Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo , 10 de Septiembre de 2012, expediente 27.187/2011

Fecha de Resolución10 de Septiembre de 2012

cÉwxÜ ]âw|v|tÄ wx Ät atv|™Ç

SENTENCIA INTERLOCUTORIA N° 49.414 CAUSA N°

27.187/2011 SALA IV “STREMEL OSCAR EMILIO C/ LA CAJA ART

S.A. S/ ACCIDENTE- ACCION CIVIL” JUZGADO N° 73.

Buenos Aires, 10 DE SEPTIEMBRE DE 2012

Y Visto:

El recurso de apelación deducido a fs. 203 por la codemandada LA CAJA

ART SA contra la resolución de fs. 197/199 que desestimó la solicitud de citación de tercero de INCA SEGUROS S.A. ART y de CONSOLIDAR ART

S.A.

Y Considerando:

  1. ) Que tanto la doctrina, como la jurisprudencia de esta Cámara y de la Fiscalía General, han sostenido pacíficamente que, siempre que esté en debate USO OFICIAL

    entre cuáles sujetos ha de integrarse la litis y particularmente cuando se desestima la citación de un tercero, corresponde tratar el recurso de apelación en forma inmediata, en salvaguarda de los principios de celeridad y economía procesal (Allocati, A. –Dir.-, “Ley de Organización y Procedimiento de la Justicia Nacional del Trabajo”, Astrea., Bs. As., 1999, t. 2, p. 359; CNAT, S.I., 17/2/03, SD 54.013, “C., P. c/ Miavasa SA y otro s/ accidente”;

    íd., S.I., 25/11/99, SD 50.383, “G., C. c/ El Fronterizo SRL s/

    accidente”; íd., S.I., 31/5/02, S.

    I. 40.281, “González, Lino Mercedes c/

    Teyma Abengoa SA s/ ley 22.250”; íd., S.V., 26/11/02, S.

    I. 25.576

    Atamaniuk, María

    V. c/ Lipovetzky, J. y otros s/ despido

    ; íd, S.V.,

    20/5/04, S.

    I. 24.859, “M., P.M. c/ Román S.A. s/ despido”; íd.,

    S.I., S.D. 6092, 26/3/03, “Castillo, H. c/T.S.A. s/ accidente”;

    F.G.T., 17/3/00, Dictamen 29.089, “Federación de Entidades Fabricantes de Pastas Frescas de la República Argentina c/ Sindicato de Trabajadores de la Industria de Pastas Alimenticias STIPA s/ cobro de aportes o contribuciones”).

  2. ) Que conforme el art. 94 del CPCCN, solamente es admisible la citación de terceros cuando la controversia fuere común, y si bien es cierto que la expresión carece de claridad, la exposición de motivos ilumina su sentido cuando dice que "la fórmula utilizada para conceptualizar la figura mencionada (...) comprende aquellas hipótesis en las cuales la parte eventualmente vencida pueda ser titular de una acción regresiva contra el tercero", a fin de evitar la excepción de negligente defensa en juicio que se le pudiera iniciar al 1

    interviniente (CNAT, S.V., 16/7/99, “Sociedad Argentina de Locutores c/

    J.Walter Thompson Argentina S.A. s/ incump. de convenio”; del dictamen de la Fiscal Adjunta N° 27347, al que adhiere la Sala).

    En ese orden de ideas, la jurisprudencia ha...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR