Sociedades publicadas en la fecha 18 de diciembre de 2012

MERCADOTECNIA S.A.POR 1 DÍA - Por esc. Nº 400, F.1576, Rgtro. g Alte Brown, Adscrito Not. Ricardo Ezequiel Bruzone se hace saber la constitución: 1) Socios: Antonio de Vincenzo, arg, FN 28/03/1969, DNI 20.289.345, CUIT 20-20289345- 8, de profesión contador público, casado, domiciliado en la calle Pedrera 1469, de la Ciudad y Partido de Lanús; y Alberto Osvaldo Lapasset, arg, FN 14/08/1954, DNI 11.345.093, CUIL 20-11345093-3, de profesión contador público, casado, domiciliado en Avenida Hipólito Yrigoyen 9828, Segundo Piso, de la Ciudad y Partido de Lomas de Zamora, ambos la Pcia. de Bs. As. 2) Fecha:28/09/2012. 3) R. Social: “Mercadotecnia SA”; 4) Dom.Soc.: Pcia. Bs. As; 5) Obj. Soc.: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, en el país o en el exterior, las siguientes actividades: Energía Eléctrica: Producir, introducir, trans-portar, distribuir, comprar y vender energía eléctrica, destinada al alumbrado público y particular, fuerza motriz y cualquier otro uso o aplicación presente o futuro de la misma a los precios más bajos posibles; compra, vender, alquilar o distribuir toda clase de maquinarias, artefactos o implementos afines a la electricidad o a otras industrias que tengan relación con los negocios de la sociedad;explotar industrias que se consideren vinculadas directamente a los fines señalados anteriormente y de resultado conveniente. Industria Petrolera: a) compra, venta, almacenamiento, importación y exportación, de petróleo crudo, hidrocarburos y sus derivados; b) elaboración de combustibles a partir de la refinanciación de petróleo crudo, fabricación de productos de la refinanciación de petróleo tales como vaselina, cera de parafina, y productos residuales como coque de petróleo; e) elaboración de combustibles por procesos de refinación secundaria a partir de cortes de hidrocarburos; d) elaboración de solventes y aguarrases; e) formulación, comercialización y/o distribución de combustibles, lubricantes y/o productos derivados de hidrocarburos; f) importación y exportación de petróleo crudo, aceites básicos, aditivos y sus derivados, y g) explotación de estaciones de servicio y centros de lubricación, adoptando las medidas imprescindibles para evitar la contaminación y proteger el medio ambiente. Generadoras de Energía: a) Construcción, fabricación, reparación, mantenimiento, compraventa, importación y exportación de: plantas generadoras de energía de todo tipo; b) sistemas de transmisión y distribución de alta tensión; e) equipos y sistemas eléctricos, hidráulicos, neumáticos, motores de generación eléctrica; y d) elementos conexos, accesorios y complementarios, instalaciones y repuestos, referidos a los bienes y productos detallados precedentemente. Constructora: Mediante la construcción de todo tipo de obras civiles y edificios, obras viales, de desagües, gasoductos, oleoductos, diques, usinas y todo tipo de obras de ingeniería y arquitectura, de carácter público o privado; elaboración y desarrollo de proyectos, urbanizaciones, barrios privados, clubes de campo y chacras. Inmobiliaria: mediante la adquisición, explotación, locación, arrendamiento, venta construcción, permuta y/o administración en general de toda clase de bienes inmuebles urbanos y rurales, pudiendo sobre los mismos crear, modificar, transmitir y extinguir toda clase de derechos reales, incluso las operaciones comprendidas en las disposiciones legales y decretos reglamentarios del régimen de propiedad horizontal. La sociedad tiene plena capacidad jurídica para realizar todos los actos y contratos que les leyes vigentes y estos estatutos autorizan. Financiera: Otorgar préstamos con o sin garantías, a corto o largo plazo, aporte de capitales a personas, empresas o sociedades existentes o a construirse, para el consumo, para la concertación de operaciones realizadas o a realizarse, así como la compra, venta y negociación de títulos, acciones, debentures y toda clase de valores mobiliarios y títulos de crédito de cualquiera de las modalidades creadas o a crearse; acreedor prendario en los términos del artículo 5 de la Ley 12962; financiación, contratación y otorgamiento de cré- ditos en general. Se excluyen las operaciones comprendidas en la Ley 21526. Asesoramiento: se incluye dentro del objeto social todo aquello destinado al asesoramiento para la ejecución de cualquiera de las actividades mencionadas precedentemente, ya sea en lo referente a las prestaciones de servicios personales como así también en lo atinente al ámbito o ámbitos donde estas deban tener lugar, al transporte privado de personas y/o cosas destinadas a la prestación y/o de quienes participen de dichas actividades. Se excluyen operaciones comprendidas en Ley de Entidades Financieras que requieran el concurso público. A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejecutar todo acto y contrato que no fueren prohibidos por las leyes. 6) Duración: 99 años a contar de su inscripción en DPPJ; 7) Cap. Soc: $ 12.000 div. en1200 acciones de $ 10 c/u. 8) Administración y uso de la firma social: Se designa para integrar el directorio a: Alberto Osvaldo Lapasset como director titular y a Antonio De Vincenzo como director suplente. Asimismo, es designado como representante legal de la Sociedad en su carácter de Presidente del Directorio, al señor Alberto Osvaldo Lapasset. Los nombrados aceptan la designación por término estatutario y declaran bajo juramento de ley no estar comprendidos en las prohibiciones e incompatibilidades previstas en el art. 264 de la ley de sociedades comerciales. Se prescinde del órgano de sindicatura conforme los términos del art. 284 de la Ley 19.550, modificado por la Ley 22.903, quedando la fiscalización a cargo de los socios. 10) La fiscalización de la sociedad la realizarán los socios no gerentes en los términos del artículo 55 de la Ley 19.550.Cuando la sociedad quedare comprendida en la causal del artículo 299 inc.2 por aumento de capital social, la reunión de socios que determine dicho aumento elegirá un síndico titular y un suplente, los que durarán en sus cargos tres ejercicios, siendo reelegibles. Rigen al respecto las normas de los artículos 284 y 298 de la Ley 19550. Tal designación no configurará reforma estatutaria. 11) Cierre de ejercicio: 31/03 de c/año. 12) Dom.Legal: Avenida Hipólito Yrigoyen 9828, Segundo Piso, de la Ciudad y Partido de Lomas de Zamora, Bs. As. Ricardo Ezequiel Bruzone. Notario.L.P. 27.600 GLOBAL TOWERS S.A.POR 1 DÍA - Por esc. Nº 403, F. 1587, Rgtro. 9 Alte.Brown, Adscripto Not. Ricardo Ezequiel Bruzone se hace saber la constitución: 1) Socios: Marcelo Rubén González, arg, FN 06/07/1965, de profesión empresario, DNI 17.408.627, CUIL 20-17408627-4, casado, domiciliado en la calle Manuel Castro 824; y Nilda Nora Ryelandt, arg, FN 23/05/1939, DNI 3.463.837, CUIT 27-03463837- 9, viuda, de profesión comerciante, domiciliada en la calle Italia 327, Séptimo Piso, Departamento “B”; ambos de la Ciudad y Partido de Lomas de Zamora, de esta Provincia.2) Fecha: 01/10/2012. 3) R. Social: “Global Towera S.A.”;4) Dom. Soc.: Pcia. Bs. As; 5) Obj. Soc.: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, en el país o en el exterior, las siguientes actividades: inmobiliaria: Mediante la adquisición, explotación, locación, arrendamiento, venta, construcción, permuta y/o administración en general de toda clase de bienes inmuebles urbanos y rurales, pudiendo sobre los mismos crear, modificar y transferir y exigir toda clase de derechos reales, incluso las operaciones comprendidas en las disposiciones legales y reglamentarias del régimen de propiedad horizontal. Constructora: Mediante la construcción de obras civiles en general y de arquitectura incluso las operaciones comprendidas en la Ley de propiedad horizontal y sus decretos reglamentarios, públicas o privadas, elaboración y desarrollo de proyectos, urbanizaciones, barrios privados, clubes de campos y chacras. Fiduciaria:el fideicomiso tiene por objeto la construcción de unidades funcionales destinadas a viviendas, afectados al régimen de propiedad horizontal Ley 13512, y partes comunes del edificio para su habilitación como obra terminada y la venta de las unidades funcionales, con o sin garantía real u otras garantías, con o sin financiación bancaria o con aceptación de contratos de leasing. A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer todo acto y contrato que no fueren prohibidos por las leyes. 6) Duración: 99 años a contar de su inscripción en DPPJ; 7) Cap. Soc: $ 24.000 div. en 120 acciones de $ 200 c/u. 8) Administración y uso de la firma social: Se designa para integrar el directorio a: Nilda Nora Ryelandt como Director titular y a Marcelo Rubén González como Director Suplente. Asimismo, es designada como representante legal de la Sociedad en su carácter de Presidente del Directorio, a la señora Nilda Nora Ryelandt.Los nombrados aceptan la designación por término estatutario y declaran bajo juramento de ley no estar comprendidos en las prohibiciones e incompatibilidades previstas en el art. 264 de la ley de sociedades comerciales. Se prescinde del órgano de sindicatura conforme los términos delart. 284 de la Ley 19.550, modificado por la Ley 22.903, quedando la fiscalización a cargo de los socios. 9) La fiscalización de la sociedad la realizarán los socios no gerentes en los términos del artículo 55 de la Ley 19550.Cuando la sociedad quedare comprendida en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR