Soluciones efectivas para problemas reales: política, a secas

AutorGustavo A. Arocena
Cargo del AutorAbogado, graduado en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Córdoba
Páginas57-75
IV. SOLUCIONES EFECTIVAS PARA PROBLEMAS
REALES: POLÍTICA, A SECAS
Es cierto que el derecho penal nace de exigencias de políti-
ca criminal, pues surge con el afán de permitir una coexisten-
cia pacífica entre los consocios97. Pero también lo es que la po-
lítica criminal, en tanto programación estratégica de la reacción
contra el delito, es una estrategia “diferencial” que, en cuanto
tal, no debe encerrarse en la dogmática penal, sino utilizar to-
das las ramas del derecho en forma coherente y organizada98-99.
97 Cfr. MOCCIA, SERGIO, El derecho penal entre ser y valor. Función de la pena y sis-
temática teleológica, traducción de Antonio Bonanno, B de f, Montevideo - Bue-
nos Aires, 2003, p. 8.
98 Cfme. DELMÁS M ARTY, MIREILLE, “Del derecho penal a la política criminal”, en
ILANUD, Revista del Instituto Latinoamericano de las Naciones Unidas para
la Prevención del Delito y el Tratamiento del Delincuente, año 11, Nº 26, Edi-
ciones del Instituto, Buenos Aires, 2002, p. 71.
99 Es por todo ello que, tras manifestarse que la inflación penal “[...] es fruto de
la incompetencia de la sociedad y del Estado para encontrar soluciones reales
a los problemas y, sobre todo, para garantizar la convivencia” (SILVESTRONI,
MARIANO H., Teoría constitucional del delito, Editores del Puerto, Buenos Aires,
2004, p. 73), se ha agregado: “Es tan simplista como falsa la creencia de que el
derecho penal es la super vacuna con aptitud para curar cualquier enfermedad
social. Y no sólo es simplista y falsa, sino también peligrosa porque adormece
la búsqueda de soluciones reales, coloca a los ciudadanos a merced de un esta-
do de policía y frustra la verdadera actividad preventiva del Estado” (cfr.
SILVESTRONI, MARIANO H., ob. cit., p. 73).
58 GUSTAVO A. AROCENA
Desde este punto de vista, la política criminal debe ser con-
siderada una disciplina “pluridisciplinaria”100, ya que engloba
otras ramas jurídicas, tales como el derecho administrativo, el
derecho disciplinario, el derecho civil, el derecho constitucio-
nal y el derecho internacional.
Me atrevo a decir, incluso, que este carácter “multidiscipli-
nario” de la política criminal reclama la integración en su seno,
no sólo del derecho penal con otras ramas jurídicas, sino de to-
das ellas con el resto de las agencias estatales101: policía de segu-
ridad, agencias políticas encargadas de la diagramación de la
política social del Estado, agencias políticas responsables de
la política económica, etcétera.
A mi ver, una solución real para el problema de la inseguri-
dad urbana presupone que el Estado prevenga la exterioriza-
ción de aquellas manifestaciones de la violencia delictiva que,
una vez conocidas por la comunidad, determinan el problema
de la inseguridad, ya por el efectivo aumento de las tasas delic-
tivas vinculadas con determinados ilícitos, ya por una percep-
ción social de la inseguridad que —aunque no se condice fide-
dignamente con la magnitud real del fenómeno delictivo— tiene
también existencia efectiva en el colectivo social.
Tal objetivo, entonces, torna necesaria una articulación de
la política criminal del Estado que —incluso trascendiendo su
propia concepción más restringida, que la acota a la programa-
100 Cfme. DELMÁS MARTY, M IREILLE, ob. cit., p. 72.
101 Entendido aquí “agencia” en el sentido amplio y neutral de “entes activos
(que actúan)”, que le atribuyen ZAFFARONI, EUGENIO R.- ALAGIA, ALEJANDRO -
SLOKAR, ALEJANDRO, ob. cit., p. 6.

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