inciso b) del Decreto Nº 5.479/65;
Que resulta pertinente incluir a los contadores públicos en la enumeración del aparta-
do 1º) inciso b) del artículo 21 del Decreto Nº 5.479/65 modificado por los Decretos Nº
2.612/72; Nº 5.324/74 y Nº 400/10 (texto según Decreto Nº 5.324/74), ya que para desa-
rrollar su labor deviene necesario obtener la información sobre la situación jurídica de los
inmuebles;
Que la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad ha prestado su conformidad
al requerimiento;
Que se han expedido favorablemente la Asesoría General de Gobierno y Fiscalía de
Estado;
Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 inc.
2 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:
ARTÍCULO 1º. Sustituir el artículo 21 del Decreto Nº 5.479/65 (texto según Decreto Nº
400/10), el que quedará redactado de la siguiente forma:
“Artículo 21: 1) Se considera que tienen interés legítimo para solicitar los informes a
que se refiere el artículo 21 de la Ley Nº 17.801, siempre que consignen el motivo de la
solicitud y éste se encuentre dentro del ámbito de sus funciones, las siguientes personas:
a) El titular registral o quien justifique representarlo.
b) Quienes ejerzan las profesiones de abogado, escribano, procurador, ingeniero, agri-
mensor, martillero, arquitecto y contador público.
c) Los representantes de las instituciones crediticias oficiales y los poderes públicos y
sus organismos.
2) Se considera que tienen interés legítimo para averiguar el estado de los bienes,
interdicciones, limitaciones y derechos inscriptos, a través de la solicitud de copias de
asientos registrales, siempre que consignen el motivo de la solicitud y éste se encuentre
dentro del ámbito de sus funciones:
a) Las personas enumeradas en los incisos a), b) y c) del apartado anterior.
b) Los gestores administrativos y judiciales.”
ARTÍCULO 2º. El presente Decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el
Departamento de Economía y por el Ministro Secretario de Coordinación y Gestión
Pública.
ARTÍCULO 3º. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al
Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
Hernán Lacunza María Eugenia Vidal
Ministro de Economía Gobernadora
Roberto Gigante
Ministro de Coordinación y
Gestión Pública
D E L A P R O V I N C I A D E B U E N O S A I R E S
LA PLATA, VIERNES 23 DE DICIEMBRE DE 2016
PÁGINA 2BOLETÍN OFICIAL | PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DEPARTAMENTO DE GOBIERNO
DECRETO 1.572
La Plata, 25 de noviembre de 2016.
VISTO el expediente Nº 4116-1408/13 mediante el cual la Municipalidad de Tres
Arroyos modifica la normativa vigente en el Partido, y
CONSIDERANDO:
Que por la propuesta elevada, se gestiona la convalidación provincial de la
Ordenanza Nº 6.811/15 con su Decreto Promulgatorio y de la Ordenanza Nº 6.855/16 con
su Decreto Promulgatorio Nº 764/16, por las que se aprueba el Código de Planeamiento
Urbano y Regional la ciudad cabecera de Tres Arroyos;
Que a fojas 574/575, interviene la ex Subsecretaría de Tierras, Urbanismo y Vivienda;
Que a foja 584, interviene Asesoría General de Gobierno;
Que a foja 586, la Dirección de Ordenamiento Local entiende cumplimentado el trá-
mite tendiente a la convalidación de la normativa gestionada, criterio compartido por la
Dirección Provincial de Ordenamiento Urbano y Territorial a foja 587;
Que a foja 588, la Subsecretaría de Gobierno y Asuntos Municipales toma conoci-
miento e impulsa el trámite convalidatorio provincial de la mencionada Ordenanza;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artícu-
lo 83 del Decreto –Ley Nº 8.912/77 (T.O. 1987 y modificatorios);
Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:
ARTÍCULO 1º. Convalidar la Ordenanza Nº 6.811/15 con su Decreto promulgatorio y
la Ordenanza Nº 6.855/16 con su Decreto promulgatorio Nº 764/16, mediante las cuales
la Municipalidad de Tres Arroyos modifica la normativa vigente en el partido, que como
Anexo Único, compuesto de ciento cuarenta y dos (142) fojas útiles forman parte del pre-
sente, bajo la exclusiva responsabilidad de los órganos técnicos intervinientes.
ARTÍCULO 2º. Establecer que en materia de infraestructura, servicios y equipamien-
to comunitario deberá darse cumplimiento a lo regulado por los artículos 56, 62 y 63 del
Decreto Ley Nº 8.912/77 (T.O por Decreto Nº 3.389/87 y modificatorios) en el momento
de aprobarse el plano de subdivisión y/o materialización del uso.
ARTÍCULO 3º. El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en
los Departamentos de Gobierno y de Coordinación y Gestión Pública.
ARTÍCULO 4º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA pasar
al Ministerio de Gobierno. Cumplido, archivar.
Federico Salvai María Eugenia Vidal
Ministro de Gobierno Gobernadora
Roberto Gigante
Ministro de Coordinación y
Gestión Pública
NOTA: El Anexo Único podrá ser consultado en el Ministerio de Gobierno.
DEPARTAMENTO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
La Plata, 22 de diciembre de 2016.
VISTO el Expediente N° 2166-1005/16, por el cual se propicia la declaración de asue-
to administrativo para la Administración Pública Provincial en virtud de las celebraciones
de Navidad y Año Nuevo, y
CONSIDERANDO:
Que por su profundo sentido religioso y conmemorativo, las citadas fechas son cele-
bradas tradicionalmente por la ciudadanía mediante la unión y acercamiento de las fami-
lias y grupos;
Que a tal fin, se estima conveniente arbitrar las medidas idóneas que faciliten y alien-
ten las celebraciones tradicionales, máxime para todas aquellas personas que se domi-
cilian alejadas de sus seres queridos;
Que, como consecuencia de las mismas, la circulación en las rutas se incrementan
considerablemente, siendo necesario procurar medidas para asegurar el resguardo de
los ciudadanos que deban trasladarse;
Que, por las razones expuestas, resulta conveniente intervenir a tal fin, tomando las
medidas idóneas que faciliten y alienten dichas celebraciones;
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -
proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:
ARTÍCULO 1°. Declarar asueto administrativo en el ámbito de la Administración
Pública Provincial los días 23 de diciembre de 2016 y 30 de diciembre de 2016, en
ambos casos a partir de las 13 (trece) horas.
ARTÍCULO 2° Exceptuar del asueto administrativo dispuesto por el artículo prece-
dente al personal dependiente de las policías de la Provincia de Buenos Aires y del
Sistema de Atención Telefónica de Emergencia del Ministerio de Seguridad; al personal
hospitalario del Ministerio de Salud que resulte necesario para la cobertura de servicios
esenciales, guardia y emergencia y toda otra prestación que no pueda ser interrumpida.
ARTÍCULO 3°. Establecer que la presente medida no alcanza a las Instituciones
Bancarias y Entidades Financieras.
ARTÍCULO 4°. Invitar al Poder Legislativo, al Poder Judicial y a los Municipios a arbi-
trar idéntica medida.
ARTÍCULO 5°. El presente Decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el
Departamento de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 6°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA.
Cumplido, archivar.
Federico Salvai María Eugenia Vidal
Jefe de Gabinete de Ministros Gobernadora
DEPARTAMENTO DE COORDINACIÓN Y GESTIÓN PÚBLICA
DECRETO 1.499
La Plata, 25 de noviembre de 2016.
Expediente N° 2100-7192/16
Limitar la designación de Jorge Fernando Sivak, en el cargo de Director Provincial de
Aeronavegación Oficial y Planificación Aeroportuaria, a partir del 1° de octubre de 2016 y
designar en dicho cargo a Juan Mariano Güi.
DECRETO 1.500
La Plata, 25 de noviembre de 2016.
Expediente N° 24000-0772/16
Renuncia de funcionario – Ministerio de Coordinación y Gestión Pública.
DEPARTAMENTO DE PRODUCCIÓN
DECRETO 1.501
La Plata, 25 de noviembre de 2016.
Expediente N° 22400-34497/16
Aceptar en la jurisdicción 1.1.1.11, Ministerio de Producción, Subsecretaría de
Turismo, a partir del 1° de agosto de 2016, la renuncia presentada por María Magdalena
Crisconio al cargo de Directora de Turismo de Reuniones, Estadísticas e Inversiones.
DECRETO 1.502
La Plata, 25 de noviembre de 2016.
Expediente N° 22400-32881/16
Aceptar en la jurisdicción Ministerio de Producción, Subsecretaría de Turismo a par-
tir del 11 de abril de 2016, la renuncia presentada por Guadalupe Guerrero al cargo de
Directora de Calidad Turística.
DEPARTAMENTO DE SALUD
La Plata, 25 de noviembre de 2016.
Expediente N° 2914-8506/16
Limitación de funciones de Roberto Esteban Bessone, en el cargo de Director de la
Dirección Regional La Matanza, a partir del 1° de junio de 2016.
DEPARTAMENTO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS
DECRETO 1.504
La Plata, 25 de noviembre de 2016.
Expediente N° 2413-534/16
Mauro José Legnoverde. Renuncia.
DEPARTAMENTO DE SALUD
La Plata, 25 de noviembre de 2016.
Expediente N° 2900-30490/16
Aceptar la renuncia de Miguel Alberto Maiztegui como Director Asociado en el Ente
Descentralizado Hospital Integrado de Región Sanitaria VI.
DECRETO 1.506
La Plata, 25 de noviembre de 2016.
Expediente N° 2914-5593/15
Renuncia de Maximiliano Carlos Núñez Fariña, en el cargo de Director de la Dirección
Regional Bahía Blanca, a partir del 10 de diciembre de 2015.
Nota:
El contenido de la publicación de los decretos extractados, es trans-
cripción literal del instrumento recibido oportunamente de cada
Jurisdicción, conforme Circular Conjunta Nº 1/10 e instrucciones
dispuestas por nota del 19/10/12 de la Dirección Provincial de
Coordinación Institucional y Planificación de la Secretaría Legal y
Técnica.

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