Sentencia de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 16 de Septiembre de 1997, expediente B 52860

PonenteJuez LABORDE (SD)
PresidenteLaborde-Negri-Pisano-Hitters-Pettigiani
Fecha de Resolución16 de Septiembre de 1997
EmisorCorte Suprema de la Provincia de Buenos Aires

A C U E R D O

En la ciudad de La Plata, a dieciséis de setiembre de mil novecientos noventa y siete, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores L., N., P., Hitters, P., se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa B. 52.860, "S., S.S. contra Municipalidad de San Vicente. Demanda contencioso administrativa".

A N T E C E D E N T E S
  1. La abogada S.S.S., por su derecho, promueve demanda contencioso administrativa contra la Municipalidad de San Vicente pretendiendo la anulación de los decretos de fechas 2-V-89 que dispuso su cese en el cargo de Directora interina de Asesoría Letrada y consiguiente traslado con su categoría titular a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos y 22-VIII-89, que desestimó el recurso de revocatoria interpuesto contra la aludida decisión.

    Solicita, además, se ordene su reintegro al cargo de apoderada municipal y a la categoría de Directora de Asesoría Legal, así como el reconocimiento de los beneficios estatutarios y pago de las remuneraciones y honorarios profesionales dejados de percibir, con actualización, intereses y costas.

  2. Corrido el traslado de ley el apoderado de la Municipalidad de San Vicente, sobre la base de defender la legitimidad de los actos impugnados, solicita el rechazo de la pretensión actora, con costas.

  3. Agregadas las actuaciones administrativas y la documental, así como los cuadernos de prueba de ambas partes (las que no hicieron uso del derecho de alegar), la causa se halla en estado de ser resuelta, por lo que corresponde plantear y votar la siguiente

    C U E S T I O N

    ¿Es fundada la demanda?

    V O T A C I O N

    A la cuestión planteada, el señor J. doctorL. dijo:

  4. La doctora S.S.F.S., "en virtud de la vacante operada y a fin de cubrir la misma", fue designada a partir del 8-X-84 por la Municipalidad de San Vicente para ocupar el cargo de profesional Clase I con funciones de apoderada municipal (decreto de igual fecha, fs. 8 de autos).

    Mediante decreto de fecha 1-II-86 la nombrada fue designada para desempeñarse "interinamente" en las funciones de Director de Asesoría Letrada, "mientras dure el interinato de su titular" -designado interinamente a su vez en otra dependencia-, y "con retención de su propio cargo" (fs. 9 de autos), disponiéndose su cese en tales funciones y en el mandato judicial conferido así como su pase con la categoría titular a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos por decreto del 2-V-89 (fs. 179 de autos).

    La interesada dedujo recurso de...

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